Tengo un hijo de tres años y medio. Su padre tardó ocho meses en conocerlo, no lo ha reconocido todavía, lo ha visto sólo en seis ocasiones y sólo dos veces ha ingresado dinero en su cuenta. Yo he hecho todo lo posible para que el niño esté en contacto con su padre, pero- a pesar de lo mucho que dice quererlo- es evidente su falta de interés y de atención.Ahora, de repente, parece haberle entrado la urgencia por reconocerlo, lo que-por supuesto, me parece estupendo, pero el niño lleva hasta ahora mis apellidos y él desea cambiárselos y ponerle el suyo. No me parece justo hacer algo así a estas alturas. La cuestión es : ¿puedo negarme a que lo haga? Les agradecería, de verdad, que me contestaran.
Es el encargado del Registro civil quien inscribe a su hijo con un nombre y unos apellidos determinados en función de su filiación. Si su padre quiere cambiarle los apellidos tendrá que hacerlo por vía judicial, no es cuestión de que sea justo o no sino de que demuestre judicialmente que él es el padre del niño, en ese caso si el juzgado le da la razón, el registro civil tendrá que cambiar los apellidos de su hijo y ponerle el del padre y de la madre. abogadoesp@gmail.com
Gracias por la respuesta. Pero me surge una duda: no podría reconocerlo y mantener mis apellidos? necesariamente tiene que llevar también el del padre?
Sólo en el caso de que la filiación fuera forzosa no estaría obligado el menor a llevar los apellidos del padre. art. 111 c.c. De lo contrario me temo que goldensky está muy acertado.