Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Pueden denunciarme mis padres porque no les llevo a sus nietos?

14 Comentarios
 
¿pueden denunciarme mis padres porque no les llevo a sus nietos?
18/11/2004 16:21
Queria saber si por no llevar a mis padres los nietos, ellos me pueden denunciar, se han puesto en manos de abogados para denunciarme, y todo por que tuvimos una fuerte pelea y yo no quiero ir a su casa, pero ellos tampoco quieren venir a la mia.
¿pueden hacerme algo?¿tienen algun derecho sobre los nietos?.
Su abogado me acosa llamandome mucho al movil , para que se los lleve.
que puedo hacer?
18/11/2004 18:17
Segun la Ley 42/2003, de 21 de noviembre, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos, tus padres podran solicitar judicialemtne que se establezca a su favor un regimen de visitas ya que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados"


19/11/2004 08:18
Tú lo has dicho, sin justa causa.
Inculcar valores en contra de los que poseen los padres puede ser una causa...ironías de la vida pero cierto.
a ver si encuentro la sentencia donde leí esto. Pero a efectos prácticos, ningún juez suele obligar a unos padres a llevar a sus hijos a los abuelos.
Si los padres consideran que esta relación no es aconsejable para los niños...pueden ganar los padres.
Si el abogado te sigue acosando con llamadas, lo mejor es que aclares que estás dispuesta a dejar ver a tus hijos por sus abuelos en un lugar público y ante tu presencia (nunca dejarlos solos con ellos).
A ver si así llegáis a un acuerdo.
si esto no funciona...entonces búscate un abogado que acose al de tus padres y de paso que denuncie en el colegio de abogados al otro porque esa práctica no es ética. Sólo debe llamarte para informate de si hay acuerdos o cambios en la actitud de ambas partes.
Saludos
19/11/2004 08:42
Hola Popes, creo que la ley a la que alude Mara Eugenia se creó precisamente para resolver estos casos, para preservar el derecho de los abuelos ( salvo causas graves que perjudiquen el interés del menor) a no perder el contacto con sus nietos en el caso de que la parte custodia obstruya o no lo permita.
Creo que llegando hasta el final de las consecuencias los abuelos y al amparo de esta ley muy reciente, no le queda más remedio a la señora de arriba que permitir el acceso a un régimen de visitas a los abuelos.

Saludos cordiales.
19/11/2004 08:50
Si yo no digo lo contrario, sólo digo que sé con certeza que hay sentencia firma por un caso similar, en el que los padres alegaron que los abuelos inculcaban valores en contra de su ética así como que los predisponían en su contra (es decir, hablaban mal de los padres a sus nietos) y el juez les dio la razón a los padres.
sorprendente pero cierto.
el problema es que no recuerdo en qué juzgado fue para buscar la sentencia.
Así que como conclusión, en cuestión de justicia todo es posible...
19/11/2004 10:34
Pienso que es sumamente dificil probar que los abuelos inculcan valores en contra de la etica (es sumamente subjetivo), aunque evidentemente no imposible y más al amparo de la nueva ley. Ciertamente lo mejor es llegar a un acuerdo, existen tambien los PEF (Puntos de Encuentro FAmiliar) donde pueden realizarse las visitas, tuteladas por los profesionales ( que informarán al juzgado si son perjudiciales para el menor) que en cualquier caso serán bastante limitadas en el tiempo.
Búscar a un abogado que acose al de tus padres...... no lo veo practico
Que tu abogado denuncie en el colegio de abogados al otro porque esa práctica no es ética....... Uyyyyyyyyyy, lo veo un poco complicado y costoso economicamente .
Mª Eugenia
Abogado
19/11/2004 10:50
Lo de "acosar" me refiero a que sean los abogados quienes tramiten todo y que se si ha de hablar algo sea entre ellos y que no tengan que ponerse en contacto con la familia. Porque no me parece muy normal que un abogado esté llamando a la parte contraria para convencerle de nada...tendría que hablarse entre abogados. De acuerdo contigo en que lo recomendable es lo de llegar a un acuerdo, porque meterte en un juicio por esto, en mi opinión me parece estúpido y un gasto innecesario. Yo siempre abogo por el dialogo, lo mejor hablarlo, llegar a un acuerdo y que se vean en un sitio público (parque, encuentro familiar, etc) y unos días a la semana. Pero no me parece lógico que un abogado esté llamando a la otra parte de forma continua y menos al móvil personal. No me parece la forma correcta de trabajar para un abogado y eso es denunciable en el colegio de abogados.
Y a título personal da igual lo que diga la ley, lo importante es lo que dicte el juez y eso sí es subjetivo (la prueba la tienen las leyes contra violencia doméstica, ya antes existían medidas represoras que nunca se pusieron en práctica, no sirve de nada sacar nuevas medidas más represoras aún si ningún juez las impone, que es lo que sucede).
El problema de las separaciones no es lo que dice la ley, sino lo que dice el juez. Y ahí te puedes llevar sorpresas...ya te digo, conozco sentencia firme de prohibir a los abuelos contacto con los nietos hasta que estos sean mayores de edad y puedan decidir por su propia voluntad (algo que me parece muy triste para todos).
Saludos
19/11/2004 10:58
Iñaki, esto es simplemente a título de curiosidad:

