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¿puede el juez entrar a valorar partidas en liquidación de régimen matrimonial?

7 Comentarios
 
¿puede el juez entrar a valorar partidas en liquidación de régimen matrimonial?
20/06/2017 09:11
Hola a todos:
Os cuento el caso, en una liquidación de bienes matrimoniales tras el divorcio, una de las partes valora la vivienda el 175.000 € aportando una tasación de una reconocida tasadora de España, la otra parte se opone a la tasación de viva voz sin aportar tasación en ningún momento, y el Juez dice a la vista de la única tasación presentada "que no se lo cree y que la parte que ha presentado la tasación debe bajar dicho precio o lo bajará él y será peor".
Aunque no os lo creais es bien cierto, y hasta yo me quedé obnuvilado al oir tales expresiones, viniendo de quien vienen.
En mi opinión, un Juez no puede entrar a valorar partidas en una liquidación de régimen matrimonial, pero puede aceptarlas o rechazarlas, esto es, que creo que el Juez no puede decir que la vivienda en este caso tasada en 175.000 € vale 50.000 € (porque lo dice él), pero puede decir que no acepta dicha partida y excluirla de la liquidación.
¿Esto que yo interpreto es así o estoy equivocado? ¿Alguien que conozca bien este tema me podría informar?.
Gracias muchas. y quedo a la espera de una respuesta.
20/06/2017 15:48
Yasenev
Si resulta increíble esa valoración para el juez es normal que no la acepte, e indique que o se baja o "hará él la valoración", entendiendo por esto que la ordenará al perito judicial (no que él dirá cuánto vale, según su criterio) y será peor para los que se separan, porque les tocará pagarlo a ellos, .
20/06/2017 22:20
paquito xocolatero
Gracias Paquito Xocolatero.
La tasación no la ha hecho cualquiera, por lo que la tasación es bastante correcta. El juez no puede valorar si la tasación es correcta o no. La parte contraria que tampoco está de acuerdo (porque es la que tiene que pagar), tampoco aporta una tasación suya. SI la tasación la solicita el Juez, debería pagarla él, que es quien la solicita. Yo creo que solo cuando las partes no se ponen de acuerdo y ambas aportan una tasación que difiere, es cuando se puede solicitar una tasación al Juez vía perito judicial. ¿A alguien le ha ocurrido un caso parecido? ¿Podría compartir aquí su experiencia?
21/06/2017 11:41
Yasenev
Si hay acuerdo sobre la valoración el juez en principio la aceptará, a no ser que sea completamente desproporcionada. Si no la hay, se nombrará un contador-partidor, es así como funciona. Tu tasación por muy legítima que sea, y por muy avalada que esté por cualquier empresa reconocida, no es más que la valoración de una parte. O hay acuerdo o el juez nombrará a un tasador independiente, el que propones tú es solo el que propones tú, vale igual que si fuera una tasación tuya.
21/06/2017 22:51
Yasenev
El acuerdo entre las partes está claramente imposible. Una parte quiere cobrar lo que se le debe y la otra no quiere pagar ni un céntimo. Eso a pesar de que la parte que no quiere pagar sabe que la otra parte tiene que cobrar algo, lo que sea, pro algo, o sea, que debe cobrar, pues hay una liquidación de régimen matrimonial y hay unos bienes que liquidar.
Ahora bien, si la parte contraria no aporta su tasación, a lo cual, se le ha invitado, tanto por la parte acreedora como por el juez, y la parte contraria no mueve ficha, pues solo tiene el "NO" en la boca, y finalmente el Juez quiere una tasación de contraste y ordena pedirla a un tasador, pues que lo haga. Pero lo que no entiendo en este caso es porqué el tasador perito que pide el juez lo han de pagar las partes a medias, pues una de las partes ha cumplido los requisitos y es la contraria la que no se aviene a razones.
Otro aspecto a resaltar es que no nos importa que el Juez solicite una tasación aparte, no puede ir muy desencaminada de la tasación de la parte acreedora.
¿porqué la parte acreedora debería pagar la mitad de los gastos causados por la falta de prueba en contrario de la parte que no quiere pagar nada y que no coopera a esclarecer la tasación?
22/06/2017 09:56
Yasenev
Según he estado leyendo, en el caso que expongo es procedente lo siguiente:
Si se suscita controversia sobre el importe de cualquiera de las partidas, se citará a los interesados a una vista que se sustanciará conforme a lo previsto para el juicio verbal (artículos 437 a 447 de la LEC) y que puede ser recurrida en apelación. Teniendo en cuenta en este supuesto que el cónyuge que manifiesta oposición tiene la carga de probar los extremos en los que base sus alegaciones.
O sea, que es la parte que NO quiere pagar, la que debe buscar una tasación de contraste y aportarla al Juez. Y la LEC no dice que el Juez tenga potestad de valorar nada.
Cuando hay controversia entre las dos partes y las dos partes aportan tasaciones y no llegan a un acuerdo es cuando pueden solicitar un perito externo que realice la valoración.
22/06/2017 10:00
Yasenev
La otra parte debería aportar una estimación de cuánto considera que vale, sí. No es normal que no lo haga y no entiendo qué gana, al final tendrá que hacerla en el juicio verbal. ¿No tiene abogado? Porque no tiene mucho sentido.
Si la tasación del contador-partidor es similar a la aportada por una parte supongo que se podría solicitar al juez que cargara el coste a la otra parte por mala fe suya.
Lo que dices es correcto siempre que tu tasación sea razonable. El juez no va a hacer su tasación, tomado literalmente, pero podría considerarla exagerada y derivar a un contador-partidor.
22/06/2017 10:12
paquito xocolatero
Sí, claro que la parte que se opone (sin aportar documental) tiene su abogado y su procurador. Y lo cierto es que lo que está ocuriendo en este caso no tiene mucho sentido. Yo al menos tampoco se lo encuentro. Yo también opino que si el Juez impone la tasación por perito aparte, pues que debe cargar el coste a la parte que se opone sin aportar tasación. Solo en el caso de demostrarse que la tasación aportada por el demandante es manifiestamente incorrecta o defectuosa, se le podría cargar con la mitad de dicha tasación pericial. pero en eso estoy tranquilo, por lo que digo, que la tasación es bastante adecuada en valoración y en la forma de valoración.
Lo que no se, es porqué, desde que el juez dijo aquella famosa frase: "que él haría la valoración si las partes no llegaban a un acuerdo y sería peor", suspendió el proceso por dos meses para que las partes llegasen a un acuerdo (y ya lleva casi un año suspendido) y porqué, si sabe sobradamente que no se ha llegado a tal acuerdo, mantiene la suspensión y no nos lleva al juicio ordinario directamente.
De veras que no entiendo lo que está ocurriendo con esta liquidación de bienes en este juzgado.