Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Propuesta de invalidez

3 Comentarios
 
Propuesta de invalidez
14/07/2010 18:38
Hola buenas tardes:

El día 4 de agosto del 2009, sufrí un accidente de tráfico no laboral, a consecuencia del cual he estado de baja hasta el día 8 de julio, que habiendo sido requerido por el ICAM, se me ha propuesto para invalidez. Su argumento es que, en mi caso, no es necesario agotar el periodo de 18 meses de baja, ya que a fecha de hoy se sabe que me va a ser imposible realizar mi trabajo actual. Me dieron unos impresos para rellenar, y me dijeron que en mes o mes y medio me comunicarían el importe de la pensión etc.
Debo decir que aún estoy en proceso de recuperación, pues el medico que me trata, no me ha dado aún el alta, y yo voy yendo cada día a recuperación por medio de transporte a cargo del seguro del contrario que se hizo responsable desde el primer día.

Les agradecería me indicara el proceso desde éste punto. Por ejemplo:

1º Hasta que cobre por invalidez, quien me pagará, pues a mi me entregaron el parte de alta para entregar a mi empresa.

2º ¿Cómo puedo calcular mas o menos lo que me va a quedar de invalidez?. Supongo que permanente, con 33 años cotizados y 56 de edad.

3º¿ Es cierto que la empresa tiene la obligación de ofrecerme un puesto de trabajo adecuado a mi nueva situación física?, o en invalidez permanente no cabe este supuesto. En caso afirmativo, sería a tiempo parcial?.
Como me temo que la pensión no será demasiado esplendida, Por mi edad, y por ser prácticamente el único trabajo que he realizado, ¿podría solicitar algún incremento para poder subsistir, ya que tengo tres personas mas a mi cargo?.



4º Las vacaciones del año pasado ya no las pude disfrutar, pues me accidenté dos días antes de empezarlas. Por supuesto las de este año tampoco. ¿Qué derecho tengo en estas condiciones.

En resumen, les agradezco enormemente todo lo que me puedan clarificar el asunto.
Un saludo cordial vimarro.
15/07/2010 20:53
Hola vimarro , intentare aclararte las dudas ,
1 Hasta que se resuelva tu expediente y te concedan la invalidez ,..te seguira pagando la empresa
2 El calculo de la pension , si es enfermedad comun es el resultado de sumar las bases de cotzacion de los ultimos 96 meses , actualizando con el IPC los primeros 72 y dejando igual los otros 24 se suma todo y se divide por 112 el resultado es la base de cotizacion mensual , luego dependiendo de si es incapacidad permanente total o incapacidad permanente absoluta cobraras mas o menos ....si es la total como tienes mas de 55 años cobrarias el 75 % de la base reguladora que hemos sacado antes , si es la absoluta cobrarias el 100 %

3 La empresa si tu convenio no recoge nada , NO tiene obligacion de recolocarte en otro puesto , que puede ser a jornada completa o parcial , pero si el convenio no obliga , la empresa NO esta obligada

4 En lo referente a las vacaciones , los tribunales dicen que podras disfrutar los dias del año pasado este cuando te reincorpores , pero dudo mucho que te incluyan las del año pasado y las de este en el finiquito si te conceden la invalidez .

espero que te aclare algo
saludos
15/07/2010 22:34
Hola JM30. Muy agradecido por tu aclaración, pués los temas de seguridad social no se la causa, pero por lo que veo en el foro, muchas veces se quedan sin contestar.
En mi caso, al tratarse de accidente no laboral, por lo que he podido ver por internet, el calculo de la base reguladora, se realiza mediante la suma de 24 meses consecutivos dentro de los últimos 7 años, a escoger por el afectado, y dividiendo por 28, pero a mi no se me indicó nada en éste sentido, me dijeron que recibiría la resolución indicándome la cuantía de la percepción.
Muchas grácias de nuevo y si quieres decirme algo mas sobre éste punto mas agradecido si cabe.
Un saludo VIMARRO.
16/07/2010 14:16
Hola vimarro , al contestar tu mensaje no cai en la matizacion de accidente no laboral , perdona el lapsus , te informe de como se hace en enfermedad comun .........en accidente no laboral la base reguladora es como tu bien dices , la suma de 24 meses consecutivos dividido por 28 a elegir dentro de los ultimos 7 años , perdon por el lapsus
saludos