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Prejubilacion rechazada

11 Comentarios
 
Prejubilacion rechazada
03/05/2006 16:57
Hola a todos, mi problema es que mi padre, pidió en su empresa la prejubilación, después de los papeles oportunos con la Seg.Social y la empresa, mi padre pasa a estar prejubilado desde el día 1 de Abril, a finales de abril recibe una resolución de la Seg.Social, diciendo que rechazan esa prejubilación, por que la persona que han puesto en sustitución de mi padre, no reúne las condiciones necesarias, con lo cual ahora mismo, mi padre está sin cobrar un duro, porque según la empresa se tiene que meter en juicios con la S.Social, ¿si por parte de mi padre no ha habido ningún requisito incumplido, es mas, la empresa ya le había prejubilado, y es "culpa" de la empresa el que eso no se lleve adelante, ya que no ha sustituido con la persona correspondiente, que puede hacer ahora mi padre?. Según le ha dicho la empresa, esto se puede demorar meses,¿que hace hasta entonces mi padre sin cobrar?, ¿hay alguna solución, para agilizar los tramites?Muchas gracias.
03/05/2006 17:29
Hola.

A mi meparece que no debería haber problema. Si a tu padre se le rechaza la jubilacion parcial por causas ajenas a el e imputables a la empresa, me parece que lo que procedería es volver a la situacion anterior en tanto no se resuelva ese posible pleito que la empresa y/o tu padre van a emprender con la Seguridad Social de forma que volvera a cobrar y cotizar por el 100% que venía cobrando y cotizando.

Saludos.
03/05/2006 17:50
pues nada a denunciar a la seguridad social y a la empresa donde trabajaba tu padre ya decidira su señoria quien amoquina. LA PUTADA QUE LLEVA UNOS MESES HASTA QUE SE RESUELVA
03/05/2006 21:44
La empresa debe hacer un contrato de Relevo, y puede ser con un desempleado inscrito en la o. de empleo, o con un trabajador que tenga contaro temporal pero que ya estuviera en la empresa,
Tiene huevos que en la empresa de tu padre no encuentren ni a uno ni a otro, porque mira que es fácil.
Lo normal es que siga trabajando al 100% de jornada en la empresa, hasta que encuentren al relevista.
La S.Social no entra, pues si el que releva no cumple los requisitos, pues no puede jubilar.
03/05/2006 21:45
También puede ser una jubilación a los 64 años. Entonces el sustituto debe estar desempleado inscrito en la o. de empleo.
04/05/2006 08:01
Gracias por vuestra velocidad de respuesta, el problema esque tampoco le han dicho expresamente que se reincorpore de nuevo a la empresa, lo que la S.Social alega es que el sustituto de mi padre no tiene la misma categoria, si mi padre está en la categoria 4 este hombre, que ya trabajaba en la empresa tiene la 5, y se lo deniegan por eso, pero mientras tanto mi padre está a "verlas venir", porque tampoco le dan una solución, solo que espere , ¿pero cuanto?, porque del aire aun no se puede vivir. ¿no hay alguna manera de que durante ese tiempo le tenga que pagar alguien; no se quien será , porque si no le dicen que se reincorpore,le están causando un gran perjuicio?.Muchas gracias.
04/05/2006 09:48
Hola:si la jubilación parcial de tu padre no es aceptada por la Seg. Social, evidentemente, la modificación de jornada efectuada por la empresa, tampoco debe ser aceptada por la tesorería, ya que
lo uno y lo otro -aceptación de la Jubilación Parcial y modificación de jornada- son necesarios para que se cumplan los requisitos.
Por lo anterior -y como ya te comentan-, tu padre donde se debe dirigir a cobrar es a la Empresa, ya que su situación -quiera o no la empresa- no ha cambiado. O sea sigue en situación de ALTA en la empresa al 100%.
Saludos.
04/05/2006 11:59
El caso, es que mi padre, ya tiene firmados los contratos de sustitución,(todo el papeleo necesario que piden) con lo que acepto solo el 15 % del los que le deberían pagar,por un acuerdo que tiene su empresa con los empleado que se prejubilan, ¿en este caso, deberían volver a firmar otro contrato?, ¿o automaticamente si no es aceptado por la S.Social, como en este caso, pasa a su contrato
anterior?.
Gracias.
perfil jmb
05/05/2006 13:19
no quiero ir de listo, pero coño si a lo que tu llamas
categoria te refieres a grupo de cotizacion, ponerle
un 4 al nuevo y si a categoria tu lo llamas grupo
profesional, supongo que se puede maquillar lo que pones en el contrato de relevo...

un saludo
05/05/2006 21:15
Tiene que ser una interpretación muy restrictiva de las condiciones del contrato de Relevo por el INSS, pues el hacer función similar o categoría similar no siempre equivale a tener idéntico grupo de cotización.
El INSS no ve el contrato, sólo el alta del relevista, así que, como dice el amigo JMB, problema absurdo. La empresa hace un cambio de grupo de cotización, le pone un 4 - que es un cajón de sastre - y aquí paz y después gloria.
perfil SGG
05/05/2006 22:47
Lo siento Mario pero el INSS si ve el contrato, pues para solicitar la jubilación tienes que presentar entre otros papeles el contrato de relevo y el de jubilación parcial.
Estoy con todos que se debería volver a la situación incial (cobrar 100% de la Empresa). Por otro lado teneis que pelearlo la empresa no se puede quedar así y tu padre sin cobrar. Una solución sería si el sustituto esta de acuerdo modificar en el contrato la categoria alegando que fue un error y solicitar otra vez la jubilación.
Mover el tema y que no os engañen.
Saludos
08/05/2006 16:43
Muchas gracias a todos por los consejos, veremos de aqui a un mes, que es el plazo que le han dado para solucionarlo, se soluciona (esperemos).
De nuevo.Gracias.