Existe alguna ley a favor de los niños cuyos abuelos ignoran a sus propios nietos, no les hacen ní caso, no les visitan y sólo se preocupan de los que han tenido sus hijas y no sus hijos? Mi marido y yo hemos visto siempre un trato discriminatorio hacia nuestras hijas por parte de sus padres. De hecho pasan largas temporadas que ni llaman , solamente existen para ellos los hijos de sus hijas. A nosotros nos duele mucho esta actitud. Mis hijas se sienten muy traumatizadas y todo esto no viene a cuenta de nada. Se sienten rechazadas sin que haya ninguna causa que lo justifique, desde que nacieron ha tenido esta actitud discriminatoria con nuestras hijas. Hemos intentado a hablar con ellos, sobre todo con mi suegra y nos ha llegado a decir, que "es normal que se quiere más a los hijos que han tenido sus hijas.....". Esto ha sido muy doloroso para nosotros. Como estoy leyendo que se puede solicitar un régimen de visitas a favor de los abuelos para que éstos vean a sus nietos , pensaba que tal vez , para ser justos , también debería haber una ley en sentido contrario, aunque no creo que se pueda obligar a ningún abuelo a ver a su nieto, si éste no lo desea.. Solamente es a título de curiosidad, no vamos a obligar a nadie en este sentido, como comprenderá...si tienen los abuelos derechos, lo lógico sería que los niños también los tuvieran en este sentido. Gracias por leerme
19/11/2004 11:18
Pues mi opinión personal es que creo que no es bueno obligar a nadie a hacer algo que no quiere. Quizás mejor sería que ellos cambiasen de forma de pensar y de actitud hacia el hecho de ejercer las visitas a tus hijas, que cambiasen la mentalidad. Porque obligarles creo que no es una buena solución, ya que irían forzados, de mala gana y agravaría el problema.
De todos modos ellos son los grandes perdedores, pues pierden ni más ni menos que el cariño, el verlos crecer, los primeros pasos, las primeras palabras de sus propios nietos consanguineos.
Es sólo una opinión personal, lo ideal sería que cambiasen de mentalidad, la fórmula para conseguirlo no creo que sea fácil.
SALUDOS
19/11/2004 19:51
Como acertadamente expone María Eugenia la Ley 42/2003, de 21 de noviembre reforma el Código Civil en su artículo 160, cuyos párrafos segundo y tercero pasan a tener el siguiente tenor literal:

"No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados."
"En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores."

