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Problema con la autoridad

52 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 52 comentarios
03/08/2007 17:10
Ah, sí, en algo tienes razón, debería haber dicho en el ámbito judicial, no en el penal.
No te crezcas, muchacho, que sí, que se me fue la olla...
Saludos.
03/08/2007 17:14
Law, cada vez que apretas una tecla la lías, mejor lo dejas.
Tu mensaje no debías ser matizado, debería ser editado por completo.
En tu primera intevención dices: "los jueces suelen creer lo que dicen pues al ser funcionarios tienen "PRESUNCION DE VERACIDAD"" ya se te ha dicho que eso no existe en el ámbito penal y tú sigues insistiendo.
Explícanos con una nueva "clasesita" dónde, en qué parte del ordenamiento jurídico viene recogida tal argumento.
Con el tema del cacheo qué te voy a decir, mezclas churras con merinas. Un cacheo es un cacheo y una inspección corporal es eso, una inspección corporal.
Para el primero sigues equivocándote, un cacheo superficial no requiere la comisión de un delito de especial gravedad ni mucho menos, no sé de dónde sacas la información, es de tu cosecha o se la has oído a alguien? De dónde sacas en relación a los cacheos también: "NI POR LA COMISION DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, FALTAS O DELITOS QUE LLEVEN APAREJADA UNA PENA INFERIOR A LOS DOS AÑOS DE PRISIÓN si se careciera de antecedentes."
Sigues confundido, creo que has oído algo y lo sacas de contexto. Tú no eres abogado, verdad?

Un saludo.
03/08/2007 17:19
Ah!! ya veo, que respiro.
Aclaralo la próxima vez que des un consejo, no es cuestión de complicarle la vida gratuítamente a la gente.

Un saludo.
03/08/2007 17:24
Kapitán, nos volvemos a cruzar, jajajaj
Este buen hombre es un alumno aventajado de uno que yo me se...que pena que no tome clases de otros buenos foristas de este sitio. Saludos.
03/08/2007 17:39
jajajaja, gracias por poner en su sitio a ese falso tutor apodado law, las que inventa el tio y ademas se las cree y todo.
03/08/2007 19:10
Un saludo para tí "creikeramosamigos".
03/08/2007 20:01
Vaya tropa.
Ahora constato por qué hace tiempo que no veo nicks de muchos colegas que antes entraban por aquí.
¿Han cerrado los foros de policías más gratificantes de la red? Qué pena.
Al menos el aspecto sobre cacheos, detenciones, etc. está bien cubierto aquí. Como el que pregunta algo al respecto siempre es catalogado como un enfermizo mentiroso la cosa es fácil.
Pero sí que les doy la razón en cuanto a que lo dicho por Law no es nada acertado.
03/08/2007 20:06
Hombre, Kelseniano, cuanto tiempo...
Para mentiras...voy a ver si encuentro el famoso post de las alcoholemias, para subirlo y nos reímos un rato.
Saludos.
03/08/2007 20:19
Yo, la verdad, es que os echo un montón de menos. No puedo entrar en el último tiempo, por el trabajo que tengo. Me duele en el alma. Muchas veces me acuerdo. Voy a ver si me organizo mejor y cojo comba en el foro. ... maldito curro ...
04/08/2007 15:17
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
04/08/2007 22:36
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
05/08/2007 16:57
Joé te dejas el nik de "letrado" en "el faro verde".
El mismo perro con distintos collares.

Un saludo.
06/08/2007 11:27
Jesus! iba a dar mi opinión pero con tanta crispación, me abstengo.!... aquí ninguno es abogado pero todos creen estar en posesión de la verdad.
- "law" tiene razon en algunas cosas
- "joe" tiene razón en otras
- lo mismo de "cejuanjo", "kapitan"... etc

EN DERECHO, 2 2 NO SIEPRE SON 4.

Esto más que un foro legal parece un chat de adolescentes. Haced propósito de enmienda!.
06/08/2007 13:02
Kapitan, ese nick no lo conocía, no llegue a entrar a ese foro...

Endless, supongo que tú si que eres abogado...te voy a hacer una pregunta. Te parece normal el primer post de este hilo de Kelseniano?
Si alguien atacase a tu colectivo, de forma sistemática, y encima se inventase historias, te quedarías impasible?
Esto que ves aquí no es un tema aislado, lleva años así.
Por otra parte Cejuanjo si que es abogado, o al menos lo parece, y, de los que saben...
Lo de Law es de verguenza ajena.
Puedes dar todas las opiniones que quieras sobre el tema, si uno es respetuoso y no va de "figura" no creo que nadie se meta contigo, al menos yo no.
Saludos.
18/08/2007 03:09
Yo le diría al consultante que viendo como está el patio vaya rascándose ya el bolsillo.
18/08/2007 19:39
Y al final tienen o no tienen presuncion de veracidad los agentes de la autoridad en el ambito penal? Y yo pensando que por aqui salian abogados.. para fiarse de lo que decis.. madre del amor hermoso.Que algun abogado me aclare lo de la presuncion de veracidad.
18/08/2007 19:44
Por si os ayuda menciono esto:

