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Presidente comunidad se niega a requerir actividades molestas

7 Comentarios
 
Presidente comunidad se niega a requerir actividades molestas
03/03/2023 12:28
Buenos días,
Tengo una vecina en el piso de encima que causa muchas molestias desde hace 3 años.Vino a vivir hace 4 años y yo llevo 50, los que tiene el edificio de 40 vecinos. El caso que primero le dije amablemente porque eran tacones hasta 3am. Su hijo de 21 años con la consola gritando de madrugada, portazos, etc. No hizo caso y pregunte a la Policía y me explicaron que era cosa de la Comunidad y de la LPH. Que hablara con Presidente. Luego Administrador, y se hizo reunión .Ell caso que vimos que esta vecina tiene un trastorno y su respuesta ha sido mucho peor.Siguiente reunión con otro Presidente en punto del día...más de lo mismo. El Presidente se niega siquiera a tocarle el timbre ni requerir alegando que tiene miedo que igual le denuncia porque esa persona no está bien..( Esta vecina ya se lo ha hecho a varios vecinos). Ahora después de aguantar 3 años soy yo Presidente y según entiendo la LPH 7.2 el Presidente puede requerir a petición de un vecino. La anterior Presidenta se niega a que Yo mandé una carta como Presidente a esta vecina, diciendo que yo no puedo hacerlo.
Por favor aclárenme qué es lo que puedo hacer como perjudicada. Puesto que la Policía insiste que es cosa del Presidente .
03/03/2023 13:04
Luchalaz
Como presidente, según la ley puede requerir a esa vecina para que cese en su actividad. Caso de que ignore el requerimiento, la junta podrá acordar ir a los tribunales para que le requieran o incluso le retiren el uso de la vivienda.
Por los casos que conozco parecidos al que Vd. plantea, suele ser bastante difícil conseguir algo.
03/03/2023 13:21
Pepelu90
Muchas gracias por su respuesta.
Ya sé que es muy complicado si no imposible.Llevo 3 años consultando foros de especialistas en ruidos y lamentablemente no he encontrado nada positivo, todas las respuestas son mudarse. El caso que para denunciar en el Juzgado de lo Civil que es lo único que me queda....por lo que he leído en foros, si no hay requerimiento fehaciente de cese de actividades molestas..poco caso me va a hacer un Juez..
Incluso he oído a algún abogado decir que el Presidente tiene "obligación" de requerir a vecino a petición de otro.
Es así?? O es necesario la votación de la junta por mayoría para mandarle una simple carta a esta vecina molesta??
Podría yo exigir al Administrador como presidente de la comunidad que mande un burofax a esta vecina molesta ?
Es lo último que me queda..sino...no sé cómo acabará ésto.
03/03/2023 14:25
Luchalaz
Este tema ya ha sido propuesto por muchas personas que sufren estas molestias, y hacen de su vida un problema diario, incluso de salud, muchas viven obsesionadas por este motivo.

Yo he conocido varios casos, llegando incluso al asesinato en grado de tentativa, de la que se salvo uno de los implicados por llevar el brazo escayolado y parar el golpe del cuchillo, es muy fuerte lo que escribo, pero estos problemas algunas veces traen malas consecuencias.

Lo primero que debes hacer como presidente, es mandar un burofax a la vecina para que cesen los ruidos y molestias, en caso de que no cesen, convocar una junta general extraordinaria con el tema como orden del día. En esa Junta deberá aprobarse el inicio de la acción de cesación de actividades molestas, autorizándote como Presidente para el ejercicio de dicha acción judicial.
Una de las condiciones para emprender las acciones judiciales es que este suficientemente probada las molestias, el abogado se encargara del asunto.

Si la sentencia fuese estimatoria y por tanto le diera la razón a la Comunidad, la Ley de Propiedad Horizontal establece que se podrán establecer distintas medidas por el Juzgado:

1.- La indemnización de daños y perjuicios, en el caso de que te provocara un problema de salud.

2.- - Privarle al dueño u ocupante el uso de la propiedad hasta un PLAZO MÁXIMO DE TRES AÑOS.

