¿Es legal la prestación de servicios de la abogacia a través del sistema de contratación anual por un precio fijo mediante solución telefonica o por internet en 24 horas? ¿Por ejemplo. su abogado por 90 euros anuales y un descuento en los procedimientos que se deriven de estos?. Me refiero a la legalidad de captar así la clientela. ¿Que opinaís? Gracias