Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Preescribe

6 Comentarios
 
Preescribe
03/08/2010 15:45
Débo de ir a juicio en marzo del 2011,débido a que no me he conformado con lo que el físcal me pedía (seis meses de prisión y retirada de carné durante tres añitos).
La cuestión: Me voy a Los Angeles en avión, (obiamente la jústicia sabrán que estoy por aquellos láres) me bajo a la frontera de Mexico y.... tál.
Este tema preescribiría en algún momento?
Barcelona. Grácias. Robson.
03/08/2010 19:57
El tema aquí es que se trata de un juicio rápido y fuiste notificado personalmente, por lo que el juicio puede celebrarse en tu ausencia al ser la pena inferior a dos años. Así que, en realidad, lo que tendrías que esperar es a la prescricpión de la pena y de los hechos.
03/08/2010 21:37
Grácias Missani, Sé que el juicio se puede celebrar sín mi. "A la prescripción de la pena y los hechos".
¿Créis que me volverán a pedir cárcel?
Grácias.
10/08/2010 23:13
Primero, deberías asegurarte de que España y Mexico no tienen un convenio de extradición. Que creo que sí lo hay.

Esa pena preescribiría a los 5 años.
16/08/2010 23:53
Sí que éxiste... vaya. y de 1978.
17/08/2010 00:28
Sería la primera vez que veo solicitar una extradición o una orden internacional de busqueda por un delito contra la seguridad vial. Por ahí puedes estar tranquilo.
18/08/2010 18:55
Hola robson.

Creo que estás intentando matar las moscas a cañonazos,... o quizá es que tiene otros antecedentes penales, no lo sé. Bueno, mi recomendación es la siguiente:
-si estás el día del juicio en España, acuerda una conformidad con el Fiscal de 8 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y de 2 años de retirada de carnet. Si no estás presente, el juicio se tendrá que celebrar y tu Letrado no podrá negociar ninguna conformidad.
-si no estás, pues nada , que tu Letrado defienda tu causa como bien pueda, pues como ya te han dicho en otros mensajes el juicio se va a celebrar estés o no, al ser la pena inferior al mínimo legal.

De todos modos, con la nueva reforma penal que se avecina (entrará en vigor en diciembre de 2010, de manera que el día del juicio ya estará vigente), se aprecia que las penas para el delito del art. 379 (la alcoholemia pura y dura) van a ser 3 alternativas y no 2 como hasta ahora (ademas de la retirada de carnet, que se impone en todo caso). O sea, van a ser O PRISIÓN, O MULTA, O TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, mientras que ahora sería O PRISION, O MULTA Y TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD. Es interesante el comentario que hace el legislador en la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 5/2010 de modificación del Código Penal sobre este aspecto, ya que deja bien claro que al establecer los tres tipos de penas como alternativas, se concede mayor arbitrio al Juez para que deje la pena de prisión para supuestos excepcionales o de mayor gravedad. Si estás en México, no te sirve que te impongan prisión ni trabajos en beneficio de la comunidad (éstos en ningún caso), pues una multa la pagas y punto (y puedes hacerlo fraccionadamente). SI EL CARNET TE LO RETIRARAN POR DOS AÑOS O MENOS, ENTONCES NO TENDRIAS QUE VOLVER A SACARTELO (lo que sí ocurrirá si te condenan a más de 2 años de privación de carnet).

Saludos.
viaderconsultas@gmail.com
Preescribe | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Preescribe

6 Comentarios
 
Preescribe
03/08/2010 15:45
Débo de ir a juicio en marzo del 2011,débido a que no me he conformado con lo que el físcal me pedía (seis meses de prisión y retirada de carné durante tres añitos).
La cuestión: Me voy a Los Angeles en avión, (obiamente la jústicia sabrán que estoy por aquellos láres) me bajo a la frontera de Mexico y.... tál.
Este tema preescribiría en algún momento?
Barcelona. Grácias. Robson.
03/08/2010 19:57
El tema aquí es que se trata de un juicio rápido y fuiste notificado personalmente, por lo que el juicio puede celebrarse en tu ausencia al ser la pena inferior a dos años. Así que, en realidad, lo que tendrías que esperar es a la prescricpión de la pena y de los hechos.
03/08/2010 21:37
Grácias Missani, Sé que el juicio se puede celebrar sín mi. "A la prescripción de la pena y los hechos".
¿Créis que me volverán a pedir cárcel?
Grácias.
10/08/2010 23:13
Primero, deberías asegurarte de que España y Mexico no tienen un convenio de extradición. Que creo que sí lo hay.

Esa pena preescribiría a los 5 años.
16/08/2010 23:53
Sí que éxiste... vaya. y de 1978.
17/08/2010 00:28
Sería la primera vez que veo solicitar una extradición o una orden internacional de busqueda por un delito contra la seguridad vial. Por ahí puedes estar tranquilo.
18/08/2010 18:55
Hola robson.

Creo que estás intentando matar las moscas a cañonazos,... o quizá es que tiene otros antecedentes penales, no lo sé. Bueno, mi recomendación es la siguiente:
-si estás el día del juicio en España, acuerda una conformidad con el Fiscal de 8 meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y de 2 años de retirada de carnet. Si no estás presente, el juicio se tendrá que celebrar y tu Letrado no podrá negociar ninguna conformidad.
-si no estás, pues nada , que tu Letrado defienda tu causa como bien pueda, pues como ya te han dicho en otros mensajes el juicio se va a celebrar estés o no, al ser la pena inferior al mínimo legal.

De todos modos, con la nueva reforma penal que se avecina (entrará en vigor en diciembre de 2010, de manera que el día del juicio ya estará vigente), se aprecia que las penas para el delito del art. 379 (la alcoholemia pura y dura) van a ser 3 alternativas y no 2 como hasta ahora (ademas de la retirada de carnet, que se impone en todo caso). O sea, van a ser O PRISIÓN, O MULTA, O TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, mientras que ahora sería O PRISION, O MULTA Y TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD. Es interesante el comentario que hace el legislador en la Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 5/2010 de modificación del Código Penal sobre este aspecto, ya que deja bien claro que al establecer los tres tipos de penas como alternativas, se concede mayor arbitrio al Juez para que deje la pena de prisión para supuestos excepcionales o de mayor gravedad. Si estás en México, no te sirve que te impongan prisión ni trabajos en beneficio de la comunidad (éstos en ningún caso), pues una multa la pagas y punto (y puedes hacerlo fraccionadamente). SI EL CARNET TE LO RETIRARAN POR DOS AÑOS O MENOS, ENTONCES NO TENDRIAS QUE VOLVER A SACARTELO (lo que sí ocurrirá si te condenan a más de 2 años de privación de carnet).

Saludos.
viaderconsultas@gmail.com