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que pensión corresponde?

18 Comentarios
 
Que pensión corresponde?
18/03/2008 18:13
Hola, necesitaría que alguien me ayudara con una duda, tengo un niño de 3 años y medio y vamos a separarnos, aún no hemos iniciado trámites ni nada, y vamos a intentar que sea todo lo más facil posible, pero me preocupa poder hacerme cargo o no de la casa el niño, etc. así que me gustaria saber que pensión o como podemos hacer una valoración de lo que tiene que pasarme el padre, pues mi sueldo es de 900 euros y la hipoteca ya es de 750?
Muchas gracias
18/03/2008 18:46
La hipoteca es un gasto independiente de la pensión que te tiene que dar para la manutención del menor, debido a que la hipoteca la tendriaís que pagar a partes iguales, es decir, el 50% cada uno, y si te quedas con las guarda y custodia del menor te correspondería quedarte a vivir en la misma, teniendo que sufragar los gastos ordinarios, que no los extraordinarios. En cuanto a tu pregunta de qué manutención te tendría que pasar por el niño no depende de tu sueldo sino el de él, en proporción a lo que gane así le tendrá que pagar al menor. Pero que no se le olvide al abogado que contrates que incluya la partida de gastos extraordinarios, que entrarían excursiones, clases particulares, etc.
18/03/2008 20:08
Muchas gracias. Solo es para hacerme una idea, pues de momento es una separación amistosa y no me gustaría poner imposiciones, me gustaría encontrar una solución con la que podamos apañarnos los dos, pues tampoco me parece justo que sea algo excesivo. Por lo menos hasta que decidamos si vendemos el piso, o no.
Pensaba que al quedarme yo con el piso la hipoteca la tendría que pagar yo y que el pasaría solo una pensión para el nene.
La pensión que es un porcentaje?
19/03/2008 01:22
No existe ninguna formula preestablecida, olvidándose del sexo de las partes puede considerarse:
- Vivienda, lo lógico sería que quien utilice la hasta entonces vivienda común la pague, la otra parte es lógico deberá disponer de una vivienda similar para los periodos con el hijo y para sí. Si se pretende no imponer o crear situaciones gravosas para las partes lo lógico sería vender (de no poder cada uno independiente correr con la hipoteca) y cada uno comprar o alquilar una.
- Pensión de alimentos. No existe un porcentaje para ello. La pensión se calcula de valorar los gastos que el menor ocasiona y repartir proporcionalmente esa cuantía a los ingresos de las partes. Según casos de nivel de ingresos y tipo de vida previo a la separación suele resultar un porcentaje variable entre 15 y 30% de los ingresos de cada uno. En caso que se estableciera la pensión por porcentaje de ingresos de una de las partes a considerar: ingresos de 1000€, si se descuenta 30% de alimentos y otro 37,5% para cubrir 1/2 de hipoteca de 750€ es evidente quien así pague no podrá disponer de vivienda digan, vivir dignamente y mantener un nivel digno de vida y atenciones al hijo en los periodos que le correspondan con 325€ que le quedan. Sin embargo la otra parte, si gana similar, dispondría de 1000€ de sueldo, mas 300 de pensión, menos 375€ de su aportación a la hipoteca, resultando una disponibilidad de 1075 € frente a los 325€ que la otra parte dispondría para las mismas funciones.
- Gastos extraordinarios. Se reconocen como tales los gastos saniatarios que no cubre la seguridad social, libros, matriculas, viajes de estudios, extraescolares, ropa, alimentos, todo lo que es normal en la vida de un menor se considera ordinario y cubierto con pensión alimenticia.

Para los hijos, el tipo de custodia ideal se reconoce el que implica atenciones equilibradas en funciones y tiempos de ambos progenitores, también para ambos progenitores al ambos poder disponer de tiempos e ingreos similares para atender a los hijos, trabajar, vida social, etc.
19/03/2008 01:27
Corrección: resultando una disponibilidad de 925 € frente a los 325€ que la otra parte dispondría para las mismas funciones pero debiendo sufragarse una vivienda además.
19/03/2008 05:33
Corrección a la corrección:
De esos 925€ habría que descontar 300€ que es el otro 50% que - en teoría- aportaría ella para el mantenimiento del hijo común. Quedan 625 €.

Porque digo yo, Sr. Viesca, que si para echar sus cuentas disminuye la aportación del padre para alimentos del hijo, ¿por qué no hace lo mismo disminuyendo lo que aporta la madre?

