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qué pasa si se hace la partición de la herencia?

8 Comentarios
 
16/03/2009 11:32
Ok. miriam52.
Te explico la situación mia es muy diferente, somos dos hermanos de diferentes matrimonios, (yó soy del primero) y el que ha fallecido és mi padre, las relacciones ramiliares no son buenas por circunstancias.
Vivo en un pueblo, en el cual ni hay agencia tributaria ni Registro de la Propiedad, solo cuento con las herramientas internet, teléfono y correo postal.
Siendo los bienes objetos de la herencia privativos unos y gananciales otros y radicando en Comunidad en la que se aplica derecho común, te agradacería si conoces alguna persona experta en derecho, y a tenor de lo anteriormente aceptaría de buen grado un consejo generalizado la respecto de mi situación.
Muchas gracias en forma anticipada y un cordial saludo.
14/03/2009 11:35
Mira, hace 13 años falleció mi madre y tenia una casa privativa de ella y algunas cosas comunes con mi padre.
Antes de los 6 meses fuimos al registro de la propiedad para pagar el impuesto de sucesiones. Somos 3 hermanos. Nos salio exento porque hay unas cantidades mínimas que en cada comunidad autonoma creo que son distintas.

hace dos años falleció mi padre y procedimos igualmente al pago del impuesto, a aceptar las dos herencias y a escriturar los bienes a nuestro nombre.

Creo que tampoco tuvimos que pagar el impuesto, pero si los gastos de notaria, por la aceptación .. escrituras nuevas etc y en el registro de la Propiedad pues los gastos correspondientes.

Cuando presentamos en el registro los documentos, aporté el escrito en que años atrás nos habian declarado exentos en relación a los bienes de mi madre.

Me suena que hay exentos por hijo veinte millones de las antiguas pesetas, pero no te lo puedo asegurar, informate.

Si no pensais repartir las propiedades porque si eran ganaciales no merece la pena al no haber fallecido el otro propietario, lo mejor es pagar los impuestos de sucesiones que sean, una vez que te valoren esos bienes y teniendo en cuenta los gastos que pudiera haber habido de entierro, cementerio etc.

Nosotros hicimos los trámites en el Registro de la Propiedad, pero esto es una ciudad que no tiene agencia tributaria, no se si en las capitales se hace allá. Informate.

Un saludo
12/03/2009 11:41
Gracias miriam52
Pero desearía que abundaras mas en la información y asu vez fuero más concreta, tqal vez tengas más medios que yó para obtener esa información.
Un saludo y hasta pronto.
11/03/2009 22:39
Pues si no se paga el impuesto de sucesiones en los seis meses, despues cuando lo hagas te imponen una sanción economica, pero creo que si han transcurrido diez años no hay sanción.
11/03/2009 11:54
A colación del tema anterior, desearía saber que ocurre, si no se reparte una herencia, y tampoco se paga el impuesto de sucesiones ¿prescribe? .
Por favor describirme como funciona eso, en caso de no repartirse la herencia y de no pagar el inpuestos de sucesiones y lo más importante¿qué puede ocurrir? con respecto a los herederos.
Gracias y un saludo.
26/02/2009 11:42
Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos. El plazo es de 6 meses.

El de sucesiones, si no se hace la partición, tienes que presentar una instancia para su liquidación y pago en la comunidad autónoma del domicilio del fallecido; el pago del impuesto de plusvalía tienes que gestionarlo en el ayuntamiento donde se encuentre el inmueble.
26/02/2009 10:39
Hola y gracias por contestar. Perdonad mi ignorancia, pero supongo que te referirás al impuesto de sucesiones,no? Nos podríais decir qué es lo que tenemos que hacer exactamente y en qué plazos? Gracias
17/02/2009 20:36
No tenéis ninguna obligación de hacer la partición; lo que si que tenéis que hacer es liquidar los impuestos dentro de los plazos establecidos para evitar posibles sanciones.
Qué pasa si se hace la partición de la herencia?
17/02/2009 19:29
Buenas tardes, me gustaría saber cuales si existe alguna consecuencia negativa para los herederos si no se hace la partición de la herencia. El caso concreto es que ha fallecido mi madre y nosotros ( los herederos? no queremos vender nada hasta que fallezca nuestro padre. Qué sentido tiene hacer el gasto que supone la partición?
Gracias
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8 Comentarios
 
