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¿Qué pasa si no se contesta a una demanda de juicio verbal por no estar notificada?

7 Comentarios
 
¿qué pasa si no se contesta a una demanda de juicio verbal por no estar notificada?
perfil Anónimo
09/08/2016 10:48
os lo consulto a todos, por si alguien ha tenido esta experiencia.
En un domicilio antiguo del demandado, se ha notificado la demanda de un juicio verbal por reclamación de cantidad, daños y perjuicios, una chorada que no llega a ningún sitio, pero debe ser superior a 2.000 euros. El demandado se ha enterado porque el propio demandante le ha preguntado si ya habia recibido la demanda, se ha acercado a los juzgados, pero como es agosto, le han dicho que no le pueden dar nada, pero que comenzaron a comunicarle en enero.
Si despues de dos comunicaciones fallidas, ¿pueden declararlo en rebeldía y celebrarse la vista verbal? ¿necesitan publicarlo en el BOP primero? si no hay contestación a la demanda de juicio verbal, ¿se puede celebrar el juicio? No se como va con la nueva ley, si alguien ha tenido la experiencia y puede aclararme un poco, lo agradezco.
09/08/2016 12:04
Anónimo
Si el acto de comunicación no ha podido llevarse a cabo porque el sujeto en cuestión ya no reside en el domicilio indicado por el demandante, deben llevarse a cabo las correspondientes actuaciones con el fin de averiguar el domicilio actual (a instancia de parte). Si llevadas a cabo no ha sido posible dicha averiguación, es cuando se le puede notificar-emplazar en el tablón de Edictos del Juzgado y si se hace así, y el demandado no contesta se le declara en rebeldía y continúan las actuaciones. (Sin perjuicio de que más adelante pueda solicitarse la nulidad de las actuaciones o la audiencia al rebelde).
perfil Anónimo
10/08/2016 10:54
Anónimo
Eso tenia entendido, pero que se tenia que publicar en el edicto del BOE y que luego me tenian que notificar por correo certificado la declaración de rebeldía antes del juicio verbal, sino, se podia solicitar la nulidad de actuaciones,
¿se pueden pasar el trámite de los edictos del BOE y de la carta certificada y directamente colgar el edicto en el tablón del juzgado?
10/08/2016 12:43
Anónimo
No obligatoria la publicación ni en el BOE ni en el Boletín de la CCAA; además al tratarse de un Juicio Verbal, el demandante jamás lo va a solicitar (le sale más cara la salsa que los caracoles). Por otro lado, si por aparecer en las actuaciones como domicilio desconocido se exponen Edictos en el Tablón del Juzgado y el demandado no contesta en plazo, se le declarará en rebeldía y dicha resolución no se le notificará personalmente, por cuanto es óbvio que se han publicado Edictos por no conocerse su paradero.
perfil Anónimo
11/08/2016 10:16
Anónimo
Gracias por la aclaración Tripoli, Bueno, han notificado en el domicilio donde está empadronado el demandado, la cuestión, es que está en londres, trabajando, no se ha recogido ninguna notificación, pero han preguntado los familiares en el juzgado de que se trataba, por eso saben más o menos lo que es.
Han notificado dos veces, ahora estamos en agosto, no sé en septiembre, si lo publicaran en el BOE, le mandaran a su domicilio habitual la declaración de rebeldia, o el juicio dará lugar sin él.
11/08/2016 13:32
Anónimo
Lo siento pero "han notificado en el domicilio" y "no se ha recogido ninguna notificación" son conceptos totalmente contrarios. ¿Se ha llevado a cabo el acto de comunicación o no?.
perfil Anónimo
12/08/2016 12:20
Anónimo
El servicio común de notificaciones ha dejado dos notitas en el buzon, la segunda de ellas, pone, último aviso, para ir a recoger la notificación, su hermana se ha acercado al juzgado, no le han enseñado nada, pero le han dicho de que va.

por lo que sí han pasado por el domicilio, pero no se ha hecho efectiva la notificación, porque nadie ha firmado nada.
12/08/2016 19:04
Anónimo
Vale. Tienen que llevar a cabo la notificación-emplazamiento, bien en su persona o en la del familiar que se encuentre en el domicilio en el que está empadronado. Entonces deberá contestar en diez días. Agosto es inhábil.