Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿¿Puede el casero hacer esto??

3 Comentarios
 
¿¿puede el casero hacer esto??
16/01/2015 09:21
El pasado 1 de noviembre 2014 dejé por voluntad propia mi piso de alquiler, sobre el cual había entregado dos meses de fianza.
El contrato era por cuatro años por lo que me quedaban dos años más por cumplir, y en el contrato aparecía la siguiente cláusula:

- El desistimiento unilateral del arrendatario, antes de finalizar el plazo estipulado como de duración del presente arrendamiento, tendrá la consideración de incumplimiento contractual por parte de aquel, facultando ello al arrendador para hacer uso de los derechos que le confiere el articulo 27 de la ley 29/94 de 24 noviembre.
Las partes pactan expresamente, para el caso de desistimiento unilateral del arrendatario, deba éste indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta.

Cuando llegó el día de la entrega de llaves, yo se las di al arrendador en el piso y firmamos los dos un documento de entrega de llaves y resolver el contrato de mutuo acuerdo, donde figura el siguiente punto:

- La parte arrendataria hace entrega de la posesión y las llaves de la finca arrendada al arrendador por lo que éste afirma no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato.

Además figura también "resolver con fecha XXX de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes con fecha XXX sobre la vivienda siga en XXX", y aparte de incluir también lo de no reclamar indemnización por incumplimiento de plazo de contrato, se indica explícitamente que la totalidad de la fianza (XXX €) será entregada por el arrendador al arrendatario durante el mes de diciembre.

Y en la firma final aparece "estando conformes las dos partes con el contenido del documento" y las firmas del arrendatario y arrendador.

Ahora me ha devuelto sólo un mes de los dos de la fianza alegando que he incumplido el contrato al no finalizar el periodo del contrato.

Si en la entrega de llaves él firmó no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato, ¿tiene derecho ahora a devolverme sólo un mes de la fianza?

Muchas gracias.
16/01/2015 14:37
Nadie?

Gracias.
16/01/2015 18:54
Bajo mi punto de vista, el documento suscrito entre ustedes resulta bastante claro, por lo que el propietario quedó obligado al devolver la totalidad de la fianza.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
16/01/2015 19:01
La fianza responde del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y se suele devolver a la entrega de llaves por el arrendatario.

De lo expuesto es claro que le tienen que devolver la totalidad de la fianza

Le adjunto mi email por si quiere concertar una entrevista en mi despacho
¿¿Puede el casero hacer esto?? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿¿Puede el casero hacer esto??

3 Comentarios
 
¿¿puede el casero hacer esto??
16/01/2015 09:21
El pasado 1 de noviembre 2014 dejé por voluntad propia mi piso de alquiler, sobre el cual había entregado dos meses de fianza.
El contrato era por cuatro años por lo que me quedaban dos años más por cumplir, y en el contrato aparecía la siguiente cláusula:

- El desistimiento unilateral del arrendatario, antes de finalizar el plazo estipulado como de duración del presente arrendamiento, tendrá la consideración de incumplimiento contractual por parte de aquel, facultando ello al arrendador para hacer uso de los derechos que le confiere el articulo 27 de la ley 29/94 de 24 noviembre.
Las partes pactan expresamente, para el caso de desistimiento unilateral del arrendatario, deba éste indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta.

Cuando llegó el día de la entrega de llaves, yo se las di al arrendador en el piso y firmamos los dos un documento de entrega de llaves y resolver el contrato de mutuo acuerdo, donde figura el siguiente punto:

- La parte arrendataria hace entrega de la posesión y las llaves de la finca arrendada al arrendador por lo que éste afirma no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato.

Además figura también "resolver con fecha XXX de mutuo acuerdo el contrato de arrendamiento suscrito entre ambas partes con fecha XXX sobre la vivienda siga en XXX", y aparte de incluir también lo de no reclamar indemnización por incumplimiento de plazo de contrato, se indica explícitamente que la totalidad de la fianza (XXX €) será entregada por el arrendador al arrendatario durante el mes de diciembre.

Y en la firma final aparece "estando conformes las dos partes con el contenido del documento" y las firmas del arrendatario y arrendador.

Ahora me ha devuelto sólo un mes de los dos de la fianza alegando que he incumplido el contrato al no finalizar el periodo del contrato.

Si en la entrega de llaves él firmó no tener que formular reclamación de indemnización por incumplimiento del plazo de contrato, ¿tiene derecho ahora a devolverme sólo un mes de la fianza?

Muchas gracias.
16/01/2015 14:37
Nadie?

Gracias.
16/01/2015 18:54
Bajo mi punto de vista, el documento suscrito entre ustedes resulta bastante claro, por lo que el propietario quedó obligado al devolver la totalidad de la fianza.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
16/01/2015 19:01
La fianza responde del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y se suele devolver a la entrega de llaves por el arrendatario.

De lo expuesto es claro que le tienen que devolver la totalidad de la fianza

Le adjunto mi email por si quiere concertar una entrevista en mi despacho