Es un tema muy difícil de solucionar, algunos te dirán que te mudes de piso, lo que esta claro es que el tema lo tienes que llevar personalmente tu, y como presidente de las comunidad y a la vez quien sufre las molestias, obrar en consecuencia, dejarlo en manos del administrador, yo nunca lo haría.
03/03/2023 15:04
juanchito
Gracias.
Me da miedo plantearme que pueda pasar cualquier día algo de lo que dices y que ya me he planteado, puesto que los vecinos como tienen " miedo" o no les perjudica a ellos ,después de que en el acta de la 1a Junta de Propietarios haya constancia de todo, habiendo testigos de situaciones y audios y vídeos grabados...no quieren saber nada.
Entonces...mi duda es si yo tengo que mandar una carta con un abogado de modo personal...o puedo mandarla como Presidente en nombre de la Comunidad..?? Que es algún vecino que dice que yo como Presidente no puedo mandarla si no están de acuerdo el resto de los vecinos..
Perdón por mi insistencia.
Ya ni siquiera me refiero a que se inicie acción de cesación, eso tengo muy claro que no va a pasar.
Pero con una carta a esta vecina al menos hay constancia de que se le ha advertido.
03/03/2023 16:22
Las acciones para la cesación de las molestias, no debe ser a titulo personal, es un asunto comunitario

Primer paso: el presidente de la comunidad es quien debe mandar el burofax (no lo hagas por carta), si no sabes redactarlo, que lo haga el administrador en tu nombre.
Segundo paso: si no cesan las molestias, El presidente convoca una Junta General Extraordinaria, se necesita mayoría simple en segunda convocatoria para iniciar acciones legales contra el vecino que causan las molestia, y autorizan al presidente para que represente a la comunidad en el pleito,
Por lo tanto, es la comunidad quien denuncia las acciones legales, tu como propietario no, ni tienes que buscar un abogado, que se encargue el administrador de ese menester.

A los vecinos que voten en contra y según dices que los habrá, recuérdales este viejo refrán:
"Cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar"

Creo que con una llamada de atención con un burofax no será suficiente, tu vecina juega con la ventaja de los malvados, las personas honradas huyen de las confrontaciones, y eso lo aprovechan, medita cual será tu decision, valora si realmente puedes aguantar las molestias, y si no, huye de la quema, acuérdate de la famosa frase que se le atribuye al emperador francés Napoleón:
"Una retirada a tiempoo es una victoria"
04/03/2023 10:11
Luchalaz
Por supuesto que el presidente tiene la obligación de requerir. Otra cosa es que con frecuencia los presidentes no quieran meterse en esos asuntos.
Para que el presidente requiera no se necesita ningún acuerdo de la junta.
Siendo función del presidente, no debería encargarse el administrador, otra cosa es que le ayude a Vd. a redactar la carta, pero debe ser el presidente quien asuma esa función.
De todas formas, viendo las dudas que tiene Vd, casi es mejor que se olvide. Para tener éxito en estos temas, además de suerte, se necesita mucha seguridad y tenacidad.
04/03/2023 12:19
Pepelu90
Hola Pepelu90, ojalá pudiera olvidarme , pero me lo recuerdan cada día y noche , y ya he acudido al médico y estoy con ansiolíticos. Por supuesto que estoy decidida a seguir a pesar de que la Comunidad ( entre que el 80% son viudas de más de 70 años con mentalidad de :" a mí también un día la de al lado....." O con demencias..y el resto baila al son del Administrador@ que la ven como un SemiDios@ ...la lucha es mía.
Las dudas que tengo son para no tener que denunciar a la Comunidad, o la Comunidad a mi ??
Me explico: En la última reunión un vecino dijo:" ahora que eres tú Presidente; puedes mandarle el requerimiento a esa vecina" ( Yo pensé que en la 1a Reunión el Presidente que estaba entonces se lo había mandado, puesto que se habló) . Pero resulta que en esta última Reunión la Administrador@ dice que no..que bla,bla,bla...
Al oír el comentario de ese vecino, el Presidente que deja el puesto el cual cojo yo, contesta alterado: " tú no puedes en nombre de la Comunidad como Presidente requerir a esa vecina, Administrador@ !!! Mira lo que está diciendo!! Me niego!! "
La Administradora que es "Jesucristo" se dirigió a mi y dijo que no puedo.
Vamos..yo estoy convencido de que sabe que sí puedo y debo, pero da la razón donde ve que más le conviene sea cierto o incierto. Otra lucha añadida que tengo. Pagamos y bastante al Administrador@ para que haga su trabajo. El caso que me veo teniendo que presionarle..amenazarme con denunciar a la Comunidad....dejar de pagar las cuotas ....o no sé qué para que mande un puñetero burofax a esta vecina y lo firmo yo como Presidente.
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7 Comentarios
 
