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Problema con arrendador

6 Comentarios
 
Problema con arrendador
05/04/2006 23:47
Buenas tardes,

Quisiera consultaros un problema que tengo con el arrendador de mi bajo comercial y el problema es el siguiente

Por el año 1998 se firmo un contrato de arrendamiento de un bajo en el cual figuraba una clausula por la cual se hacia cargo de los gastos de contribucion, pero estos pagos nunca se han tenido que realizar ya que la contribucion nunca ha llegado al bajo alquilado ya que le llegaban a un familiar de mi arrendador que vive justo encima del bajo alquilado y este no me los remitia y los pagaba el sin yo saberlo, ahora este familiar se murio y mi arrendador me exige que pague estos recibos de contribucion desde el año 1999 hasta este año. ¿Tiene derecho a exigirme el pago de los mismos?

Saludos y muchas gracias por todo.
06/04/2006 17:18
Si el arrendador, asumía los gastos de contribución ( el arrendador es el dueño que alquila), en el contrato; independientemente de quien los pagase, no tiene ningún derecho a reclamar dicha cantidad.

Siempre que los términos y condiciones de dicho contrato no se hayan modificado por escrito con posterioridad.
06/04/2006 17:39
No lo explica Vd. claramente pero en el caso de que en el contrato se especificara que el arrendatario se obliga a satisfacer el importe del IBI, podrá reclamarle a Vd. los últimos cinco años.
06/04/2006 20:01
En efecto, en el contrato si figura la obligacion de pagar por parte mia (arrendatario) la contribucion, lo que sucede es que los recibos de esas contribuciones de esos años no han llegado nunca a mi buzon (planta baja) por lo cual yo no he podido pagarlo en ningun momento.

Saludos y gracias.
07/04/2006 09:32
Suele ser habitual que los recibos del IBI siga recibiéndolos el propietario aunque perfectamente podría cambiarse la domiciliación. Si lo paga el propietario, más tarde lo repercute al arrendatario reflejándolo en el recibo y es frecuente que se prorratee a lo largo del año. Puede negociarlo así. Pida copia de los recibos.
10/04/2006 17:07
Aunque no hayan llegado no es problema; ante la Administración es el arrendador el responsable del pago, y posteriormente éste puede repercutirlo si así está pactado, como es el caso. Debe usted afrontar el pago, y su incumplimiento puede llevarle al deshaucio.
11/04/2006 16:19
Muchas gracias a todos.