16/03/2009 11:32
Ok. miriam52.
Te explico la situación mia es muy diferente, somos dos hermanos de diferentes matrimonios, (yó soy del primero) y el que ha fallecido és mi padre, las relacciones ramiliares no son buenas por circunstancias.
Vivo en un pueblo, en el cual ni hay agencia tributaria ni Registro de la Propiedad, solo cuento con las herramientas internet, teléfono y correo postal.
Siendo los bienes objetos de la herencia privativos unos y gananciales otros y radicando en Comunidad en la que se aplica derecho común, te agradacería si conoces alguna persona experta en derecho, y a tenor de lo anteriormente aceptaría de buen grado un consejo generalizado la respecto de mi situación.
Muchas gracias en forma anticipada y un cordial saludo.
14/03/2009 11:35
Mira, hace 13 años falleció mi madre y tenia una casa privativa de ella y algunas cosas comunes con mi padre.
Antes de los 6 meses fuimos al registro de la propiedad para pagar el impuesto de sucesiones. Somos 3 hermanos. Nos salio exento porque hay unas cantidades mínimas que en cada comunidad autonoma creo que son distintas.

hace dos años falleció mi padre y procedimos igualmente al pago del impuesto, a aceptar las dos herencias y a escriturar los bienes a nuestro nombre.

Creo que tampoco tuvimos que pagar el impuesto, pero si los gastos de notaria, por la aceptación .. escrituras nuevas etc y en el registro de la Propiedad pues los gastos correspondientes.

Cuando presentamos en el registro los documentos, aporté el escrito en que años atrás nos habian declarado exentos en relación a los bienes de mi madre.

Me suena que hay exentos por hijo veinte millones de las antiguas pesetas, pero no te lo puedo asegurar, informate.

Si no pensais repartir las propiedades porque si eran ganaciales no merece la pena al no haber fallecido el otro propietario, lo mejor es pagar los impuestos de sucesiones que sean, una vez que te valoren esos bienes y teniendo en cuenta los gastos que pudiera haber habido de entierro, cementerio etc.

Nosotros hicimos los trámites en el Registro de la Propiedad, pero esto es una ciudad que no tiene agencia tributaria, no se si en las capitales se hace allá. Informate.

Un saludo
12/03/2009 11:41
Gracias miriam52
Pero desearía que abundaras mas en la información y asu vez fuero más concreta, tqal vez tengas más medios que yó para obtener esa información.
Un saludo y hasta pronto.
11/03/2009 22:39
Pues si no se paga el impuesto de sucesiones en los seis meses, despues cuando lo hagas te imponen una sanción economica, pero creo que si han transcurrido diez años no hay sanción.
11/03/2009 11:54
A colación del tema anterior, desearía saber que ocurre, si no se reparte una herencia, y tampoco se paga el impuesto de sucesiones ¿prescribe? .
Por favor describirme como funciona eso, en caso de no repartirse la herencia y de no pagar el inpuestos de sucesiones y lo más importante¿qué puede ocurrir? con respecto a los herederos.
Gracias y un saludo.
26/02/2009 11:42
Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal si hay inmuebles urbanos. El plazo es de 6 meses.

El de sucesiones, si no se hace la partición, tienes que presentar una instancia para su liquidación y pago en la comunidad autónoma del domicilio del fallecido; el pago del impuesto de plusvalía tienes que gestionarlo en el ayuntamiento donde se encuentre el inmueble.
26/02/2009 10:39
Hola y gracias por contestar. Perdonad mi ignorancia, pero supongo que te referirás al impuesto de sucesiones,no? Nos podríais decir qué es lo que tenemos que hacer exactamente y en qué plazos? Gracias
17/02/2009 20:36
No tenéis ninguna obligación de hacer la partición; lo que si que tenéis que hacer es liquidar los impuestos dentro de los plazos establecidos para evitar posibles sanciones.
Qué pasa si se hace la partición de la herencia?
17/02/2009 19:29
Buenas tardes, me gustaría saber cuales si existe alguna consecuencia negativa para los herederos si no se hace la partición de la herencia. El caso concreto es que ha fallecido mi madre y nosotros ( los herederos? no queremos vender nada hasta que fallezca nuestro padre. Qué sentido tiene hacer el gasto que supone la partición?
Gracias