Se me plantea un dilema para asesorar a un cliente, el cual es socio y administrador solidario de una compañía limitada que se dedica a X, pero que se lleva auténticamente mál con sus socios y además no le quieren comprar sus participaciones a un precio justo.
Pues bien, este cliente me plantea la posibilidad de estudiar el constituir una nueva sociedad limitada con idéntico objeto social a la primera pero sin que él tenga ningún cargo de responsabilidad, siendo únicamente partícipe (no se aún si mayoritario o no).
Ya conozco lo que dice el Art. 65 y concordantes de la LSL pero tengo dudas acerca de si la prohibición alcanzaría también a ser un mero accionista de una compañía con identico objeto social sin cargo de representacion social alguno en esta nueva compañía.
cuando el art. 65 de la LSL determina que los administradores "no podrán dedicarse".... entiendo que se refiere a que no podran tener ningun tipo de participacion, ahora bien, poruqe tiene que aparecer tu cliente en dicha sociedad?, es decir, podria un tercero aparecer como socio con x participaciones y que una vez este inscrita la Sociedad en el registro mercantil, proceda a la compra de x participaciones, ya que la venta o compra de participaciones no se inscriben en el registrop. es solo una sugerencia tu que opinas?
un saludo