En la Comunidad de la que soy Presidente, uno de los Propietarios, me estaría creando problemas constantes, llegando incluso al terreno personal, y ya estaría harto. Mi pregunta. ¿Podría presentar mi dimisión mediante convocatoria de Junta Extraordinaria, o tendría que ser en la próxima Junta Ordinaria?
Estimado propietario te contesto a lo que preguntas:
1. El presidente no puede renunciar a su cargo salvo que sea por circunstancias excepcionales: ejemplos --- vendes tu piso ya no puedes ser presidente, edad avanzada, cambio de residencia por trabajo, problemas de movilidad. Entonces se convoca una Junta Extraordinaria para sustituir el presidente y explicación justificada de por qué es así.
Tendrás que esperar a la próxima Junta General Ordinaria para que te sustituyan como presidente.
El presidente puede ser nombrado de una de las tres siguientes formas: por propuesta, algunos vecinos se presentan, por sorteo de puertas o presidente por orden correlativo de puertas. Ej: Este año se empieza de la pta 1 en adelante.
2. Por lo que indicas si ese propietario está molestando sin argumentos lógicos es mejor que se encargue el administrador de tratar con él todas las cosas. Así tendrás el menor contacto posible.
También añadiría que cuando se celebre la Junta Ordinaria haya varias propuestas de elección de presidente o se elija por sorteo. Evitando si es posible que este propietario alcance la presidencia porque posiblemente quiere hacer y deshacer y un presidente ha de actuar por el bien común de la Comunidad.
Agradezco su rápida y clara contestación, que por otra parte, era lo que yo me temía. El problema añadido, seria que no hay Administrador, porque la Junta, en su día, no lo aceptó. GRACIAS
fincas mistral. cuando se dan informaciones hay que estar muy seguro, pues se pueden confundir los blogeros. Ni la edad, ni la enfeemedad, y el no residir en laciudad, son eximentes para no ser presidente. ESto lo debera decir un juez, y por experiencia casi nunca dan la razon