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16/05/2006 16:42
Un vecino de mi pueblo me ha interpuesto una denuncia. Posteriormente, se ha dedicado a hacer buzoneo con copias por todo el pueblo. Me gustaría saber si esto es denunciable por mi parte, y si así fuese como sería tipificado el delito. Gracias.
16/05/2006 16:48
Quizá, como mucho, y a salvo de mejor criterio, una vejación injusta de carácter leve, del Art. 620.2.

Saludos.
16/05/2006 19:11
¿Le compensa denunciar?Van a cansar al Juez... Espere a ver cómo sigue el asunto, y si gana, haga lo mismo.

Es una opción.
16/05/2006 20:59
Si en la denuncia lo que hace su vecino es imputarle la comisión de un delito, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, y antes de que se pronuncie el órgano juzgador le da publicidad, su vecino comete un delito de calumnia, en mi humilde opinión.
Además, si le ha puesto la denuncia falsamente, bajo las premisas anteriores, imputándole a usted, faltando a la verdad, una infracción penal y eso queda demostrado en el juicio, cometerá otro delito de denuncia falsa.
Sin embargo, si lo que denuncia es cierto y puede probarlo, no será culpable de ningún delito, y si no puede demostrarlo, lo será sólo del delito de calumnia.

Salvo mejor criterio.
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Un vecino de mi pueblo me ha interpuesto una denuncia. Posteriormente, se ha dedicado a hacer buzoneo con copias por todo el pueblo. Me gustaría saber si esto es denunciable por mi parte, y si así fuese como sería tipificado el delito. Gracias.
16/05/2006 16:48
Quizá, como mucho, y a salvo de mejor criterio, una vejación injusta de carácter leve, del Art. 620.2.

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¿Le compensa denunciar?Van a cansar al Juez... Espere a ver cómo sigue el asunto, y si gana, haga lo mismo.

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Si en la denuncia lo que hace su vecino es imputarle la comisión de un delito, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, y antes de que se pronuncie el órgano juzgador le da publicidad, su vecino comete un delito de calumnia, en mi humilde opinión.
Además, si le ha puesto la denuncia falsamente, bajo las premisas anteriores, imputándole a usted, faltando a la verdad, una infracción penal y eso queda demostrado en el juicio, cometerá otro delito de denuncia falsa.
Sin embargo, si lo que denuncia es cierto y puede probarlo, no será culpable de ningún delito, y si no puede demostrarlo, lo será sólo del delito de calumnia.

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