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Problema con aval solidario

56 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 56 comentarios
23/01/2020 11:38
Broke33
Si, si le llega:

Si la renta es 500 al mes, son 6.000 € al año, y veo posible defender que la cuantía del juicio del aval será de esos 6.000 €, el importe de una anualidad de renta; no creo que nos remitan a un ordinario porque entiendo no será de aplicación el art. 249, 5º LEC porque del arrendamiento no vamos a hablar.

Calcule usted, incluso con diligencias previas, unos 3.000 € de honorarios, y si hubiera condena en costas por perder el juicio otros 2.000 € mas.

Pero yo no lo haría, con esos 5.000 € cubre usted 10 meses de renta, y considero improbable que lleguen a reclamarle tanto.

A ver qué opina León.
23/01/2020 10:36
Hoplon
Vale entendido. Lleva ya 3 años. Mis ingresos son relativamente altos. Asi que de justicia gratuita... Nada.

Aunque no me meta en el tema del aval... Podria pedirle que la eche él.. Eso si.. Estoy dispuesto a gastarme 3000 a 5000 euros. No se si con eso daría
23/01/2020 10:15
Broke33
Yo aún creo que su expareja no va a echar a perder un alquiler como el que ella tiene: la ayuda al alquiler no es algo que se menosprecie así como así. Pienso que ella pagará.

Si el contrato es normal para la fecha en que se firmó, y recuerde que no lo hemos leído, sería de tres años de prórroga forzosa, mas un cuarto año adicional: a partir de ahí podría haber tácita reconducción pero ya no sería el contrato que usted avaló, que se extingue, sino uno que nace nuevo. Hay que leer el aval para ver si se vincula a la vigencia del contrato, o si abarca las tácitas reconducciones.

Si el casero alarga la reclamación de las deudas mas allá de un par de meses puede usted alegar retraso desleal, que significa que el acreedor demora sus actuaciones mas allá de lo aceptable porque considera que tiene el cobro seguro. Pero esto no es una garantía sino que es algo a valorar por el juez.

¿Qué haría yo si fuera usted?

Partimos de que usted firmó un aval, y lo hizo libremente y nadie le obligó, hoy puede estar arrepentido, pero el día que lo firmó estaba conforme.

Lo primero el burofax, y crucemos los dedos porque el casero al leerlo se piense si renovar o no el contrato de alquiler.

Si usted puede pedir justicia gratuita porque sus ingresos no llegan a los 12.780 € anuales yo pediría un abogado de oficio y pediría por vía de diligencias preliminares que me exhibieran el aval, y una vez leído el mismo interpondría una demanda para pedir su extinción, cuyo resultado, le anticipo, sería dudoso.

Pero si no tuviera derecho a justicia gratuita no me metería en pleitos, porque como expuse el resultado es dudoso y entre juicio y posible condena en costas se le puede poner a usted en un gasto importante, para esto casi es mejor confiar en que su expareja no va a dejar perder ese alquiler subvencionado.

Otra solución yo no veo, a ver si León nos aporta mas ideas.
23/01/2020 10:04
Broke33
Bueno leí que pusisteis que no se podía especular con el aval, pero hasta que punto? Que medidas se puede tomar? En que me repercutiría a mi?

Es que lo he estado buscando en la LAU, y codigo civil parte de los fiadores y no encuentro nada
22/01/2020 19:38
Broke33
Vale... Entonces entiendo que si el contrato esta redactado de forma normal son:

1- 3 años que ya llevo... 2prorrogas de 1 año cada uno tacita reconduccilnes = 8años. Sería aguantar 5 años mas entiendo... Y ya despues del 8tavo año sería la firma de otro contrato... No?

2 - en el caso de que dejara de pagar algun servicio, algún mes y el casero como ve que voy a responder yo... Alarga el lanzamiento de la persona y me veo con 4000 euros de deuda... Se podría hacer algo?
22/01/2020 19:15
Broke33
Uff... la cosa se complica con esta nueva información.

1º- Hay un contrato de alquiler entre un casero y su expareja.

2º- Y usted es avalista de la inquilina, nada mas (y nada menos).

El casero no tiene nada que ver con las relaciones de usted y su expareja, Al casero solamente le importa que usted avala el contrato, y que si ella no paga, usted pagará.

