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presencia vinculante interpretacion acuerdo?

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Presencia vinculante interpretacion acuerdo?
24/11/2010 17:16
mi consulta no es en materia de accesibilidad para discapacitados, lo es simplemente en cuanto a la interpretacion en la ejecucion de un acuerdo de obras en un edificio en regimen de propiedad horizontal, dicho esto os explico los hechos:
entre algunos propieatrios y yo, expusimos, y defendimos en junta ordinaria de propietarios que se creara en una parte del edificio un acceso peatonal que comunicara el edificio con la via publica, esta propuesta fue votada y aprobada entre la mayoria de propieatarios entre los que como ya he dicho me encontraba presente con mi silla de ruedas a motor. cabe decir que entre la via publica y el suelo del edificio existe 35 centimetros de desnivel, asimismo cabe decir que en la mencionada junta de propietarios fuy elegida represntante de una de las escaleras del edificio.
tras pasar un tiempo dejo de ostentar el cargo representativo aludido y se inician las obras de ejecucion del acuerdo adopatado, practicandose el acceso salvando el desnivel de 35 centimetros mediante un peldaño en angulo recto, lo que supone dejar sin posibilidad de uso a las personas en silla de ruedas y de forma directa a mi como propieataria pese a ser una de las personas que propuesieron, defendieron y voto afirmativamente a su creacion.
¿la ejecucion del acuerdo en materia de obras deberia de haberse realizado reconociendo mi circunstancia teniendo en cuenta que estuve presente activamente en su exposicion debate y aprobacion en junta de propietarios y que la propia naturaleza de la obra no supone una adaptacion urbanistica ya que se trata de acometer un desnivel de 35 centimetros ?
un saludo
26/11/2010 00:01
Todos los accesos urbanísticos o dentro de una Comunidad tienen que cumplir la Ley de Barreras Arquitectónicas. No entiendo como al hacer un acceso dejan un peldaño que es perjudicial y evitable para todos los Propietarios, independientemente que existan Propietarios con discapacidad o de mayor edad.
Puede exigir que en el acceso no exista ningún tipo de impedimento, ya que en el acuerdo adoptado, aunque no se hiciera basándose en las barreras arquitectónicas, está echa de manera no conforme a la Ley.
Pídale al Presidente que hable con la empresa que hizo la obra y rectifique el peldaño dejado, que en realidad es un impedimento.
También puede ir a su Ayuntamiento y exponer el tema al Concejal de Urbanismo.
Espero que te haya ayudado.
Un saludo
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Presencia vinculante interpretacion acuerdo?
24/11/2010 17:16
mi consulta no es en materia de accesibilidad para discapacitados, lo es simplemente en cuanto a la interpretacion en la ejecucion de un acuerdo de obras en un edificio en regimen de propiedad horizontal, dicho esto os explico los hechos:
entre algunos propieatrios y yo, expusimos, y defendimos en junta ordinaria de propietarios que se creara en una parte del edificio un acceso peatonal que comunicara el edificio con la via publica, esta propuesta fue votada y aprobada entre la mayoria de propieatarios entre los que como ya he dicho me encontraba presente con mi silla de ruedas a motor. cabe decir que entre la via publica y el suelo del edificio existe 35 centimetros de desnivel, asimismo cabe decir que en la mencionada junta de propietarios fuy elegida represntante de una de las escaleras del edificio.
tras pasar un tiempo dejo de ostentar el cargo representativo aludido y se inician las obras de ejecucion del acuerdo adopatado, practicandose el acceso salvando el desnivel de 35 centimetros mediante un peldaño en angulo recto, lo que supone dejar sin posibilidad de uso a las personas en silla de ruedas y de forma directa a mi como propieataria pese a ser una de las personas que propuesieron, defendieron y voto afirmativamente a su creacion.
¿la ejecucion del acuerdo en materia de obras deberia de haberse realizado reconociendo mi circunstancia teniendo en cuenta que estuve presente activamente en su exposicion debate y aprobacion en junta de propietarios y que la propia naturaleza de la obra no supone una adaptacion urbanistica ya que se trata de acometer un desnivel de 35 centimetros ?
un saludo
26/11/2010 00:01
Todos los accesos urbanísticos o dentro de una Comunidad tienen que cumplir la Ley de Barreras Arquitectónicas. No entiendo como al hacer un acceso dejan un peldaño que es perjudicial y evitable para todos los Propietarios, independientemente que existan Propietarios con discapacidad o de mayor edad.
Puede exigir que en el acceso no exista ningún tipo de impedimento, ya que en el acuerdo adoptado, aunque no se hiciera basándose en las barreras arquitectónicas, está echa de manera no conforme a la Ley.
Pídale al Presidente que hable con la empresa que hizo la obra y rectifique el peldaño dejado, que en realidad es un impedimento.
También puede ir a su Ayuntamiento y exponer el tema al Concejal de Urbanismo.
Espero que te haya ayudado.
Un saludo