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puedo tener problemas con hacienda??

11 Comentarios
 
Puedo tener problemas con hacienda??
perfil rui
21/07/2004 00:22
Me han comentado que si vendo mi piso actual antes de que se cumplan 3 años de haberlo comprado tengo que pagar mas impuestos.El piso lo compre con mi novia hace 2 años y medio por catorce millones y lo vendemos ahora por 21,5 millones Creo que si te casas y destinas el dinero obtenido a otra vivienda nueva como es mi caso estas exento de estos cumplimentos. Es asi?? En caso de que no lo sea cuanto tendria que pagar???Un saludo
21/07/2004 12:44
Estimado Rui:

Efectivamente a menos tiempo en tu poder el inmueble citado mas incrementos patrimoniales tendras y por supuesto mas cargas en Renta, pero si lo vendeis y el resultado de la venta te comprometes a reinvertirlo en un plazo no superior a 1 año, dichos incrementos estaran exentos, el tipo aproximado en caso de incrementos patrimoniales rindara el 18 %.

Recibe un saludo.
perfil rui
21/07/2004 13:13
Mira, en la hoja que me han dado en hacienda pone esto exactamente
Referencia: vivienda habitual: cirscunstancias de cambio antes de 3 años
Cuestion: ¿cuales son las cirscunstancias que pueden admitirse como determinantes del cambio de vivienda, a efectos del cumplimento o no del plazo de residencia de los 3 años exigido para que una vivienda tenga el caracter de habitual?

Solucion: Se entiende por vivienda habitual la edificacion en la que el contribuyente resida durante el plazo continuado, de al menos 3 años
No obstante, se entendera que la vivienda tuvo el caracter de habitual cuando a pesar de no haber transcurrido dicho plazo se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras cirscuntancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio tales como la celebracion de matrimonio, separacion matrimonial, traslado laboral, obtencion del primer empleo o cambio del empleo u otras analogas justificadas
Normativa: art. 55.1.3 ley 40/98; art. 51.1 r.d. 214/99.

Por otro lado tambien me han dado esta hoja:

Referencia: vivienda habitual: necesidad de cambio antes de 3 años

Cuestion: ¿que debe entenderse por "cirscunstancias que necesariamente exijan el cambio" a efectos de considerar la vivienda como habitual a pesar de no haber transcurido el plazo de residencia de 3 años?

Solucion: la normativa preve que solo cuando concurran cirscunstancias que necesariamente exijan el cambio, la vivienda podra ser calificada como habitual. Se enumeran algunos de los motivos que exijirian cambio y podrian justificar dicha exijencia por razones de necesidad, si bien, no concluye otros analogos.
De esta forma el cambio debe venir avalado por cirscunstancia concurrentes que lo hagan exigible de manera necesaria, entendiendo por necesidad aquellas cirscuntancias ajenas a la mera voluntad o conveniencia del contribuyente. No obstante la justificacion podra hacerse por cualquier medio admisible en derecho siendo la administracio tributaria quien valore las pruebas.
Normativa art. 51 r.d 214/99; d.g.t 1982-99; 2349-00

21/07/2004 17:11
Antes de la compra de esta vivienda habíais sido propietarios de alguna otra?
En caso de respuesta afirmativa, al venderla os acogiste a algun tipo de beneficio fiscal?
Os dedusiteis algo por la adquisición de esta vivienda? Y por la hipoteca?
perfil rui
21/07/2004 22:09
No, la primera vivienda que tuvimos es la que hemos comprado hace 2 años y medio. Y lo que hemos deducido es lo que nos corresponde por el dinero de las letras mas algun pequeño pago para reducir el tiempo del prestamo de la hipoteca.
Un saludo
22/07/2004 09:44
Si que puedes tener problemas:
Primero deberías devolver todo lo que te dedujiste de la hipoteca de la primera vivienda más los intereses de demora, al no adquirir la condición de vivienda habitual.
Segundo; deberás pagar el 15% de la ganancia de la venta de la vivienda en la declaración del 2004, al no tener la condición de vivienda habitual.
A mi entender, el hecho de que te cases no es circunstancia justificante del cambio de vivienda habitual, ya que ya vivías con tu pareja.

Mi consejo es que te esperes a que pasen los tres años...
perfil rui
22/07/2004 22:18
pero si invierto el dinero en otra vivienda como decia manolo blasco tambien??? Creeis que por un par de meses que falten para los 3 años puedo tener problemas??? La verdad es que me hace falta vender mi vivienda para comprar otra en la cual ya he dado una señal y ahora no me queda otra que comprarla o perder la señal...
perfil rui
22/07/2004 22:52
Bueno, os cuento mi caso para que podais evaluarlo y decirme vuestra opinion:
Hemos dado una señal para un piso algo mejor que el que tenemos y ya no nos podemos echar atras por que la perderiamos. El piso actual nuestro, hace 3 años que lo compramos en enero, pero tenemos que venderle antes del 1 de diciembre por que es hasta ese dia cuando tenemos la opcion por la señal que dimos y nos hace falta el dinero de la venta para poder dar la entrada del nuevo. De todo esto de los 3 años ya nos enteramos despues de dar la señal, por lo cual creo que estamos en un lio. Por otro lado nos casamos en abril y a lo mejor con ese condicionante podriamos tener menos opciones de que nos sancionen. Con esto me gustaria saber que deberia hacer para que hacienda no nos sancione. Gracias y espero vuestras respuestas.
Un saludo
22/07/2004 23:39
¿Y no se puede alegar que tienes problemas con algun vecino o algo asi? ¿No seria motivo justificado para tener que cambiar de domicilio?
23/07/2004 12:06
Lo único que se me ocurre es que vendas antes del 1 de diciembre, y que llegues a un acuerdo con la parte compradora para escriturarlo dos meses despues.
Lo siento no te puedo ayudar más, no se hasta que punto podeis engañar a Hacienda sobre las fecha de compra y de venta... Pero si os pillan, creo que lo teneis crudo.
Todo lo que alegues como justificación para cambiar de domicilio antes de los tres años fijados por la ley deberás probarlo...
23/07/2004 13:14
Solo comentaros que en relación a los tres años, yo no me preocuparia tanto un criterio es el que puede marcar la clase pasiva de turno, pero otro es el que marca los tribunales.
perfil rui
24/07/2004 18:26
Bueno, pues he estado en el banco y me dicen que la solucion que encuentran es hacerme una hipoteca de los 24 millones que me faltan para comprar el piso y pagar la hipoteca del actual mas una "carencia" (le llaman asi a pagar solo los intereses pero sin letra) y asi poder vender este piso en febrero y amortizar la hipoteca del nuevo con lo que saque por el viejo. La hipoteca me la hacen a un interes del 3,25. La duda que tengo es si al dar los 10 millones que saque por el viejo y darlos enteros para el nuevo me perjudicaria mucho al declarar a hacienda...
Gracias y espero vuestras respuestas. Un saludo