Hay que leer el contrato y el aval, entretanto solamente podemos especular, pero es muy posible, si el contrato y el aval son normales, que:

- El contrato sea de "tres mas uno" años.

- El aval, si lo redactó el casero, muy posiblemente no tenga plazo, y estará vigente mientras permanezca vigente el contrato y sus prórrogas, e incluso tal vez sus tácitas reconducciones, tal como apuntó Leonjbr.

Nada de lo dicho hasta ahora sobre el art. 12 LAU y la renovación del contrato importa ya, porque usted no es inquilino.

Solo tiene usted estas posibilidades, desde mi punto de vista, aunque igual León nos puede dar alguna otra idea:

A- Usted le manda el burofax al casero diciéndole que ya no desea avalar, esto, en realidad, no tiene efectos prácticos, pero puede servir para convencer al casero de que ese alquiler puede ser problemático y por lo tanto tal vez le incline a no renovarlo.

B- En el Derecho Español pesa mucho el principio de la equivalencia de prestaciones (equilibrio contractual) y la apreciación del enriquecimiento injusto sobrevenido, vicio del consentimiento y en última instancia abuso del derecho, concebido dentro de unos límites morales sociales y de equidad en -entre otras- la STS de 1-2-06, y en lo referente en concreto al enriquecimiento injusto en la STS 10-10-11. Habrá tal vez que vincularlo a la jurisprudencia abundante sobre revocación de donaciones. Lo que quiero decir con esto es que a la Justicia le produce rechazo que una persona obtenga una ventaja económica de otra sin que medie justa causa, o habiendo ésta desaparecido: no creo que haga falta que le diga que esto en la práctica es difícil, hay que convencer a un juez de que usted avaló porque eran pareja, y hoy como ya no lo son no es justo que el aval siga vigente.

Hay otras posibilidades, como que su expareja pague la renta con normalidad, como hacen el 90 % de los inquilinos, recuerde que le impago y el desahucio al fin y al cabo no es la norma, sino la excepción.
22/01/2020 13:56
Broke33
Es decir mis opciones son:

Rezar y mandar el burofax por "hacer algo".

Es asi no?
22/01/2020 13:35
Hoplon
Poro supuesto que podra repetir contra ella, pero el problema que yo veo es que ahora mismo no se puede resolver el contrato ni el aval.
22/01/2020 12:32
Broke33
ahh y se me ha olvidado decir, que salgo como avalista y firmo como avalista, pero NO como parte que vaya a convivir en la vivienda. Solo como aval.
22/01/2020 12:27
Broke33
ahh vale, pero aquí hay otro problema. Que vivíamos juntos pero no hay ningún papel que lo acredite. Osea que, a efectos legales eramos compañeros de piso. Ese artículo también sirve para compañeros de piso o solo parejas.
22/01/2020 12:15
Broke33
¡Ojo! el día al que yo me refiero es el día en el que usted deja el piso, y por tanto, deja de ser inquilino y responsable de las rentas, porque desiste del contrato.

Art 12 LAU:

"...Si el contrato se extinguiera por falta de notificación, el cónyuge quedará obligado al pago de la renta correspondiente a dicho mes."
22/01/2020 12:10
Broke33
añado eso que me has puesto pero el día no puedo concretarlo porque no tengo el contrato de alquiler, por lo que , si el casero me deja el contrato lo especificaré pero si no... lo tendre que dejar de forma abierta.
22/01/2020 12:06
Broke33
Tiene ayuda al alquiler, y con poner soloel resto de la renta.. que son 250e solo... si quiere puede pagarlo y ahora estoy un poco desentendido de su vida, pero creo que tiene trabajo fijo y por lo menos antes vivia con su pareja por la que me dejó jajaja así que 250/2... así que por poco que ganes 250/2 100/2 de servicios lo puede pagar cualquiera, pero... me genera mis dudas por como acabó el asunto. Y tiene algún bien (a su nombre) que se podría embargar por impago , como moto y coche.
22/01/2020 11:32
Broke33
Y si Leonjbr puede darnos su opinión, en principio yo sigo creyendo que tendrá acción de regreso contra la deudora para reclamarle lo pagado, tal como expuse en la página anterior.