Ay, ay, ay.... esas matemáticas ...
19/03/2008 10:03
correccion a la correccion de la correccion:

Quedan 625 y 325 pero el conyuge de los 625 ya tiene sufragado el gasto de vivienda..... con lo que matematicamente reales.....no son 625, ni 325.

Ademas usted ha visto alguna sentencia en la que impongan un pension de alimentos al conyuge custodio???
¿Se justifican esos gastos del menor??? ..........

19/03/2008 11:17
Por supuesto que sí, walkiria; he visto sentencias donde se dice que el custodio contribuye equitativamente a sufragar los gastos que originen los hijos; por supuesto, contabilizando también el tiempo (y el tiempo cuesta dinero) que el custodio dedica diariamente al cuidado y atención de dichos menores, cosa que el no custodio sólo lo hace parcialmente.

Y un ejemplo claro es la que yo tengo, que dice textualmente:

"Por otro lado, el menor necesita unos cuidados y atenciones diarios que no tienen por qué ser prestados por la madre. Si ésta se incorpora al mundo laboral, necesitará contratarlos, bien abonando los gastos de una escuela infantil o guardería donde acuda el menor, bien contratando los servicios de un cuidador".

19/03/2008 12:40
Cuantos padres no custodios desean pasar mas tiempo con sus hijos, cosa que algunas madres no les dejan.
En cuanto al tiempo que le dedican al menor es porque l@s custodi@s quieren y si no que le den la custodia compartida a su ex, y asi el tiempo estara equilibrado, y los gastos economico que genere el menor tambien.

En cuanto a que se tenga que pagar un canguro o cuidador , por parte del no custodio para que el conyuge custodia trabaje me parece una barbaridad, vuelvo a lo mismo que den la custodia compartida, y asi cada uno se pagara sus gastos de cuidador cuando tenga que trabajar
19/03/2008 12:50
Igualmente lo que dice Walkiria se deberia utilizar tambien con la vivienda y bienes comunes, ya que es injusto que te despojen del trabajo de muchos años y te dejen en la calle, maxime cuando el divorcio a veces es con una edad que te imposibilita a hipotecarte en un nuevo piso.

Se deberia vender y partir la vivienda habitual y que luego cada uno colaborara para el alquiler o vivienda del menor.
Que futuro nos queda a los no custodios cuando se estan acercando a los 60 años? vivir de alquiler con las pensiones de jubilacion?, cuano apenas llegan para comer.
19/03/2008 15:03
Sr. Viesca. No me queda claro lo que se consideran gastos extraordinarios. Según tengo entendido, los gastos extraordinarios son todo lo que no corresponde a los gastos normales de un hijo. Los gastos normales son: libros, uniformes,mochilas, alimentos, colonias, excursiones, calzado, vestimenta, material de actividades pretecnológicas (dibujo, pintura, moldeo).
Puede usted ayudarme?
20/03/2008 00:13
Sr. o Sra. Bri, independientemente de errores en restas o sumas (sin calculadora o programas cada vez se me da peor), es evidente que Vd. aprecia que no indico que "aportaría ella" otros 300€ de manutención. Si se fija en ningún momento hable de madre o padre a la hora de echar números, tampoco de custodio o no custodio, sólo de las partes con lo que no parece lógico concluir lo que comenta (o creí entender como que cargaba a las cuentas del varón y dulcificaba las de la mujer) Procuro ver estos asuntos desde la óptica de la infancia, así evito tender hacia ningún grupo de mujeres o varones, que es “liante” o al de custodios y no custodios, que aunque sea mas justo ya que hay mujeres y varones que “tiran” en monoparental por los hijos (porque lo prefieren o no hay otra opción por lo que sea) no recoge lo que parece lógico en pareja, que los hijos, la casa y su sostenimiento sea cosa de dos de la forma mas igualitaria posible, por tanto, si eso es bueno en pareja idem tras una separación (a no ser que haya que “castigar” a hijos y ambos progenitores por una ruptura de pareja)


Si ambas partes en pareja aportan cada uno 300€ de alimentos, 375€ de hipoteca, ingresa cada uno 1000€ en concepto de salario. Dispone de325€ de liquidez cada parte.
No parece lógico que en una economía familiar el menor tenga asignado para alimentos el 30% de los ingresos familiares... mientras para cada adulto disponga del 16,5% del presupuesto familiar... parece evidente que la distribución es mas equitativa y racional.

