Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

publicar el nombre del estafador

8 Comentarios
 
Publicar el nombre del estafador
01/11/2014 21:50
Hola un estafador me ha estafado 300 euros y en el sistema de votos he puesto su nombre completo y que es un estafador, me ha escrito encima que me va a denunciar, es eso posible, encima de cornudo apaleado, que debo de hacer?
Muchas gracias
01/11/2014 21:55
esto en una tienda famosa online de segunda mano, se me olvido comentar
10/11/2014 16:40
Sí, es perfectamente posible que recibas una citación por una denuncia por calumnias, que puede acarrearte la correspondiente responsabilidad penal y civil en su caso.

Es bien sencillo; sin una sentencia judicial firme en que se determine la autoría y culpabilidad del sujeto al que haces referencia en relación a los hechos indicados, no caben imputaciones por tu parte, y mucho menos de carácter lesivo para su honor e imagen personal de nadie.

Tras iniciarse y llevarse a término el correspondiente procedimiento penal por tales hechos, apreciados los mismos como dentro del tipo penal de estafa, y condenado el autor, puedes entrar en el foro que quieras y dar detalle de los hecho ocurridos, denunciados, juzgados y condenados.

Todo lo demás es difamar.

Un saludo.

José Manuel Rosón Bravo

10/11/2014 22:54
Para abundar más sobre el tema en este apartado, y para el supuesto de que hayas oído alguna referencia sobre la posibilidad de evitar este tipo de responsabilidad mediante la prueba de la veracidad de la imputación (“exceptio veritatis”), te indico que ello es posible únicamente en el caso de que afirmaciones injuriosas vertidas contra funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, o para el caso de faltas o infracciones administrativas, tal y como expresa literalmente el artículo 210 del Código Penal.
En este caso, y para el supuesto de ser denunciado – concretamente por injurias, al hacerse referencia al calificativo de “estafador” – podría intentarse la demostración del hecho determinante del tal calificativo, puesto que estamos ante unos hechos que supusieron una transmisión patrimonial inferior a los 400 euros establecidos por el artículo 249 del CP para la calificación del delito de estafa, quedando los hechos bajo el tipo penal de falta contra el patrimonio del artículo 623 – 4 del CP.
No obstante, te reitero el contenido del anterior post, insistiendo en que la imputación de hechos delictivos (calumnia) o la realización de afirmaciones vejatorias o de carácter condenatorio o calificativo en relación a personas (injuria) no es una práctica aconsejable. Y mucho menos en un medio como internet, que determina la existencia de publicidad en su ejecución, y con ella la calificación del tipo como agravado en cuanto a la aplicación de pena (artículo 209 CP).
Un saludo.
José Manuel Rosón Bravo
10/02/2015 12:20
para la proxima vez que pongas los datos de alguien, no seas ingenuo y no des los tuyos, ademas de hacerlo desde un cibercafe o locutorio si puede ser de otra poblacion a la tuya, y que te busquen...
10/02/2015 18:51
Sí, puede iniciar una campaña de difamación - puesto que eso es lo que sería - utilizando locutorios y cíbers, pero ten en cuenta que hay otras formas de identificar la autoría de los comentarios.

02/03/2015 17:12
aun con la condena firme no puedes publicar su identidad sin la previa disociación o anonimizacion, constituye una vulneracion a la LOPD.....
29/08/2023 15:50
He recibido un WhatsApp del número de teléfono 34 602199137 haciéndose pasar por mi hijo diciendo que se le había roto el móvil. Acto seguido me ha pedido que haga dos transferencias a Jose Segovia Armero al número de cuenta ES29 0182 4330 9202 0194 3434 y referencia de BW01M36
Finalmente he podido hablar con mi hijo y resulta ser una estafa electrónica ¿Qué debo hacer?
03/09/2023 21:34
Para evitar cualquier tipo de responsabilidad antes deberías de asegurarte y tener un informe pericial preparado en el que se demuestre todo. Con un perito informático que te haga esto junto a un abogado podrá reclamar y tener garantías. www.perite.pro
publicar el nombre del estafador | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