las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad hacen fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados. Ahora bien, para que opere la presunción de veracidad de tales denuncias es necesario que los hechos relatados en las mismas se reflejen respetando determinados requisitos formales, entre los que destacan los de la claridad y precisión a la hora de confeccionar el relato fáctico (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1989 _RJ 7577_), de tal suerte que las actas o denuncias no se benefician de la presunción de veracidad cuando carecen de los elementales factores de veracidad y convicción por contener irregularidades o insuficiente relato de los hechos constitutivos de la infracción (Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de abril de 1990 _RJ 2818_ y más recientemente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 30 de diciembre de 2002 _RJ 2003/16726_).
18/08/2007 21:59
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
18/08/2007 23:33
pasando por alto los insultos que he leído, respecto a los cuales no voy a hacer comentarios, porque francamente mi diccionario de insultos & tacos es mil veces más ricos en matices, estoy de acuerdo con kelseniano. Una cosa es la teoría y otra la práctica. Y todo abogado que ejerza en lo penal habitualmente sabe que los agentes de la autoridad no gozan con una presuncion de veracidad, PERO SI con un plus de credibilidad.

Me apunto sentencia de Sara,T que es de las tipicas sentencias que alegas para combatir el testimonio de un agente de la autoridad y te encuentras con que no te hacen ni pu ... caso. En fin, que nada, que a seguir. Saludos
19/08/2007 14:17
Y ahora que ya os habeis comportado como crios .. portensen somo profesionales y vuelvo a repetir la pregunta :
En base a esto:_las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad hacen fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados. Ahora bien, para que opere la presunción de veracidad de tales denuncias es necesario que los hechos relatados en las mismas se reflejen respetando determinados requisitos formales, entre los que destacan los de la claridad y precisión a la hora de confeccionar el relato fáctico (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1989 _RJ 7577_), de tal suerte que las actas o denuncias no se benefician de la presunción de veracidad cuando carecen de los elementales factores de veracidad y convicción por contener irregularidades o insuficiente relato de los hechos constitutivos de la infracción (Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de abril de 1990 _RJ 2818_ y más recientemente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 30 de diciembre de 2002 _RJ 2003/16726_).

Y al final tiene o no tiene presuncion de veracidad los agentes de la autoridad en el ambito penal?
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52 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 52 comentarios
03/08/2007 17:10
Ah, sí, en algo tienes razón, debería haber dicho en el ámbito judicial, no en el penal.
No te crezcas, muchacho, que sí, que se me fue la olla...
Saludos.
03/08/2007 17:14
Law, cada vez que apretas una tecla la lías, mejor lo dejas.
Tu mensaje no debías ser matizado, debería ser editado por completo.
En tu primera intevención dices: "los jueces suelen creer lo que dicen pues al ser funcionarios tienen "PRESUNCION DE VERACIDAD"" ya se te ha dicho que eso no existe en el ámbito penal y tú sigues insistiendo.
Explícanos con una nueva "clasesita" dónde, en qué parte del ordenamiento jurídico viene recogida tal argumento.
Con el tema del cacheo qué te voy a decir, mezclas churras con merinas. Un cacheo es un cacheo y una inspección corporal es eso, una inspección corporal.
Para el primero sigues equivocándote, un cacheo superficial no requiere la comisión de un delito de especial gravedad ni mucho menos, no sé de dónde sacas la información, es de tu cosecha o se la has oído a alguien? De dónde sacas en relación a los cacheos también: "NI POR LA COMISION DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, FALTAS O DELITOS QUE LLEVEN APAREJADA UNA PENA INFERIOR A LOS DOS AÑOS DE PRISIÓN si se careciera de antecedentes."
Sigues confundido, creo que has oído algo y lo sacas de contexto. Tú no eres abogado, verdad?

Un saludo.
03/08/2007 17:19
Ah!! ya veo, que respiro.
Aclaralo la próxima vez que des un consejo, no es cuestión de complicarle la vida gratuítamente a la gente.

