Lo cierto es que creía que alegar la prescripción ( caso que se diera en el ejemplo que planteo ) y que ésta fuera admitida no liberaría a la empresa del total del pago sino sólo de una parte del mismo. En cualquier caso, agradezco opiniones tan esclarecedoras como las del compañero forero Javim
Estimado Javim; Si la papeleta se hubiese interpuesto con posterioridad al 25/3/12 y el juez estima la prescripción, la empresa se libera del total de la cantidad reclamada?
Bodego, creo que has podido cometer un error de transcripción, pues no tiene sentido que, en febrero 2011 se firman tablas salariales correspondientes al ejercicio 2012.
Mas bien, creo que has querido decir que, en febrero 2011 se firman tablas salariales correspondientes al ejercicio 2010.
Deberías aclarar si llevo razón, en cualquier caso, da igual la fecha en que se firman, lo importante a efectos de prescripción es la fecha de su publicación en el diario oficial correspondiente.
Hola y gracias anticipadas por vuestra ayuda. Me gustaría saber qué efecto tiene la prescripción sobre el ejemplo que a continuación os relato. En febrero 2011 se firman tablas salariales correspondientes al ejercicio 2012. En Marzo 2012 se interpone papeleta ante semac reclamando atrasos correspondientes al ejercicio 2010. Se puede alegar prescripción, y si es así qué sucede con la reclamación interpuesta?