Pretendo interrumpir la prescripción para reclamar indemnización en una negligencia médica dentro del año desde el archivo de la causa en vía penal. La cuestión es que pretendo hacerlo mediante burofax al médico y a la clínica privada y no va a dar tiempo de calcular la cuantía exacta, pues es preciso contactar con médicos y psicólogos. ¿El efecto de la interrupción mediante burofax sería el mismo si expreso la cuantía de la reclamación como si no? Gracias compis.