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¿Prescribe la plusvalía municipal?

5 Comentarios
 
¿prescribe la plusvalía municipal?
12/08/2020 19:28
Una vez dejada la documentación para el pago de la plusvalía en la oficina de liquidación.
Prescribe?
Lleva más de 4 años y 6 meses dejada la documentación para que hagan la liquidación.
Gracias
13/08/2020 13:23
La plusvalía municipal es susceptible de ser liquidada o autoliquidada. Está previsto un plazo de 6 meses desde el fallecimiento para depositar la documentación correspondiente en el Ayuntamiento, a efectos de que pueda liquidar el impuesto. Una vez finalizado este plazo, comienza el plazo de prescripción de 4 años.

En resumen, si desde entonces han transcurrido más de 4 años 6 meses, sin que os hayan reclamado pago alguno por el impuesto, éste está prescrito. No debéis hacer nada. Si por algún casual os llegara una reclamación de pago por este concepto, deberéis recurrir en el plazo de un mes indicando que está prescrito el impuesto.
13/08/2020 22:59
itsDuque
Pero tendré que ir a recoger la documentación no?
Me la tienen que devolver sin problema?
El que me atendió me dijo que una ves entregada en la oficina de recaudación no prescribían.

Un saludo y Gracias.
13/08/2020 23:32
Si necesitas o quieres la documentación que dejaste para algo, puedes ir a recogerla sin problemas. Todo derecho de la Administración a liquidar o reclamar un impuesto prescribe a los cuatro años (salvo interrupción del plazo, que no parece ser tu caso); de lo contrario sería una inseguridad jurídica para el contribuyente. En cualquier caso, puedes revisar los arts. 66 a 68 LGT para más dudas.
14/08/2020 12:37
Un saludo y gracias..por la respuesta..
14/08/2020 12:39
rebirth92
Claro me pidieron escrituras de partición. Erencia todos los papeles originales para calcular la liquidación. Son papeles muy importantes.