publicar el nombre del estafador

8 Comentarios
 
Publicar el nombre del estafador
01/11/2014 21:50
Hola un estafador me ha estafado 300 euros y en el sistema de votos he puesto su nombre completo y que es un estafador, me ha escrito encima que me va a denunciar, es eso posible, encima de cornudo apaleado, que debo de hacer?
Muchas gracias
01/11/2014 21:55
esto en una tienda famosa online de segunda mano, se me olvido comentar
10/11/2014 16:40
Sí, es perfectamente posible que recibas una citación por una denuncia por calumnias, que puede acarrearte la correspondiente responsabilidad penal y civil en su caso.

Es bien sencillo; sin una sentencia judicial firme en que se determine la autoría y culpabilidad del sujeto al que haces referencia en relación a los hechos indicados, no caben imputaciones por tu parte, y mucho menos de carácter lesivo para su honor e imagen personal de nadie.

Tras iniciarse y llevarse a término el correspondiente procedimiento penal por tales hechos, apreciados los mismos como dentro del tipo penal de estafa, y condenado el autor, puedes entrar en el foro que quieras y dar detalle de los hecho ocurridos, denunciados, juzgados y condenados.

Todo lo demás es difamar.

Un saludo.

José Manuel Rosón Bravo

10/11/2014 22:54
Para abundar más sobre el tema en este apartado, y para el supuesto de que hayas oído alguna referencia sobre la posibilidad de evitar este tipo de responsabilidad mediante la prueba de la veracidad de la imputación (“exceptio veritatis”), te indico que ello es posible únicamente en el caso de que afirmaciones injuriosas vertidas contra funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, o para el caso de faltas o infracciones administrativas, tal y como expresa literalmente el artículo 210 del Código Penal.
En este caso, y para el supuesto de ser denunciado – concretamente por injurias, al hacerse referencia al calificativo de “estafador” – podría intentarse la demostración del hecho determinante del tal calificativo, puesto que estamos ante unos hechos que supusieron una transmisión patrimonial inferior a los 400 euros establecidos por el artículo 249 del CP para la calificación del delito de estafa, quedando los hechos bajo el tipo penal de falta contra el patrimonio del artículo 623 – 4 del CP.
No obstante, te reitero el contenido del anterior post, insistiendo en que la imputación de hechos delictivos (calumnia) o la realización de afirmaciones vejatorias o de carácter condenatorio o calificativo en relación a personas (injuria) no es una práctica aconsejable. Y mucho menos en un medio como internet, que determina la existencia de publicidad en su ejecución, y con ella la calificación del tipo como agravado en cuanto a la aplicación de pena (artículo 209 CP).
Un saludo.
José Manuel Rosón Bravo
10/02/2015 12:20
para la proxima vez que pongas los datos de alguien, no seas ingenuo y no des los tuyos, ademas de hacerlo desde un cibercafe o locutorio si puede ser de otra poblacion a la tuya, y que te busquen...
10/02/2015 18:51
Sí, puede iniciar una campaña de difamación - puesto que eso es lo que sería - utilizando locutorios y cíbers, pero ten en cuenta que hay otras formas de identificar la autoría de los comentarios.

02/03/2015 17:12
aun con la condena firme no puedes publicar su identidad sin la previa disociación o anonimizacion, constituye una vulneracion a la LOPD.....
29/08/2023 15:50
He recibido un WhatsApp del número de teléfono 34 602199137 haciéndose pasar por mi hijo diciendo que se le había roto el móvil. Acto seguido me ha pedido que haga dos transferencias a Jose Segovia Armero al número de cuenta ES29 0182 4330 9202 0194 3434 y referencia de BW01M36
Finalmente he podido hablar con mi hijo y resulta ser una estafa electrónica ¿Qué debo hacer?
03/09/2023 21:34
Para evitar cualquier tipo de responsabilidad antes deberías de asegurarte y tener un informe pericial preparado en el que se demuestre todo. Con un perito informático que te haga esto junto a un abogado podrá reclamar y tener garantías. www.perite.pro