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problemas con miembro familiar alcoholico

2 Comentarios
 
Problemas con miembro familiar alcoholico
19/01/2006 11:09
estimado foro,

me dirijo ya desesperada en busca de alguna sugerencia.Mi hermano, alcoholico, que nunca ha cotizado ala seguridad social de mas de 30 años de edad ha tenido un accidente serio y le dicen que no se le puede prestar atencion quirurjica que no medica ya que no ha cotizado.Ahora nos trae locos a todos en mi casa con no se que historia de ayuda de la junta de andalucia y esta forzando a mi otro hermano a empadronarse en otra vivienda , para segun cuenta el tener acceso a esta ayuda.
Segun yo...si eres mayor de edad y vives en una vivienda que no es de tu propiedad ala que has heredado pero renunciado a tu madre en usufrusto vitalicio no hace falta tanto no??? akguien me puede decir a donde dirigirme....informacion grupos de ayuda...el se niega a ir a centros de alcoholicos etc...segun el los enfermos somos nosotros...estamos desesperados...AYUDA y GRACIAS DE ANTEMANO
19/01/2006 13:36
Hola:
En primer lugar, su mensaje no es muy claro, parece que su lugar de residencia es en Andalucía.

Ante la cuestión de la asistencia sanitaria, en Andalucía, se regula por Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. En su artículo 6.
1. Los ciudadanos, al amparo de esta Ley, son titulares y disfrutan, con respecto a los servicios sanitarios públicos en Andalucía, de los siguientes derechos: a. A las prestaciones y servicios de salud individual y colectiva, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.
d. A la información sobre los servicios y prestaciones sanitarios a que pueden acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso.

En el artículo 18.
La Administración Sanitaria Pública de la Comunidad Autónoma, a través de los recursos y medios de que dispone el Sistema Sanitario Público de Andalucía, desarrollarán las siguientes actuaciones relacionadas con la asistencia sanitaria:

- La atención integral de la salud, garantizando la continuidad de la asistencia, que incluye las actividades de promoción de la salud, salud pública, prevención de las enfermedades, así como acciones curativas y rehabilitadoras, tanto en los niveles de atención primaria como de asistencia especializada, así como las actuaciones sanitarias que sean necesarias como apoyo en los dispositivos públicos de atención socio-sanitaria.

En la Constitución también se recoge el derecho a lavida, integridad física y moral y la salud.

Suerte


19/01/2006 21:47
Estimada Señora:

Donde mejor le pueden informar es en la propia Junta y también en los servicios sociales del Ayuntamiento de su localidad. Acuda allí y exponga su tema, a ver qué le pueden ofrecer. Manténganos informados.

¡Ánimo!, que aquí estamos para ayudar.

Un saludo.