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puentes y festivos

12 Comentarios
 
Puentes y festivos
12/09/2012 00:46
Queria pedir informacion sobre los festivos y puentes k corresponden por jurisprudencia en caso de no estar detallados en covenio. Le explico el caso para enterme mejor: en el convenio no pone nada referente a al regimen en puentes y festivos pero de todas formas quiero exigirlos, se que por jurisprudencia corresponden los festivos al progenitor que le corresponda el fin de semana mas cercano. Pero.... Porque festivos se rigue? laborables?, por no lectivos en el calendario escolar?, si el festivo es jueves, tambien corresponderia el viernes aunque no sea festivo? si el festivo es miercoles, como se haria en ese caso?. Quiero exigirlo lo que me corresponda por jurisprudencia y en caso de problemas proceder a la demanda para modificar el convenio porque no esta bien detallado y surgen problemas.
Gracias
12/09/2012 09:12
lmn81,
Primero de todo he de decirle que no soy letrado.
Mas mi marido estuvo en ese caso durante más de tres años. Ni el convenio regulador ni la primera sentencia recogían nada sobre los puentes y festivos. Y no pudo "exigir" nada al respecto.
Cada fin de semana que coincidía con puente y proponía algo a la madre (siempre por escrito) la respuesta era sencillamente NO. Y nada pudo reclamar, pues al no estar reflejado y/o estipulado no se estimaba que la madre incumpliera nada.

Dependerá de su caso, y lo desconozco.
Pero en su lugar, además de proponerlo y esperar a ver si hay o no acuerdo, iría mirando con su abogado la forma y el momento oportuno para modificar el convenio.
No puedo decirle con seguridad, pero me temo que ésa es la única forma de asegurarse poder disfrutar de esos puentes y festivos que con su hija/o le correspondan.

Suerte.
12/09/2012 09:15
Hasta donde yo se, eso de "corresponder por jurisprudencia" no existe. Otra cosa es que haya jurisprudencia favorable a la modificacion del convenio en lo que respecta a puentes y festivos cuando en el mismo no estan regulados, y uno de los progenitores quiere detallar ese tema.
Pero, desde luego, tiene que pasar por una modificacion de medidas, en la que si, es facil que te concedan el disfrute de puentes o festivos unidos a fin de semana, pero te repito, si el convenio de momento no establece nada, por jurisprudencia no te corresponde nada
12/09/2012 10:30
Gracias por vuestro tiempo,
Desde que pido modificacion hasta que me las concedan cuanto tiempo pasa?
De todas formas tengo entendido que lo que crea jurusprudencia te pertenece, es incierto?
12/09/2012 10:52
El 'problema', por llamarlo de alguna forma, radica en que jurisprudencia puede haber tanto a favor como en contra, en teoría de manera motivada.

Por lo tanto, ud. pedirá, si su ex se opone se contestará en contra y ya con la sentencia, la demanda de modif pidiendo y explicando los motivos y respuesta de la parte contraria el juez decidirá así que tampoco le de excesiva relevancia a la jurisprudencia porque esto, en muchos casos, es una lotería; lo cual no significa nada más.

En teoría tb cuanto más motivada esté su modificación más posibilidades debiera tener pero quien mejor le puede ayudar es su abogad@, que es quien conoce el funcionamiento y mentalidad de juzgados y jueces de su zona y caso detallado.

Un saludo.
12/09/2012 11:01
En mi convenio tampoco vienen especificados y por lo tanto lamentablemente no los disfruto, eso es algo que mas tarde o temprano esta claro que pienso solicitar el cambio (que menos) porque me parece lamentable el tiempo que pasamos muchos padres con mis hijos, supongo que ese "aumento" de regimen de visitas sera factible que acceda el juez de turno, aunque vamos fiarme ni un pelo y mas cuando la otra parte de opondra con uñas y dientes..........
12/09/2012 11:57
En nuestro caso se consiguió se reconociera y estipulara el "derecho". Si bien fué necesario recurrir hasta la Audiencia.

