¿Cuando o en que momento se solicita procurador en un asunto de malos tratos desde el momento que se acude a comisaría y se pone denuncia?
¿Quien se encarga de solicitarlo?
Gracias.
La necesidad de procurador depende del tipo de procedimiento que se está siguiendo, por ejemplo, unas faltas, un abreviado..., especifique un poco más su pregunta.
Para la denuncia y para la declaración en el juzgado no hará falta procurador. Luego, como bien dice Ana, dependerá del tipo de juicio, ya que para algunos trámites se necesita estar representado por procurador y para otros no. El juzgado le indicará en su momento que tiene que nombrarlo o sino se le nombra uno de oficio.
Gracias a las dos.
Se trata de acudir (tras denuncia en comisaria) a un juicio rápido por amenazas e insultos en el juzgado de guardia de violencia de genero.
Ya hay designado abogado de oficio pero no hay procurador de momento...
Hasta el trámite de apertura del juicio oral el abogado está habilitado ex lege para representar al imputado, no siendo necesario hasta ese momento el nombramiento de procurador. Saludos¡