Visto el anterior articulado, y el sentido y alcance de la reforma legal, es indudable que unas disputas familiares (en este caso las existentes entre el padre de los menores y los propios abuelos paternos) no pueden enturbiar unas sanas relaciones de éstos últimos con sus respectivos nietos, y a la inversa.

Dicho de otra forma, las rencillas familiares no pueden conllevar para los abuelos el castigo que supone no poder ver y contactar con sus nietos, ni éstos, obviamente, pueden verse privados de dicha comunicación.

En caso de falta de acuerdo, SERÁ EL JUEZ el que a petición de las personas que cita el precepto y, atendidas las circunstancias del caso (oídos, claro está, previamente los padres, el Ministerio Fiscal y en su caso a los menores de edad), establezca la manera y forma en que se debe llevar a efecto dicha comunicación, respetando siempre no desnaturalizar las funciones inherentes a la patria potestad que ostentan los progenitores y, siempre y cuando, no se le demuestre al juzgador que dicho contacto nietos-abuelos es perjudicial al interés de los primeros, entendiendo dicha excepción desde un prisma meramente objetivo en el que deben quedar fuera las meras impresiones o rencillas personales.

Dicho derecho a la comunicación debe ser instado por los abuelos, que creen vulnerado su derecho de comunicación con sus nietos, y dicha relación, a pesar de la vaguedad con la que se pronuncia el precepto legal puede dar lugar no solo a visitas esporádicas de corta duración sino también a períodos más o menos extensos que impliquen pernocta (en tal sentido STS 28/06/2004).

Con respecto a la actuación del letrado que defiende los intereses de los abuelos entiendo que la misma se debe limitar al simple contacto, telefónico o por carta, y en orden a exponer el problema e intentar darle una solución consensuada y adecuada. En caso de no conseguir la misma, dicho letrado deberá acudir en defensa de los intereses de los clientes al juzgado y articular el proceso judicial establecido al efecto. En caso de elección de dirección jurídica por parte de los progenitores, el letrado de los abuelos tiene que abstenerse de todo contacto directo con los progenitores conforme a normas deontológicas que regulan nuestra profesión.

El procedimiento judicial adecuado entiendo que debería ser el propio de la jurisdicción voluntaria(art. 158 in fine CC), aunque no descarto la aplicabilidad del precepto legal (art. 160 CC) a través de la jurisdicción contenciosa, demándandose a los padres y por medio del procedimiento ordinario. (esta cuestión es controvertida y polémica)

