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Prescripción de deudas

4 Comentarios
 
Prescripción de deudas
01/03/2012 09:01
Buenos días:

Una sentencia me condenó a pagar una deuda a una inmobiliaria por alquiler de vivienda. Aboné una cantidad pero dejé otra cantidad pendiente. ¿Prescribe esta deuda? ¿Cuándo?
Gracias y un saludo
01/03/2012 11:58
Según lo que disponga la sentencia, pero si no marca plazos a pagar, le prevengo que el demandante ejecutará la misma con intereses y costas en un máximo de 5 años a contar desde dicha sentencia.
01/03/2012 13:52
Perdone las molestias, pero en el caso que la sentencia tenga más de 10 años, ¿qué ocurre? ¿ha prescrito?

Muchísimas gracias
01/03/2012 15:48
Si ha habido ejecución de sentencia, la deuda no prescribe.

Si no ha habido ejecución de sentencia ya se ha pasado el plazo para ejecutarla, por lo que te habrás librado.

Infórmate en el juzgado a ver en qué estado está ese procedimiento.
14/03/2013 20:01
en el 2005 y 2006 era autónomo, ahora la camara de comercio me embarga la cuenta.Me dicen en la cámara que no ha prescrito y que si quiero recurrir lo tengo que hacer en la misma camara.Me da la sensación que se rien de mi, pero qué puedo hacer. gracias.