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Prescripción de un impuesto local

3 Comentarios
 
Prescripción de un impuesto local
19/10/2004 17:26
Hola, ¿que tal?

Me podría ayudar alguien diciendome en que ley se encuentra la prescripción de los impuestos municipales, se que es a cinco años de no haber podido ser sido cobrados por la administración prescriben, pero necesito saber la ley al menos para buscarlo y poder hacer así un recurso que me han pedido hacer, no hace falta que me digan ni el articulo, ni el titulo, ni capitulo; gracias de antemano.
20/10/2004 09:02
Hola,
Los impuestos prescriben a los cuatro años.
Para fundamentar bien el recurso mírate: la Ley de Haciendas locales, la Ley general tributaria, el Reglamento de recaudación y la Ley de garantias de los contribuyentes.
Si quieres más datos de alguna de estas normas, dímelo.
20/10/2004 11:18
Rectifico: olvídate de la Ley de derechos y garantías de los contribuyentes, ya que había olvidado que fue derogada por la nueva ley gral tributaria.
22/10/2004 08:44
Hola, ten en cuenta que prescribe a los 4 años de inactividad por parte de la Administración. Lo primero que debes hacer es ir a ver el expediente (tienen obligacion de enseñartelo)porque puede ser que hayan publicado por edictos si no te pudieron localizar y en realidad no haya prescrito.
Prescripción de un impuesto local | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
Prescripción de un impuesto local
19/10/2004 17:26
Hola, ¿que tal?

Me podría ayudar alguien diciendome en que ley se encuentra la prescripción de los impuestos municipales, se que es a cinco años de no haber podido ser sido cobrados por la administración prescriben, pero necesito saber la ley al menos para buscarlo y poder hacer así un recurso que me han pedido hacer, no hace falta que me digan ni el articulo, ni el titulo, ni capitulo; gracias de antemano.
20/10/2004 09:02
Hola,
Los impuestos prescriben a los cuatro años.
Para fundamentar bien el recurso mírate: la Ley de Haciendas locales, la Ley general tributaria, el Reglamento de recaudación y la Ley de garantias de los contribuyentes.
Si quieres más datos de alguna de estas normas, dímelo.
20/10/2004 11:18
Rectifico: olvídate de la Ley de derechos y garantías de los contribuyentes, ya que había olvidado que fue derogada por la nueva ley gral tributaria.
22/10/2004 08:44
Hola, ten en cuenta que prescribe a los 4 años de inactividad por parte de la Administración. Lo primero que debes hacer es ir a ver el expediente (tienen obligacion de enseñartelo)porque puede ser que hayan publicado por edictos si no te pudieron localizar y en realidad no haya prescrito.