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Prescripción de impuesto de actos jurídicos

1 Comentarios
 
Prescripción de impuesto de actos jurídicos
06/12/2016 20:59
Tengo pendiente de inscripción un inmueble porque el vendedor no la había registrado, he obtenido en el Archivo de Protocolos Notariales una copia de la escritura que falta por inscribir y la he presentado en el Registro de la Propiedad, allí me han dicho que tengo que liquidar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (Mod. 601) ya que en su momento no se hizo ¿Existe fecha de prescripción para la liquidación de este impuesto-la escritura data de 1984-?¿Tendría que liquidar por el importe de la propiedad que adquirí posteriormente o por el valor de todas las propiedades que aparecen en la escritura, a las que soy ajeno?
06/12/2016 21:19
Taragito
El cómputo del plazo de prescripción se produce desde el periodo voluntario de presentación del impuesto.
Como en su caso queda aún pendiente la liquidación puesto que voluntariamente no se ha presentado, no ha prescrito.