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¿Puedo abonar la pensión por alimentos directamente a mi hija mayor de edad sin pasar de nuevo por el juzgado?

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      • Tema: ¿puedo abonar la pensión por alimentos directamente a mi hija mayor de edad sin pasar de nuevo por el juzgado?
1 Comentarios
 
¿puedo abonar la pensión por alimentos directamente a mi hija mayor de edad sin pasar de nuevo por el juzgado?
26/08/2012 13:16
Hola a todos

Agradezco de antemano cualquier asesoramiento o respuesta que puedan ofrecerme.

Estoy divorciada y paso la pensión a mi ex por nuestra hija que ya es mayor de edad, a punto de cumplir 19 años. Estudia en la universidad en otra provincia de la comunidad. El año pasado además de pagar religiosamente la pensión a mi ex, yo la vestía sin pedirle a mi ex pago a medias y además sufragaba sus gastos de ocio, todo ello además de la pensión. Lo hacía voluntariamente, y lo seguiré haciendo con gusto porque considero que un hijo no debe sufrir las estrecheces económicas de un divorcio si yo, la madre en este caso ( y no padre como suele ser lo habitual) puede aportar un poco más, aunque ello me suponga hacer malabarismos con mi sueldo.

Repito que lo hago con gusto pero me pregunto si sería posible pagarle a ella directamente EN SU CUENTA la pensión ya que vive el año universitario, desde 10 de septiembre al 15 de julio en su piso compartido y dudo que su padre le de a ella todo el dinero de la pensión que yo le paso. De esa forma, me aseguraría que es ELLA quien dispone de ese dinero al 100%.

Aparte de gastos para ocio, vestido y la pensión (210 euros) yo también pago al 50% matrícula de la universidad, alquiler del piso compartido así como gastos del mismo (luz, gas, agua, comunidad)

Y en el caso que la respuesta fuese que sí puedo pasarle a ella directamente la pensión, ¿ es necesario volver a iniciar trámites legales o simplemente bastaría con que mi hija y yo, estuviésemos conformes?

¿Qué ocurriría si mi ex se opone?

Agradezco sobremanera cualquier ayuda sobre el tema.

Muchas gracias



26/08/2012 22:48
No, salvo que modifiquen las medidas en ese sentido, debe ingresarlo al custodio que es quien lo administra.
Un saludo.