Hola compañeros. Me muevo poco en el ambito penal. Estoy preparando un escrito de denuncia y quiero proponer y aportar prueba ( documentos, testigos, oficios a organismos públicos, etc...). Mi duda es cuando manifestar todo esto? Ya en el escrito de denuncia ? o durante la instrucción?
Técnicamente prueba es únicamente la que se celebra en el acto del juicio oral, aparte de lo que se llama la prueba preconstituida que se realiza en instrucción por los motivos que la ley prevee y que luego se ha de introducir en el juicio oral para que alcance efectos probatorios. A ello es a lo que se refiere el 656.
Durante la instrucción lo que hay son diligencias de investigación, y es lo que tienes que pedir ahora, ya que en base al resultado de las diligencias que se practican en instrucción se alcanzan los indicios suficientes para poder formular acusación, no la convicción que sólo se podrá alcanzar en el plenario.