Presidente comunidad se niega a requerir actividades molestas
03/03/2023 12:28
Buenos días,
Tengo una vecina en el piso de encima que causa muchas molestias desde hace 3 años.Vino a vivir hace 4 años y yo llevo 50, los que tiene el edificio de 40 vecinos. El caso que primero le dije amablemente porque eran tacones hasta 3am. Su hijo de 21 años con la consola gritando de madrugada, portazos, etc. No hizo caso y pregunte a la Policía y me explicaron que era cosa de la Comunidad y de la LPH. Que hablara con Presidente. Luego Administrador, y se hizo reunión .Ell caso que vimos que esta vecina tiene un trastorno y su respuesta ha sido mucho peor.Siguiente reunión con otro Presidente en punto del día...más de lo mismo. El Presidente se niega siquiera a tocarle el timbre ni requerir alegando que tiene miedo que igual le denuncia porque esa persona no está bien..( Esta vecina ya se lo ha hecho a varios vecinos). Ahora después de aguantar 3 años soy yo Presidente y según entiendo la LPH 7.2 el Presidente puede requerir a petición de un vecino. La anterior Presidenta se niega a que Yo mandé una carta como Presidente a esta vecina, diciendo que yo no puedo hacerlo.
Por favor aclárenme qué es lo que puedo hacer como perjudicada. Puesto que la Policía insiste que es cosa del Presidente .
03/03/2023 13:04
Luchalaz
Como presidente, según la ley puede requerir a esa vecina para que cese en su actividad. Caso de que ignore el requerimiento, la junta podrá acordar ir a los tribunales para que le requieran o incluso le retiren el uso de la vivienda.
Por los casos que conozco parecidos al que Vd. plantea, suele ser bastante difícil conseguir algo.
03/03/2023 13:21
Pepelu90
Muchas gracias por su respuesta.
Ya sé que es muy complicado si no imposible.Llevo 3 años consultando foros de especialistas en ruidos y lamentablemente no he encontrado nada positivo, todas las respuestas son mudarse. El caso que para denunciar en el Juzgado de lo Civil que es lo único que me queda....por lo que he leído en foros, si no hay requerimiento fehaciente de cese de actividades molestas..poco caso me va a hacer un Juez..
Incluso he oído a algún abogado decir que el Presidente tiene "obligación" de requerir a vecino a petición de otro.
Es así?? O es necesario la votación de la junta por mayoría para mandarle una simple carta a esta vecina molesta??
Podría yo exigir al Administrador como presidente de la comunidad que mande un burofax a esta vecina molesta ?
Es lo último que me queda..sino...no sé cómo acabará ésto.
03/03/2023 14:25
Luchalaz
Este tema ya ha sido propuesto por muchas personas que sufren estas molestias, y hacen de su vida un problema diario, incluso de salud, muchas viven obsesionadas por este motivo.

Yo he conocido varios casos, llegando incluso al asesinato en grado de tentativa, de la que se salvo uno de los implicados por llevar el brazo escayolado y parar el golpe del cuchillo, es muy fuerte lo que escribo, pero estos problemas algunas veces traen malas consecuencias.

Lo primero que debes hacer como presidente, es mandar un burofax a la vecina para que cesen los ruidos y molestias, en caso de que no cesen, convocar una junta general extraordinaria con el tema como orden del día. En esa Junta deberá aprobarse el inicio de la acción de cesación de actividades molestas, autorizándote como Presidente para el ejercicio de dicha acción judicial.
Una de las condiciones para emprender las acciones judiciales es que este suficientemente probada las molestias, el abogado se encargara del asunto.

Si la sentencia fuese estimatoria y por tanto le diera la razón a la Comunidad, la Ley de Propiedad Horizontal establece que se podrán establecer distintas medidas por el Juzgado:

1.- La indemnización de daños y perjuicios, en el caso de que te provocara un problema de salud.

2.- - Privarle al dueño u ocupante el uso de la propiedad hasta un PLAZO MÁXIMO DE TRES AÑOS.

