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Providencia Apremio sin notificación de denuncia

2 Comentarios
 
Providencia apremio sin notificación de denuncia
09/02/2008 02:21
El 10.12.2006 estacioné mi vehículo en mitad de la calzada por lo que al regresar al coche me encontré una denuncia en el parabrisas en la que se decía expresamente que debía esperar a la notificación de la misma en mi domicilio para proceder al pago de la sanción.
La notificación de esta denuncia jamás se ha producido. Sin embargo, el 20.12.2007, más de un año después, me notifican por correo certificado que se ha dictado una providencia de apremio por importe de 150€ 15€ de apremio 3,64€ de costas, por no haber abonado la multa en el plazo legalmente establecido, cuando yo jamás he recibido ninguna notificación de denuncia, ni se me ha comunicado ningún plazo.
Dirijo un escrito a la oficina de recaudación en la que explico todo esto y añado además que estimo que la infracción ha prescrito al haber transcurrido más de un año desde su comisión.
El día 5.02.2008 recibo una providencia de prelación de bienes (por correo ordinario no certificado) en la que se suman otros 15€ de apremio 3,57€ de intereses de demora indicándome además que contra dicho acto no cabe recurso alguno (entiendo administrativo).
Mis preguntas son:
1.- ¿Ha prescrito la infracción?
2.- ¿Ante qué órgano o juzgado cabría recurrir ahora y qué debería alegar?
3.- Si se llega a ejecutar la prelación de bienes, ¿ante quién y cómo cabría recurso?
Gracias
09/02/2008 13:37
no es posible responderle.

en principio, ha tenido que haber entre el día de los hechos y la providencia de apremio otras resoluciones - intentos de notificación.


Si efectivamente no se ha hecho nada entre esos 2 puntos, está todo mal, pero dudo que eso sea así.

Sin consultar el expediente adminsitartivo no es posible dar una respuesta.


en su caso, si se llega a la vía judicial, debe saber que la intervención de abogado es preceptiva.


Loquillo ( Bilbao ).

( sa_co_2006@hotmail.com )
20/02/2008 20:12
Hola, aunque loquillo crea que no es posible, voy a intentar dar una idea; si ha llegado a tu casa una notificación de apremio, seguramente todo el procedimiento sancionador ha sido publicado en edictos y en el boletín provincial. Es muy típico que en fase instructora la administración olvide nuestro domicilio y ¡oh, sorpresa! se acuerdan donde vivimos para embargarnos.
La única forma de parar el tema es vía judicial, en el juzgado de lo contencioso administrativo con un procedimiento abreviado que requiere abogado pero no procurador. En todo caso, por vulneración del procedimiento sancionador y de tu derecho de legítima defensa el acto sancionador sería declarado nulo de pleno derecho (art. 62 ley 30/92) Espero haberte sido de ayuda, pero recuerda que tu plazo para interponer contencioso administrativo en el juzgado desde que recibiste la notificación de apremio es de 2 meses. Saludos
Providencia Apremio sin notificación de denuncia | PorticoLegal
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Providencia apremio sin notificación de denuncia
09/02/2008 02:21
El 10.12.2006 estacioné mi vehículo en mitad de la calzada por lo que al regresar al coche me encontré una denuncia en el parabrisas en la que se decía expresamente que debía esperar a la notificación de la misma en mi domicilio para proceder al pago de la sanción.
La notificación de esta denuncia jamás se ha producido. Sin embargo, el 20.12.2007, más de un año después, me notifican por correo certificado que se ha dictado una providencia de apremio por importe de 150€ 15€ de apremio 3,64€ de costas, por no haber abonado la multa en el plazo legalmente establecido, cuando yo jamás he recibido ninguna notificación de denuncia, ni se me ha comunicado ningún plazo.
Dirijo un escrito a la oficina de recaudación en la que explico todo esto y añado además que estimo que la infracción ha prescrito al haber transcurrido más de un año desde su comisión.
El día 5.02.2008 recibo una providencia de prelación de bienes (por correo ordinario no certificado) en la que se suman otros 15€ de apremio 3,57€ de intereses de demora indicándome además que contra dicho acto no cabe recurso alguno (entiendo administrativo).
Mis preguntas son:
1.- ¿Ha prescrito la infracción?
2.- ¿Ante qué órgano o juzgado cabría recurrir ahora y qué debería alegar?
3.- Si se llega a ejecutar la prelación de bienes, ¿ante quién y cómo cabría recurso?
Gracias
09/02/2008 13:37
no es posible responderle.

en principio, ha tenido que haber entre el día de los hechos y la providencia de apremio otras resoluciones - intentos de notificación.


Si efectivamente no se ha hecho nada entre esos 2 puntos, está todo mal, pero dudo que eso sea así.

Sin consultar el expediente adminsitartivo no es posible dar una respuesta.


en su caso, si se llega a la vía judicial, debe saber que la intervención de abogado es preceptiva.


Loquillo ( Bilbao ).

( sa_co_2006@hotmail.com )
20/02/2008 20:12
Hola, aunque loquillo crea que no es posible, voy a intentar dar una idea; si ha llegado a tu casa una notificación de apremio, seguramente todo el procedimiento sancionador ha sido publicado en edictos y en el boletín provincial. Es muy típico que en fase instructora la administración olvide nuestro domicilio y ¡oh, sorpresa! se acuerdan donde vivimos para embargarnos.
La única forma de parar el tema es vía judicial, en el juzgado de lo contencioso administrativo con un procedimiento abreviado que requiere abogado pero no procurador. En todo caso, por vulneración del procedimiento sancionador y de tu derecho de legítima defensa el acto sancionador sería declarado nulo de pleno derecho (art. 62 ley 30/92) Espero haberte sido de ayuda, pero recuerda que tu plazo para interponer contencioso administrativo en el juzgado desde que recibiste la notificación de apremio es de 2 meses. Saludos