Un saludo.
03/08/2007 17:24
Kapitán, nos volvemos a cruzar, jajajaj
Este buen hombre es un alumno aventajado de uno que yo me se...que pena que no tome clases de otros buenos foristas de este sitio. Saludos.
03/08/2007 17:39
jajajaja, gracias por poner en su sitio a ese falso tutor apodado law, las que inventa el tio y ademas se las cree y todo.
03/08/2007 19:10
Un saludo para tí "creikeramosamigos".
03/08/2007 20:01
Vaya tropa.
Ahora constato por qué hace tiempo que no veo nicks de muchos colegas que antes entraban por aquí.
¿Han cerrado los foros de policías más gratificantes de la red? Qué pena.
Al menos el aspecto sobre cacheos, detenciones, etc. está bien cubierto aquí. Como el que pregunta algo al respecto siempre es catalogado como un enfermizo mentiroso la cosa es fácil.
Pero sí que les doy la razón en cuanto a que lo dicho por Law no es nada acertado.
03/08/2007 20:06
Hombre, Kelseniano, cuanto tiempo...
Para mentiras...voy a ver si encuentro el famoso post de las alcoholemias, para subirlo y nos reímos un rato.
Saludos.
03/08/2007 20:19
Yo, la verdad, es que os echo un montón de menos. No puedo entrar en el último tiempo, por el trabajo que tengo. Me duele en el alma. Muchas veces me acuerdo. Voy a ver si me organizo mejor y cojo comba en el foro. ... maldito curro ...
04/08/2007 15:17
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
04/08/2007 22:36
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
05/08/2007 16:57
Joé te dejas el nik de "letrado" en "el faro verde".
El mismo perro con distintos collares.

Un saludo.
06/08/2007 11:27
Jesus! iba a dar mi opinión pero con tanta crispación, me abstengo.!... aquí ninguno es abogado pero todos creen estar en posesión de la verdad.
- "law" tiene razon en algunas cosas
- "joe" tiene razón en otras
- lo mismo de "cejuanjo", "kapitan"... etc

EN DERECHO, 2 2 NO SIEPRE SON 4.

Esto más que un foro legal parece un chat de adolescentes. Haced propósito de enmienda!.
06/08/2007 13:02
Kapitan, ese nick no lo conocía, no llegue a entrar a ese foro...

Endless, supongo que tú si que eres abogado...te voy a hacer una pregunta. Te parece normal el primer post de este hilo de Kelseniano?
Si alguien atacase a tu colectivo, de forma sistemática, y encima se inventase historias, te quedarías impasible?
Esto que ves aquí no es un tema aislado, lleva años así.
Por otra parte Cejuanjo si que es abogado, o al menos lo parece, y, de los que saben...
Lo de Law es de verguenza ajena.
Puedes dar todas las opiniones que quieras sobre el tema, si uno es respetuoso y no va de "figura" no creo que nadie se meta contigo, al menos yo no.
Saludos.
18/08/2007 03:09
Yo le diría al consultante que viendo como está el patio vaya rascándose ya el bolsillo.
18/08/2007 19:39
Y al final tienen o no tienen presuncion de veracidad los agentes de la autoridad en el ambito penal? Y yo pensando que por aqui salian abogados.. para fiarse de lo que decis.. madre del amor hermoso.Que algun abogado me aclare lo de la presuncion de veracidad.
18/08/2007 19:44
Por si os ayuda menciono esto:

las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad hacen fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados. Ahora bien, para que opere la presunción de veracidad de tales denuncias es necesario que los hechos relatados en las mismas se reflejen respetando determinados requisitos formales, entre los que destacan los de la claridad y precisión a la hora de confeccionar el relato fáctico (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1989 _RJ 7577_), de tal suerte que las actas o denuncias no se benefician de la presunción de veracidad cuando carecen de los elementales factores de veracidad y convicción por contener irregularidades o insuficiente relato de los hechos constitutivos de la infracción (Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de abril de 1990 _RJ 2818_ y más recientemente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 30 de diciembre de 2002 _RJ 2003/16726_).
18/08/2007 21:59
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
18/08/2007 23:33
pasando por alto los insultos que he leído, respecto a los cuales no voy a hacer comentarios, porque francamente mi diccionario de insultos & tacos es mil veces más ricos en matices, estoy de acuerdo con kelseniano. Una cosa es la teoría y otra la práctica. Y todo abogado que ejerza en lo penal habitualmente sabe que los agentes de la autoridad no gozan con una presuncion de veracidad, PERO SI con un plus de credibilidad.

Me apunto sentencia de Sara,T que es de las tipicas sentencias que alegas para combatir el testimonio de un agente de la autoridad y te encuentras con que no te hacen ni pu ... caso. En fin, que nada, que a seguir. Saludos
19/08/2007 14:17
Y ahora que ya os habeis comportado como crios .. portensen somo profesionales y vuelvo a repetir la pregunta :
En base a esto:_las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad hacen fe, salvo prueba en contrario, respecto de los hechos denunciados. Ahora bien, para que opere la presunción de veracidad de tales denuncias es necesario que los hechos relatados en las mismas se reflejen respetando determinados requisitos formales, entre los que destacan los de la claridad y precisión a la hora de confeccionar el relato fáctico (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de octubre de 1989 _RJ 7577_), de tal suerte que las actas o denuncias no se benefician de la presunción de veracidad cuando carecen de los elementales factores de veracidad y convicción por contener irregularidades o insuficiente relato de los hechos constitutivos de la infracción (Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de abril de 1990 _RJ 2818_ y más recientemente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares de 30 de diciembre de 2002 _RJ 2003/16726_).

Y al final tiene o no tiene presuncion de veracidad los agentes de la autoridad en el ambito penal?