Es un tema muy difícil de solucionar, algunos te dirán que te mudes de piso, lo que esta claro es que el tema lo tienes que llevar personalmente tu, y como presidente de las comunidad y a la vez quien sufre las molestias, obrar en consecuencia, dejarlo en manos del administrador, yo nunca lo haría.
03/03/2023 15:04
juanchito
Gracias.
Me da miedo plantearme que pueda pasar cualquier día algo de lo que dices y que ya me he planteado, puesto que los vecinos como tienen " miedo" o no les perjudica a ellos ,después de que en el acta de la 1a Junta de Propietarios haya constancia de todo, habiendo testigos de situaciones y audios y vídeos grabados...no quieren saber nada.
Entonces...mi duda es si yo tengo que mandar una carta con un abogado de modo personal...o puedo mandarla como Presidente en nombre de la Comunidad..?? Que es algún vecino que dice que yo como Presidente no puedo mandarla si no están de acuerdo el resto de los vecinos..
Perdón por mi insistencia.
Ya ni siquiera me refiero a que se inicie acción de cesación, eso tengo muy claro que no va a pasar.
Pero con una carta a esta vecina al menos hay constancia de que se le ha advertido.
03/03/2023 16:22
Las acciones para la cesación de las molestias, no debe ser a titulo personal, es un asunto comunitario

Primer paso: el presidente de la comunidad es quien debe mandar el burofax (no lo hagas por carta), si no sabes redactarlo, que lo haga el administrador en tu nombre.
Segundo paso: si no cesan las molestias, El presidente convoca una Junta General Extraordinaria, se necesita mayoría simple en segunda convocatoria para iniciar acciones legales contra el vecino que causan las molestia, y autorizan al presidente para que represente a la comunidad en el pleito,
Por lo tanto, es la comunidad quien denuncia las acciones legales, tu como propietario no, ni tienes que buscar un abogado, que se encargue el administrador de ese menester.

A los vecinos que voten en contra y según dices que los habrá, recuérdales este viejo refrán:
"Cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar"

Creo que con una llamada de atención con un burofax no será suficiente, tu vecina juega con la ventaja de los malvados, las personas honradas huyen de las confrontaciones, y eso lo aprovechan, medita cual será tu decision, valora si realmente puedes aguantar las molestias, y si no, huye de la quema, acuérdate de la famosa frase que se le atribuye al emperador francés Napoleón:
"Una retirada a tiempoo es una victoria"
04/03/2023 10:11
Luchalaz
Por supuesto que el presidente tiene la obligación de requerir. Otra cosa es que con frecuencia los presidentes no quieran meterse en esos asuntos.
Para que el presidente requiera no se necesita ningún acuerdo de la junta.
Siendo función del presidente, no debería encargarse el administrador, otra cosa es que le ayude a Vd. a redactar la carta, pero debe ser el presidente quien asuma esa función.
De todas formas, viendo las dudas que tiene Vd, casi es mejor que se olvide. Para tener éxito en estos temas, además de suerte, se necesita mucha seguridad y tenacidad.
04/03/2023 12:19
Pepelu90
Hola Pepelu90, ojalá pudiera olvidarme , pero me lo recuerdan cada día y noche , y ya he acudido al médico y estoy con ansiolíticos. Por supuesto que estoy decidida a seguir a pesar de que la Comunidad ( entre que el 80% son viudas de más de 70 años con mentalidad de :" a mí también un día la de al lado....." O con demencias..y el resto baila al son del Administrador@ que la ven como un SemiDios@ ...la lucha es mía.
Las dudas que tengo son para no tener que denunciar a la Comunidad, o la Comunidad a mi ??
Me explico: En la última reunión un vecino dijo:" ahora que eres tú Presidente; puedes mandarle el requerimiento a esa vecina" ( Yo pensé que en la 1a Reunión el Presidente que estaba entonces se lo había mandado, puesto que se habló) . Pero resulta que en esta última Reunión la Administrador@ dice que no..que bla,bla,bla...
Al oír el comentario de ese vecino, el Presidente que deja el puesto el cual cojo yo, contesta alterado: " tú no puedes en nombre de la Comunidad como Presidente requerir a esa vecina, Administrador@ !!! Mira lo que está diciendo!! Me niego!! "
La Administradora que es "Jesucristo" se dirigió a mi y dijo que no puedo.
Vamos..yo estoy convencido de que sabe que sí puedo y debo, pero da la razón donde ve que más le conviene sea cierto o incierto. Otra lucha añadida que tengo. Pagamos y bastante al Administrador@ para que haga su trabajo. El caso que me veo teniendo que presionarle..amenazarme con denunciar a la Comunidad....dejar de pagar las cuotas ....o no sé qué para que mande un puñetero burofax a esta vecina y lo firmo yo como Presidente.