Un saludo
05/11/2021 00:29
Hola! Pues yo tengo una curiosidad tb con respecto a este tema.
Con la abuela paterna de mi hijo no tenemos mucha relación, nos vemos bastante poco, quitando que ella es especial y tiene un carácter complicado, el distanciamiento viene dado porque directamente pasa de nosotros y de nuestro hijo. No nos llama para ver cómo estamos (tampoco para preguntar por el niño), no viene a vernos a nuestra casa nunca, no propone planes para a hacer juntos, ni en su ciudad ni en la nuestra , no va al parque ni a pasear con nosotros y con el niño ... vamos nada, que ni manda un whatssp a la semana preguntando cómo nos va la vida. En realidad siempre ha sido así, desde que la conozco ha ido a su bola en el día a día, eso si, para las reuniones “obligadas” hay que estar como ella quiere y cuando ella quiere. Sin niño pues era más fácil porque pasábamos y punto, yo sobretodo, pero con el niño duele más porque el pasotismo y la falta de interés es tremenda. Esto hace que ni nos apetezca ir porque se limita a esperar en su casa a que vayamos y si pasa demasiado tiempo (el que ella considera demasiado, claro) recurre al chantaje emocional y victimismo.
No tiene ningún problema económico ni físico para desplazarse, de echo a otros sitios y con otra gente (cuando le conviene si se mueve y va), incluso cogiendo transportes públicos y desplazándose a otras ciudades y también se va de vacaciones.
No creo que se le ocurra pedirnos o exigirnos legalmente y mucho menos denunciarnos, no tendría mucho sentido, pero como nunca se sabe, no está de más saber que posibilidades tendría de conseguir algo. Añadir que aunque físicamente se vale por sí misma y no tiene problemas ni para vivir sola ni para moverse, no puede estar a cargo de un niño pequeño debido a una lesión en un brazo,( dificultad para cogerlo, vestirlo y demás puesto q no tiene fuerza).
05/11/2021 09:48
Los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos. Si os demandara, el juez pondría un horario. Pero vamos por lo que comentas no creo que lo haga.
04/04/2022 08:38
Mi hijo y su pareja no me dejan ver a mi nieto, mi hijo en especial lo crié sola, le di mi vivienda 2 coches, mucho dinero, desde que supe que iba a tener un nieto mi vida se centró en el bienestar de mi nuera y en preparar todo para recibir a la vida de mi vida. Mi hijo me falta al respeto, me maltrata psicológica y emocionalmente, desprecia a su hermana y hace dos semanas no puedo ver a mi nieto, a sabiendas de que eso puede matarme. Mi nieto es la luz de mi vida y lo utilizan para hacerme daño.
Por favor, no quiero perjudicar a nadie pero.... que puedo hacer?
Necesito ayuda urgente, estoy destrozada. Gracias
04/04/2022 08:46
rm
No tienes derecho a no dejar a tus padres ver a tus hijos y si tienen que llegar a ejercer sus derechos, eso dice mucho de la clase de hijo que eres. Tu mismo te defines.
04/04/2022 12:45
esclava6
Hola esclava6,

Puede poner una demanda para solicitar un régimen de visitas. Necesitará abogado y procurador.

Le deseo mucha suerte.
¿Pueden denunciarme mis padres porque no les llevo a sus nietos? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Pueden denunciarme mis padres porque no les llevo a sus nietos?

14 Comentarios
 
¿pueden denunciarme mis padres porque no les llevo a sus nietos?
18/11/2004 16:21
Queria saber si por no llevar a mis padres los nietos, ellos me pueden denunciar, se han puesto en manos de abogados para denunciarme, y todo por que tuvimos una fuerte pelea y yo no quiero ir a su casa, pero ellos tampoco quieren venir a la mia.
¿pueden hacerme algo?¿tienen algun derecho sobre los nietos?.
Su abogado me acosa llamandome mucho al movil , para que se los lleve.
que puedo hacer?
18/11/2004 18:17
Segun la Ley 42/2003, de 21 de noviembre, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos, tus padres podran solicitar judicialemtne que se establezca a su favor un regimen de visitas ya que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados"


19/11/2004 08:18
Tú lo has dicho, sin justa causa.
Inculcar valores en contra de los que poseen los padres puede ser una causa...ironías de la vida pero cierto.
a ver si encuentro la sentencia donde leí esto. Pero a efectos prácticos, ningún juez suele obligar a unos padres a llevar a sus hijos a los abuelos.
Si los padres consideran que esta relación no es aconsejable para los niños...pueden ganar los padres.
Si el abogado te sigue acosando con llamadas, lo mejor es que aclares que estás dispuesta a dejar ver a tus hijos por sus abuelos en un lugar público y ante tu presencia (nunca dejarlos solos con ellos).
A ver si así llegáis a un acuerdo.
si esto no funciona...entonces búscate un abogado que acose al de tus padres y de paso que denuncie en el colegio de abogados al otro porque esa práctica no es ética. Sólo debe llamarte para informate de si hay acuerdos o cambios en la actitud de ambas partes.
Saludos
19/11/2004 08:42
Hola Popes, creo que la ley a la que alude Mara Eugenia se creó precisamente para resolver estos casos, para preservar el derecho de los abuelos ( salvo causas graves que perjudiquen el interés del menor) a no perder el contacto con sus nietos en el caso de que la parte custodia obstruya o no lo permita.
Creo que llegando hasta el final de las consecuencias los abuelos y al amparo de esta ley muy reciente, no le queda más remedio a la señora de arriba que permitir el acceso a un régimen de visitas a los abuelos.