Desde entonces no han sido pocos los problemas que hemos tenido en este sentido. Pues la custodia tiene un muy particular concepto de lo que es o no puente o festivo diciendo, por ejemplo, que un determinado puente estipulado en calendario escolar no es tal "porque ella trabaja" o porque "no es fiesta nacional". Otros directamente "se le olvidan".
Por lo que en mas de una ocasión se ha hecho el viaje en valde, ha habido que poner denuncia y llegado en juicio, en los que, faltaría más, ha salido absuelta.
No obstante algunos otros si que se han podido disfrutar. Después de más de tres años en los que bajo ningún concepto aceptaba nada.
Con lo cual....estoy segura de que merece la pena
"reclamar".
Un saludo
12/09/2012 12:23
Alucino mamaria que se tenga que recurrir a la Audiencia para que reconozcan a un padre disfrutar la mitad de los puentes, la verda que teneis el cielo ganado mamaria como tantos otros, esto es vergonzoso como se comportan algun@s habiendo hijos de por medio, por experiencia te lo digo, yo estoy en un proceso legal un poco delicado con mi ex ahora mismo, si se hace justicia, solo pido eso, luego empezare yo a solicitar derechos, que no todo van a ser obligaciones...un saludo.
12/09/2012 12:41
Cimero, yo te lo explico. Bueno, al menos te doy mi interpretacion sobre el tema.

Tal y como se define, para proceder a la modificacion de las condiciones fijadas en convenio o sentencia "debe haber una modificacion sustancial de las circunstancias con respecto a las que habia en ese momento"
Entonces, lo que ocurre, es que los jueces estan sometidos a la aplicacion de las normas, y aunque vean justo que el progenitor no custodio deba pasar esos dias con los hijos, si la otra parte se basa en que las circunstancias no han variado, el juez puede encontrarse atado de pies y manos...
Te lo digo porque a mi, en mi trabajo, a veces me pasa algo parecido, y no me queda otra que ceñirme a la norma
12/09/2012 13:01
Muchas gracias sarapiki, entiendo y tengo muy escuchado eso de "debe haber una modificacion sustancial de las circunstancias con respecto a las que habia en ese momento".
Pero que se entiende por modificacion sustancial????? en el momento de mi separacion mis hijos tenian poco mas de un año, entonces es que nunca voy a poder disfrutar de lo que me "aconsejo firmar" un abogado de copia y pega (convenio al uso) habiendo una excesivisimaaaaaaa diferencia entre lo que estan con un progenitor y otro.
Huelga decir que cumplo con todas mis obligaciones en cuestion de visitas, pensiones, me preocupo en ir/ hablar con medicos, profesores......a pesar de que mi ex ni avisa e intenta impedir eso, lo digo por si llegado el caso esto puede influir judicialmente en servir para concederme un aumento de visitas o la CC soñando, gracias.
12/09/2012 13:28
Los puentes y festivos puede solicitarlos de la manera que considere oportuna, siempre que estén repartidos con el custodio equitativamente. Eso de que por jurisprudencia le corresponden al que tenga el finde más cercano, no es así.
Lo que le aconsejo es que los divida por mitad escogiendo los años pares uno y los impares, otro, y que fije muy bien los horarios (en caso de desacuerdo). Si hay posibilidad de acuerdo, pueden hacer un planning de los findes que le toca a cada uno y distribuir equitativamente los puentes correspondientes, de manera que a cada uno le toque el mismo número de puentes enteros.
Un saludo.

perfil Cqc
12/09/2012 14:21
Hola a tod@s, una pregunta: para solicitar una modificación de medidas puede considerarse la edad del menor una circunstancia de peso. Me explico, si el convenio de separación se formalizó cuando el niño tenía 3 años y ahora tiene 14, no es esto una circunstancia de peso para solicitar el cambio de medidas en cuanto a régimen de visitas se refiere, teniendo en cuenta que el menor ya no sabe cómo pedirlo a la parte "custodia" y esta se niega, no ya a valorarlo sino tan siquiera a escucharlo. La parte "no custodia" ya no sabe qué hacer para hacerle entender que va creciendo y cambiando sus intereses. Si alquien me sabe orientar, se lo agradezco.
Disculpad lmn81 por preguntar en tu hilo, pero es que tiene también que ver con lo que comentas. Muchos puentes no hemos podido hacer nada porque tocaba el niño con la parte "no custodia" pero de 5 del viernes a 20 horas domingo (a rajatabla).
12/09/2012 14:23
Nuria, me ha llamado mucho la atencion algo de lo que comentas "hacer un planning de los findes que le toca a cada uno y distribuir equitativamente los puentes correspondientes, de manera que a cada uno le toque el mismo número de puentes enteros".
Eso estaría genial!!!!
Pero cuando la otra parte no sabe -o más bien no quiere saber- ni lo que son puentes o festivos y tajamente se niega?
Ni aún cuando se llegan a reconocer y establecer un mínimo criterio, veo que es muy posible que ese reparto sea equitativo. Y si lo digo es nuevamente por la actitud que en la mayoría de ocasiones se ve en los jueces.

