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Prestación por desempleo y trabajo de 2 ó 3 horas diarias

11 Comentarios
 
Prestación por desempleo y trabajo de 2 ó 3 horas diarias
perfil Ro
24/11/2004 14:19
Buenas tardes. En la actualidad me encuentro cobrando la prestación por desempleo. La tengo concedida hasta septiembre de 2005, y estoy cobrando el importe máximo.
Me ha surgido un trabajo en el que me contratarían solo por 2 o 3 horas diarias; me vendría muy bien aceptarlo pues podría compatibilizarlo con los estudios que vengo realizando. Mi pregunta es si dicho contrato me privaría de seguir cobrando la prestación o si puede ser compatible puesto que se trata de muy pocas horas. ¿Hay algún tipo de contrato que permita dicha situación?
Gracias
24/11/2004 16:21
Hola ! No sé si te seré de gran ayuda pero yo estaba trabajando 2 horas en una empresa y cobraba el paro , sólo se cobra el 80% de lo que te corresponde el otro 20% se pierde.
24/11/2004 16:28
Debes comunicarlo al INEM y te reducirán proporcionalmente la prestación por desempleo.
24/11/2004 18:05
Hola.

Totalmente de acuerdo con las intervenciones anteriores. si no estoy equivocada esa figura se llama "desempleo parcial."

Saludos.
perfil Ro
25/11/2004 11:34
Gracias, pero la parte en que se reduce la prestación puede ser solicitada en un momento posterios?
25/11/2004 11:57
hola
si trabajas y pides el desempleo proporcional, lo que te decían, te pagarán un 80 % pero te descuentan un dia entero, no te hacen la proporción a la duración que te queda por disfrutar, si te queda un año ese 20 % que reduces no te hace aumentar el año, se te queda igual.

Tu verás si con ese trabajo puedes vivir sin el desempleo y igual te compensa más paralizarlo para no perder.

Un saludo
perfil Ro
25/11/2004 12:14
Perdona Javivi pero no sé si te entiendo bien. Quieres decir que el 20% que me reducen lo pierdo??que no tengo derecho a solicitarlo más tarde si me volviera a quedar parada??

A ver, seguramente vendría a cobrar lo mismo que ahora estoy cobrando con el paro, porque ese 20% que me descontarían es más o menos lo que me pagaría la empresa por el trabajo, es decir, que económicamente no me interesaría, pero por otra parte creo que me vendría bien aceptar el trabajo, en cualquier caso. Gracias
25/11/2004 12:49
Hola ro:
La prestación y el subsidio por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque ello no suponga la inclusión obligatoria en un Régimen de la Seg. Social, y con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando el trabajo que se realice sea a tiempo parcial, en cuyo caso, como muy bien te han explicado los compañeros que han respondido anteriormente, se deduce del importe de la prestación la parte proporcional al tiempo trabajado.

En el caso que nos encontramos de compatibilizar la prestación por desempleo con el trabajo a tiempo parcial, la reducción de la cuantía de dicha prestación no altera su duración computada en días naturales.

En conclusión, que puedes trabajar a tiempo parcial y cobrar las prestación de desempleo reducida en la parte proporcional al tiempo trabajado pero la duración del desempleo no se verá afectada ya que el INEM considera consumido el día entero.

Saludos.
perfil Ro
25/11/2004 13:50
Muchas gracias Jesusfer, me ha quedado clarísima tu explicación. Me permito hacerte otra preguntilla aunque no viene mucho al caso. Tengo posibilidades de cobrar otro tipo de ayuda cuando finalice la prestación por desempleo a largo plazo teniendo en cuenta que estoy casada, no tengo hijos y mi marido trabaja??
Gracias de nuevo, y un saludo
25/11/2004 18:08
Las ayudas que puedes cobrar una vez finalizadas la prestación por desempleo es tán supeditadas a la falta de ingresos en la unidad familiar.

Es decir, cuando las rentas de la misma divididas por el nº de miembros no supera el 75% del SMI. Aunque el subsidio para mayores de 52 años no considera las rentas del cónyuge (sólo las del solicitante) pero pide otros requisitos que reunir.

Lo mejor es que cuando termines el desempleo pidas información en la oficina del INEM, allí te dirán si puedes solicitar algún Subsidio, y sobre todo es importante que continues siendo demandante de empleo que es otro de los requisitos exigidos para tener acceso a la Renta Activa de Inserción.

Saludos.
25/11/2004 18:43
Existen también ayudas tras agotar una prestación que no exigen tener cargas familiares, siempre que el solicitante tenga más de 45 años cuando agote el desempleo, y siempre que haya cobrado más de 360 o 720 días, aparte del subsidio para mayores de 52 años.
El reciente invento llamado Renta Activa de Inserción si exige en su caso más común que las rentas de la familia no superen un límite.
Salñudos.
26/11/2004 14:14
Para la renta activa de inserción hay que llevar un año como mínimo de demandante de empleo y que la unidad familiar no supere en rentas el 75% del SMI, aparte de aceptar un compromiso de actividad y un itinerario de inserción.