Saludos cordiales.
19/11/2004 08:50
Si yo no digo lo contrario, sólo digo que sé con certeza que hay sentencia firma por un caso similar, en el que los padres alegaron que los abuelos inculcaban valores en contra de su ética así como que los predisponían en su contra (es decir, hablaban mal de los padres a sus nietos) y el juez les dio la razón a los padres.
sorprendente pero cierto.
el problema es que no recuerdo en qué juzgado fue para buscar la sentencia.
Así que como conclusión, en cuestión de justicia todo es posible...
19/11/2004 10:34
Pienso que es sumamente dificil probar que los abuelos inculcan valores en contra de la etica (es sumamente subjetivo), aunque evidentemente no imposible y más al amparo de la nueva ley. Ciertamente lo mejor es llegar a un acuerdo, existen tambien los PEF (Puntos de Encuentro FAmiliar) donde pueden realizarse las visitas, tuteladas por los profesionales ( que informarán al juzgado si son perjudiciales para el menor) que en cualquier caso serán bastante limitadas en el tiempo.
Búscar a un abogado que acose al de tus padres...... no lo veo practico
Que tu abogado denuncie en el colegio de abogados al otro porque esa práctica no es ética....... Uyyyyyyyyyy, lo veo un poco complicado y costoso economicamente .
Mª Eugenia
Abogado
19/11/2004 10:50
Lo de "acosar" me refiero a que sean los abogados quienes tramiten todo y que se si ha de hablar algo sea entre ellos y que no tengan que ponerse en contacto con la familia. Porque no me parece muy normal que un abogado esté llamando a la parte contraria para convencerle de nada...tendría que hablarse entre abogados. De acuerdo contigo en que lo recomendable es lo de llegar a un acuerdo, porque meterte en un juicio por esto, en mi opinión me parece estúpido y un gasto innecesario. Yo siempre abogo por el dialogo, lo mejor hablarlo, llegar a un acuerdo y que se vean en un sitio público (parque, encuentro familiar, etc) y unos días a la semana. Pero no me parece lógico que un abogado esté llamando a la otra parte de forma continua y menos al móvil personal. No me parece la forma correcta de trabajar para un abogado y eso es denunciable en el colegio de abogados.
Y a título personal da igual lo que diga la ley, lo importante es lo que dicte el juez y eso sí es subjetivo (la prueba la tienen las leyes contra violencia doméstica, ya antes existían medidas represoras que nunca se pusieron en práctica, no sirve de nada sacar nuevas medidas más represoras aún si ningún juez las impone, que es lo que sucede).
El problema de las separaciones no es lo que dice la ley, sino lo que dice el juez. Y ahí te puedes llevar sorpresas...ya te digo, conozco sentencia firme de prohibir a los abuelos contacto con los nietos hasta que estos sean mayores de edad y puedan decidir por su propia voluntad (algo que me parece muy triste para todos).
Saludos
19/11/2004 10:58
Iñaki, esto es simplemente a título de curiosidad:

Existe alguna ley a favor de los niños cuyos abuelos ignoran a sus propios nietos, no les hacen ní caso, no les visitan y sólo se preocupan de los que han tenido sus hijas y no sus hijos? Mi marido y yo hemos visto siempre un trato discriminatorio hacia nuestras hijas por parte de sus padres. De hecho pasan largas temporadas que ni llaman , solamente existen para ellos los hijos de sus hijas. A nosotros nos duele mucho esta actitud. Mis hijas se sienten muy traumatizadas y todo esto no viene a cuenta de nada. Se sienten rechazadas sin que haya ninguna causa que lo justifique, desde que nacieron ha tenido esta actitud discriminatoria con nuestras hijas. Hemos intentado a hablar con ellos, sobre todo con mi suegra y nos ha llegado a decir, que "es normal que se quiere más a los hijos que han tenido sus hijas.....". Esto ha sido muy doloroso para nosotros. Como estoy leyendo que se puede solicitar un régimen de visitas a favor de los abuelos para que éstos vean a sus nietos , pensaba que tal vez , para ser justos , también debería haber una ley en sentido contrario, aunque no creo que se pueda obligar a ningún abuelo a ver a su nieto, si éste no lo desea.. Solamente es a título de curiosidad, no vamos a obligar a nadie en este sentido, como comprenderá...si tienen los abuelos derechos, lo lógico sería que los niños también los tuvieran en este sentido. Gracias por leerme
19/11/2004 11:18
Pues mi opinión personal es que creo que no es bueno obligar a nadie a hacer algo que no quiere. Quizás mejor sería que ellos cambiasen de forma de pensar y de actitud hacia el hecho de ejercer las visitas a tus hijas, que cambiasen la mentalidad. Porque obligarles creo que no es una buena solución, ya que irían forzados, de mala gana y agravaría el problema.
De todos modos ellos son los grandes perdedores, pues pierden ni más ni menos que el cariño, el verlos crecer, los primeros pasos, las primeras palabras de sus propios nietos consanguineos.
Es sólo una opinión personal, lo ideal sería que cambiasen de mentalidad, la fórmula para conseguirlo no creo que sea fácil.
SALUDOS
19/11/2004 19:51
Como acertadamente expone María Eugenia la Ley 42/2003, de 21 de noviembre reforma el Código Civil en su artículo 160, cuyos párrafos segundo y tercero pasan a tener el siguiente tenor literal:

"No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados."
"En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias. Especialmente deberá asegurar que las medidas que se puedan fijar para favorecer las relaciones entre abuelos y nietos, no faculten la infracción de las resoluciones judiciales que restrinjan o suspendan las relaciones de los menores con alguno de sus progenitores."

Visto el anterior articulado, y el sentido y alcance de la reforma legal, es indudable que unas disputas familiares (en este caso las existentes entre el padre de los menores y los propios abuelos paternos) no pueden enturbiar unas sanas relaciones de éstos últimos con sus respectivos nietos, y a la inversa.

Dicho de otra forma, las rencillas familiares no pueden conllevar para los abuelos el castigo que supone no poder ver y contactar con sus nietos, ni éstos, obviamente, pueden verse privados de dicha comunicación.

En caso de falta de acuerdo, SERÁ EL JUEZ el que a petición de las personas que cita el precepto y, atendidas las circunstancias del caso (oídos, claro está, previamente los padres, el Ministerio Fiscal y en su caso a los menores de edad), establezca la manera y forma en que se debe llevar a efecto dicha comunicación, respetando siempre no desnaturalizar las funciones inherentes a la patria potestad que ostentan los progenitores y, siempre y cuando, no se le demuestre al juzgador que dicho contacto nietos-abuelos es perjudicial al interés de los primeros, entendiendo dicha excepción desde un prisma meramente objetivo en el que deben quedar fuera las meras impresiones o rencillas personales.

Dicho derecho a la comunicación debe ser instado por los abuelos, que creen vulnerado su derecho de comunicación con sus nietos, y dicha relación, a pesar de la vaguedad con la que se pronuncia el precepto legal puede dar lugar no solo a visitas esporádicas de corta duración sino también a períodos más o menos extensos que impliquen pernocta (en tal sentido STS 28/06/2004).