cimero, quizá no me expliqué bien. O no suficiente.
El convenio regulador, y que la parte contraria directamente ignoró durante más de un año (a mi marido no le ha servido para reclamar ni acreditar nada mientras que a la otra parte si para "justificar" que el padre accedió y permitió voluntariamente que la madre fuera la custodia), no recogía nada sobre los puentes y festivos.
Cuando se interpone la primera demanda y se pasa por juicio, en primera instancia tampoco se contempla nada. Ni sobre esto ni sobre prácticamente nada. La jueza determina un regimen de visitas para un NIÑO de TRES AÑOS mediando SETECIENTOS KM distancia de SABADO POR LA MAÑANA para volver el DOMINGO!!!, sin especificar ni contemplar nada, y se queda más ancha que larga!!!
Sentencia que por supuesto se recurre a la Audiencia Provincial, cuyo recurso fue "estimado parcialmente", indicandose únicamente la salvedad de que los puentes y festivos unidos a fines de semana pudieran disfrutarse por aquel prognitor a quien correspondiera ese fin de semana.
Desde la primera setencia hasta que sale este recurso transcurren otro más de año y medio. Tiempo en el que ni la madre acepta que el niño pase ningun festivo con el padre ni que se le pueda recoger los viernes en lugar del sabado (cosa que, menos mal!! también termina estimando la Audiencia).
Eso si, la madre ante todo siempre ha facilitado las cosas. E incluso, como afirman ahora, ha accedido a todas las "exigencias" del padre. Cómo se nos ocurre plantear otra cosa? Vamos, eso a la vista de los HECHOS...cualquiera lo ve. Ni que estuviéramos ciegos!

Luego entiendo sarapiki, a mi corto entender y con mi escaso por no decir nulo conocimiento en derecho que...."atado de pies y manos"....no es que estuviera la jueza en este caso.
Y aún desconociendo las leyes me atrevo a afirmar que no hace falta ni indagar demasiado ni ser juez ni letrado como para darse cuenta (en este y me consta que en otros muchos casos) de que ese padre y con las circunstancias que concurrían ya en ese entonces NO se "merecía" eso. Y EL NIÑO...... pues no digamos!!.

Además, quien hizo la ley...hizo la trampa.
Y de la misma manera que muchos aprovechan los vacíos y trampas que se pueden hacer en su propio beneficio para librarse o zafarse, también digo yo que EN BENEFICIO DE UN NIÑO aquellos que saben, que tanto han estudiado, aquellos que tienen ese gran PODER para decidir el futuro de tantas y tantas vidas (no en sentido literal), tienen muy a mano buscar la forma de que esa ley y esa "justicia" (que no son lo mismo y no siempre van a la par) defiendan y protejan a quien realmente lo necesita: EL NIÑO

Respecto a lo del "cambio de circunstancias"...todo muy relativo.
Como siempre utilizo nuestro ejemplo, en la demanda presentada se exponen, argumentan y presentan suficientemente (al menos a mi juicio) varios de esos motivos.
Para la otra parte, eso si sin justificar ni demostrar absolutamente nada, las circusntancias son exactamente las mismas.
Pero si me apura, aún en ese caso, aunque todo siguiera igual.......el niño tiene que seguir viviendo esa situación de por vida??
Si ha de ser asi le aseguro que no será porque no se haya denunciado y puesto en conocimiento de jueces, fiscales, profesores, defensor del menor... No será porque su padre no haya intentado cambiarla.
Un saludo