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¿Puedo después de 5 años desde las renovación del NIE de estudiante, solicitar la residencia?

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      • Tema: ¿puedo después de 5 años desde las renovación del nie de estudiante, solicitar la residencia?
1 Comentarios
 
¿puedo después de 5 años desde las renovación del nie de estudiante, solicitar la residencia?
12/03/2017 13:37
Hola,Tengo una enorme pregunta que espero puedan responder. Yo he venido a España de EEUU con un programa de educación como auxiliar de conversación de Ingles "trabajando" o a modo de practicas mejor dicho recibiendo una beca mensual por 9 meses. He podido renovar en algunas ocasiones la beca, he estudiado un Master también con beca y he estado en varios programas por un total de mas de 5 años. Me han concedido la renovación del NIE cada vez que la he solicitado por medio de los programas para el tiempo que dura mi participación en el programa.
Mi pregunta es: existe alguna manera que después de todo este tiempo exista la posibilidad de solicitar la residencia y con ello un permiso de trabajo?
Me encanta este pais y me gustaría quedarme a vivir aquí legalmente sin tener que depender mas de estos programas y trabajar en otras cosas.
Gracias y espero su respuesta. Espero que me puedan ayudar.
Chat Conversation End
13/03/2017 21:30
Aux333
Hola:

Si ha permanecido en España durante, al menos, tres años en situación de estancia por estudios puede MODIFICAR su situación a residencia y trabajo por: cuenta ajena,cuenta propia, excepción a la autorización de trabajo, profesional altamente cualificado (tarjeta azul-UE). Para ello, deben cumplirse los siguientes requisitos:

1.- Haber permanecido de manera continuada en España durante, al menos, tres años,en situación de ESTANCIA POR ESTUDIOS.

2.- Haber realizado los estudios (o trabajo de investigación o prácticas profesionales, con aprovechamiento).

3.- Carecer de antecedentes penales en España y en el país de procedencia.

4.- No haber sido becado ni subvencionado dentro de programas de cooperación al desarrollo del país de origen o españoles.

NOTA.- Si ha recibido una beca, pero no dentro de programas de cooperación al desarrollo del país de origen o españoles, sí cumple con el requisito.

5.- Debe contar con un contrato de trabajo a tiempo completo, que deberá ajustarse a las exigencias de la legislación laboral vigente.

6.- El empleador, como sujeto legitimado, debe presentar la solicitud junto con el contrato de trabajo (para los casos de residencia y trabajo por cuenta ajena, profesional altamente cualificado o excepción a la autorización de trabajo). En el caso de que se solicite la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia, se debe cumplir además, los requisitos exigidos para solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

La autorización que se conceda tendrá la consideración de AUTORIZACIÓN INICIAL, válida por UN AÑO, que se podrá renovar siempre que se acredite que se mantienen las condiciones que motivaron su concesión.

El plazo para resolver es de tres meses.

Un cordial saludo.
¿Puedo después de 5 años desde las renovación del NIE de estudiante, solicitar la residencia? | PorticoLegal
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Hola,Tengo una enorme pregunta que espero puedan responder. Yo he venido a España de EEUU con un programa de educación como auxiliar de conversación de Ingles "trabajando" o a modo de practicas mejor dicho recibiendo una beca mensual por 9 meses. He podido renovar en algunas ocasiones la beca, he estudiado un Master también con beca y he estado en varios programas por un total de mas de 5 años. Me han concedido la renovación del NIE cada vez que la he solicitado por medio de los programas para el tiempo que dura mi participación en el programa.
Mi pregunta es: existe alguna manera que después de todo este tiempo exista la posibilidad de solicitar la residencia y con ello un permiso de trabajo?
Me encanta este pais y me gustaría quedarme a vivir aquí legalmente sin tener que depender mas de estos programas y trabajar en otras cosas.
Gracias y espero su respuesta. Espero que me puedan ayudar.
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Aux333
Hola:

Si ha permanecido en España durante, al menos, tres años en situación de estancia por estudios puede MODIFICAR su situación a residencia y trabajo por: cuenta ajena,cuenta propia, excepción a la autorización de trabajo, profesional altamente cualificado (tarjeta azul-UE). Para ello, deben cumplirse los siguientes requisitos:

1.- Haber permanecido de manera continuada en España durante, al menos, tres años,en situación de ESTANCIA POR ESTUDIOS.

2.- Haber realizado los estudios (o trabajo de investigación o prácticas profesionales, con aprovechamiento).

3.- Carecer de antecedentes penales en España y en el país de procedencia.

4.- No haber sido becado ni subvencionado dentro de programas de cooperación al desarrollo del país de origen o españoles.

NOTA.- Si ha recibido una beca, pero no dentro de programas de cooperación al desarrollo del país de origen o españoles, sí cumple con el requisito.

5.- Debe contar con un contrato de trabajo a tiempo completo, que deberá ajustarse a las exigencias de la legislación laboral vigente.

6.- El empleador, como sujeto legitimado, debe presentar la solicitud junto con el contrato de trabajo (para los casos de residencia y trabajo por cuenta ajena, profesional altamente cualificado o excepción a la autorización de trabajo). En el caso de que se solicite la modificación a residencia y trabajo por cuenta propia, se debe cumplir además, los requisitos exigidos para solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

La autorización que se conceda tendrá la consideración de AUTORIZACIÓN INICIAL, válida por UN AÑO, que se podrá renovar siempre que se acredite que se mantienen las condiciones que motivaron su concesión.

El plazo para resolver es de tres meses.

Un cordial saludo.