Quisiera plantear una duda que tengo, además de agradeceros la contestación por anticipado.
Expongo el caso:
Mis padres tenían una finca de olivar de secano de unas 30-35 hectareas. En esa finca había un cortijo, con una molina, y varias naves de aperos.
Pues bien, se hizo una partición (DONACIÓN) a mi y a mis dos hermanos de la finca (el olivar), los cortijos y la naves de aperos, quedado el resultado el siguiente: A CADA HERMANO NOS TOCÓ 10 HECTAREAS DE OLIVAR Y UNA PARTE DE CORTIJO Y NAVE DE APEROS.
En las escrituras viene puesta la casa de cada uno y su correspondiente nave de aperos además de indicada su parcela. Además, se pactó una parte que rodea a los cortijos como "RUEDO COMÚN" de todos los cortijos.
Ahora al cabo de los años, un hijo de mi hermano con bastantes ganas de litigar, dice que ha ido al catastro y que la mayoría de las zonas comunes vienen en su parcela (CATASTRO).
¿Cuánto de fiable es el CATASTRO para este tipo de cosas?
Imagino que lo que tiene veracidad es la escritura verdad??
Si en la parcela que tengo en el catastro, aparece dentro de ella un inmueble, no quiere decir que sea mío, verdad???
Por otro lado, en cuanto al agua de que disponía la finca original, (que es un pozo enclavado en una de las partes) imagino que tienen derecho a él todas las partes de la finca no??
La historia muy resumida del Catastro es la siguiente: Inicialmente, el Catastro pone las parcelas más o menos por donde le parece dividiendo el territorio, para que con el tiempo en la compraventas y en las herencias esas parcelas se vayan adaptando a las propiedades. Hace unos 10-15 años el Catastro admitía como error aceptable que hubiera en la parcela catastral /- un 10% de la superficie real de la propiedad. Si las herencias o las compraventas fueron hace mucho tiempo, esas parcelas iniciales puede que no se parezcan en nada al perímetro de las propiedades respectivas. Pero en la actualidad se ha llegado a un punto en que se han puesto de acuerdo notarías y Catastro para que no haya compraventa sin que coincidan exactamente la superficie catastral con la superficie de la propiedad.
¿En qué situación de esta historia se encuentra esa propiedad de la que habla?.
Si quiere actualizarla no hay problema, el Catastro se puede modificar, vaya a un abogado y que le tramite su expediente con planos, escrituras, etc. El quid de la cuestión es que el Catastro está cada vez tomando más fuerza en las transmisiones patrimoniales y conviene que actualice el Catastro por ese problema que ve venir.
Le digo lo del abogado porque lo del pozo puede también tener su problemática aparte si no está contemplado en las escrituras.
Cuando el Catastro, durante muchos años atrás, ha hecho revisiones "in situ", se llevaban por lo que les informaba el parroquiano de turno, sobre los límites de las parcelas y en relación a los nombres de los propietarios de las mismas.
Esta información, el Catastro le daba carácter de veracidad y se quedaban tan tranquilos.
Esto, en la época en que no existía cartografía aérea, podía suponer un gran estropicio.
En primer lugar, muchas gracias por contestar a ambos.
Por otro lado en definitiva, lo que tengo que hacer es atender a lo que diga la escritura publica verdad?? y por tanto atender a lo que haya también en el registro de la propiedad inscrito no??
Voy a mirar la escritura de mi parte y leer detalladamente lo que aparece en cuanto a servidumbres, propiedad y zonas comunes.
De la parte de mis hermanos pediré una nota simple en el registro para ver que se refleja en sus respectivas fincas.
Una vez lo haga iré al catastro para ver si puedo modificar los dibujos de las parcelas.