¿Ella es solvente, tiene un empleo? Igual era conveniente hacerle sber esto último, aunque sea por persona interpuesta, un amigo común o alguien así.
22/01/2020 11:30
Broke33
El texto está bien, pero yo añadiría algo que refleje de forma indiscutible que hago uso de mi derecho a desistir del contrato al amparo del art. 12 LAU y que ya no habito el piso desde el día XXXX.
22/01/2020 10:04
Broke33
ya bueno, depende de la cantidad que deje de pagar y lo que el Arrendador quiera demorar el lanzamiento de esa persona. ( el lanzamiento es de una cuantía económica, según me he informado de superior a los 1700euros).

Ya tengo redactado el burofax, si no me entrega el contrato lo que haré es mandar algo genérico, tenia pensado en lo siguiente:

"Estimado Sr. X, arrendador de la vivienda sita en Calle X de X Ciudad, tal y como le informe vía telefónica mediante mensaje “Whatssap” el día 3 de enero del actual, manifiesto por este medio, mi deseo de no continuar como avalista solidario de lal Sra. Dña.xxxxxxxxx ( dni), con motivo de fin de contrato de alquiler firmado en febrero del año 2017, siendo el año actual, fin y necesaria firma para renovación del mismo por las partes afectadas en dicho contrato.

Por lo que, como he expuesto anteriormente, no participaría en la renovación del citado contrato.

Muchas gracias"
21/01/2020 23:03
Broke33
De todas formas tenga en cuenta que si al final va a tener que responder de alguna cantidad es importante, pero no imposible de asumir. Sera una molestia muy grande, pero no un problema serio.
21/01/2020 19:33
Broke33
Por cierto, os agradezco mucho vuestro asesoramiento.
Estoy buscando un abogado experto en esta materia por mi zona, a la espera, y confiando que el casero me mande estos días el contrato, para empezar un trámite legal para desvincularme totalmente del tema, porque ya suficiente tengo con la ruptura como para estar preocupado de esto de por vida
21/01/2020 19:28
Hoplon
No voy a negar que estoy un poco acojonado por la situación y con algo de ansiedad...

Se lo notifique via whatssap que hay jurisprudencia en ciertas materias que lo dan como bien.

De todas formas, le mandaré un Burofax pero claro, hay un problema, si no tengo el contrato no tengo la fecha referencia del contrato de alquiler, ni tengo su nombre completo y ni tengo su dirección para mandarle ese burofax. Cada vez veo esto más negro.
21/01/2020 19:11
Broke33
A ver, no se ponga la tirita antes de la herida.

Yo he dedicado gran parte de mi tiempo a temer por males que luego nunca han llegado, y esperemos que a usted no le pase lo mismo.

En primer lugar, hay un cauce para pedir el contrato: diligencias preliminares:

"Art 256 LEC: todo juicio podrá prepararse, por petición de que la persona a quién se dirigiría la demanda exhiba los documentos en los que conste su capacidad, representación o legitimación."

En este caso, a mi juicio, es la legitimación lo que ampara la petición. Si no tiene dinero, pida un abogado de oficio. Si no exhiben el contrato y el aval, no es que luego no pueda "aparecer" de repente, pero eso le complicará mucho su situación procesal al casero.

Entretanto, y si realmente abandona usted la casa, haga usted lo que le he recomendado, notifíquelo al casero por burofax; así, es posible que el casero le deniegue la prórroga del cuarto año (si realmente es un contrato "tres mas uno") a su expareja.

Si usted ha abandonado la casa al amparo del art. 12, 4 LAU ya no es inquilino ¿conforme, León?

Por lo tanto, si bien no podrá evitar responder como avalista, situación que, a la espera de que leamos el aval, es una relación entre el casero y usted que no tiene forma de eludir, si es cierto que de prorrogarse el contrato, o mejor dicho desde que usted deja la casa (desiste) es su expareja quien se halla obligada al pago de la renta; y si usted responde, será por ser avalista, no por ser inquilino.

En consecuencia, y al amparo del art. 1839 CC

"El fiador se subroga por el pago en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor."

Usted tendrá acción de regreso contra su expareja, es decir, podrá luego reclamarle a ella lo que ha pagado.

Ya de paso, me es grato poder confirmar que no podrá abusar del aval, porque sería retraso desleal en instar el cumplimiento de obligaciones, y me es ingrato comentar que si, que ni siquera un divorcio extingue los avales, como veamos a menudo en el mundo hipotecario: solamente una acción sostenida en el abuso de derecho podría isntarse, y tal vez, solo tal vez, prosperar.