Con respecto a la actuación del letrado que defiende los intereses de los abuelos entiendo que la misma se debe limitar al simple contacto, telefónico o por carta, y en orden a exponer el problema e intentar darle una solución consensuada y adecuada. En caso de no conseguir la misma, dicho letrado deberá acudir en defensa de los intereses de los clientes al juzgado y articular el proceso judicial establecido al efecto. En caso de elección de dirección jurídica por parte de los progenitores, el letrado de los abuelos tiene que abstenerse de todo contacto directo con los progenitores conforme a normas deontológicas que regulan nuestra profesión.

El procedimiento judicial adecuado entiendo que debería ser el propio de la jurisdicción voluntaria(art. 158 in fine CC), aunque no descarto la aplicabilidad del precepto legal (art. 160 CC) a través de la jurisdicción contenciosa, demándandose a los padres y por medio del procedimiento ordinario. (esta cuestión es controvertida y polémica)

Un saludo
05/11/2021 00:29
Hola! Pues yo tengo una curiosidad tb con respecto a este tema.
Con la abuela paterna de mi hijo no tenemos mucha relación, nos vemos bastante poco, quitando que ella es especial y tiene un carácter complicado, el distanciamiento viene dado porque directamente pasa de nosotros y de nuestro hijo. No nos llama para ver cómo estamos (tampoco para preguntar por el niño), no viene a vernos a nuestra casa nunca, no propone planes para a hacer juntos, ni en su ciudad ni en la nuestra , no va al parque ni a pasear con nosotros y con el niño ... vamos nada, que ni manda un whatssp a la semana preguntando cómo nos va la vida. En realidad siempre ha sido así, desde que la conozco ha ido a su bola en el día a día, eso si, para las reuniones “obligadas” hay que estar como ella quiere y cuando ella quiere. Sin niño pues era más fácil porque pasábamos y punto, yo sobretodo, pero con el niño duele más porque el pasotismo y la falta de interés es tremenda. Esto hace que ni nos apetezca ir porque se limita a esperar en su casa a que vayamos y si pasa demasiado tiempo (el que ella considera demasiado, claro) recurre al chantaje emocional y victimismo.
No tiene ningún problema económico ni físico para desplazarse, de echo a otros sitios y con otra gente (cuando le conviene si se mueve y va), incluso cogiendo transportes públicos y desplazándose a otras ciudades y también se va de vacaciones.
No creo que se le ocurra pedirnos o exigirnos legalmente y mucho menos denunciarnos, no tendría mucho sentido, pero como nunca se sabe, no está de más saber que posibilidades tendría de conseguir algo. Añadir que aunque físicamente se vale por sí misma y no tiene problemas ni para vivir sola ni para moverse, no puede estar a cargo de un niño pequeño debido a una lesión en un brazo,( dificultad para cogerlo, vestirlo y demás puesto q no tiene fuerza).
05/11/2021 09:48
Los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos. Si os demandara, el juez pondría un horario. Pero vamos por lo que comentas no creo que lo haga.
04/04/2022 08:38
Mi hijo y su pareja no me dejan ver a mi nieto, mi hijo en especial lo crié sola, le di mi vivienda 2 coches, mucho dinero, desde que supe que iba a tener un nieto mi vida se centró en el bienestar de mi nuera y en preparar todo para recibir a la vida de mi vida. Mi hijo me falta al respeto, me maltrata psicológica y emocionalmente, desprecia a su hermana y hace dos semanas no puedo ver a mi nieto, a sabiendas de que eso puede matarme. Mi nieto es la luz de mi vida y lo utilizan para hacerme daño.
Por favor, no quiero perjudicar a nadie pero.... que puedo hacer?
Necesito ayuda urgente, estoy destrozada. Gracias
04/04/2022 08:46
rm
No tienes derecho a no dejar a tus padres ver a tus hijos y si tienen que llegar a ejercer sus derechos, eso dice mucho de la clase de hijo que eres. Tu mismo te defines.
04/04/2022 12:45
esclava6
Hola esclava6,

Puede poner una demanda para solicitar un régimen de visitas. Necesitará abogado y procurador.

Le deseo mucha suerte.