Al separarse, parece lógico entender que la economía se resiente, especialmente al deber mantenerse dos viviendas similares para que el menor en la convivencia en los periodos correspondientes (sean mas o menos extensos) no perciba diferencias en vivienda, tampoco en alimentos, atenciones de todo tipo, habrá que recortar gastos o sucederá:
300€ de alimentos para el menor, 750€ de hipoteca o coste de vivienda, deja evidente un circulante negativo de efectivo, 50€, y falta valorar aún lo necesario para la supervivencia del adulto (sea del sexo que sea), así como gastos de ir al trabajo y otros.

Si una de las partes, por su decisión, por imposición de quien sea asume ser arrogante y paga la mitad del coste de vivienda al otro, es evidente que su efectivo sube al negativo de (–50) (-375)= -425€ y eso que no consigue solucionar los gastos vitales del otro adulto, ni los propios y encima debiera disponer de una vivienda similar para que el hijo dispusiera de otro progenitor en condiciones dignas y similares, con lo que debiera aportar al déficit otras –750€ (y aun así sigue sin solucionarse el gasto vital propio ni de la otra parte), llegando a –1.175€

Es evidente que la distribución de gastos en una familia es otra, y que tras una separación todos disminuyen efectivo disponible y que si un menor debe notar los menores cambios tras la separación, por su bienestar, es de suponer que no debe percibir una parte aniquilada económicamente y la otra tanto o mas, tampoco anímicamente, emocionalmente, etc. es de suponer debe mantener dos progenitores en condiciones de atenderlo, ejemplificarlo y demás similar a antes de la ruptura.
20/03/2008 00:18
sacajawea, la descripción que hace de gastos ordinarios y extraordinarios coincide con la que intenté plasmar.
20/03/2008 14:05
bri
No confunda, la madre custodia no tiene que hacer aportación, así k son meras conjeturas.
20/03/2008 14:10
la pension calcule entre 25 y 30% del salario del no custodio.
20/03/2008 14:37
hombre, si ya has vuelto esmeralda0......

Desde cuando una madre no tien que aportar nada para la crianza de su hijo.....

para ti sigue vivo lo del hombre caza y la mujer en casa....

con mujeres como tu, asi nos va.....

Si queremos Igualdad de verdad, que sea para todo, no solo para lo que queremos.


20/03/2008 14:48
Ambos progenitoresdeben soportar los gastos de los hijos en proporcion a sus ingresos
La custodia no tiene en absoluto que ver con ello
Tanto en cuanto se dicte una custodia unica, el progenitor desposeido de ella debera aportarlo en unidad monetaria a la cuenta del progenitor custodio.
Que se admita coo promedio matamatico "habitual" que para nada legal ni mucho menos jurisprudencial. la cifra aludida por esmeralda0 no induzca para nada que exista un derecho que no es tal
Un saludo
20/03/2008 17:48
Perdona ferro, esa cifra figura entre tus respuestas, no he dicho nada que no hayas explicado tu antes. Por supuesto que la madre custodia aporta más en todos los sentidos, incluído en dejar de comer para dar de comer a sus hijoseso las madres como yo lo sobreentendemos, por eso obviamos explicar algo que está muy pero que muy claro.

Otra cosa es que haya madres que quieran aprovecharse de las circunstancias, pero hay que ser muy suspicaz para lintepretar esta postura en mi respuesta, walkiria, la que solo hace mención indica un porcentaje que, como repito, hasta el mismo ferro ha indicado en alguna ocasión y es el que más se acerca a la realidad, sin adjetivar esta última.

Para tu interés tengo bastante buena memoria de vez en cuando.
20/03/2008 17:49
Walkiria, yo no sé como les va a los demás. A mí nada del otro mundo, nadie me ha regalado nada te lo aseguro.
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Que pensión corresponde?
18/03/2008 18:13
Hola, necesitaría que alguien me ayudara con una duda, tengo un niño de 3 años y medio y vamos a separarnos, aún no hemos iniciado trámites ni nada, y vamos a intentar que sea todo lo más facil posible, pero me preocupa poder hacerme cargo o no de la casa el niño, etc. así que me gustaria saber que pensión o como podemos hacer una valoración de lo que tiene que pasarme el padre, pues mi sueldo es de 900 euros y la hipoteca ya es de 750?
Muchas gracias
18/03/2008 18:46
La hipoteca es un gasto independiente de la pensión que te tiene que dar para la manutención del menor, debido a que la hipoteca la tendriaís que pagar a partes iguales, es decir, el 50% cada uno, y si te quedas con las guarda y custodia del menor te correspondería quedarte a vivir en la misma, teniendo que sufragar los gastos ordinarios, que no los extraordinarios. En cuanto a tu pregunta de qué manutención te tendría que pasar por el niño no depende de tu sueldo sino el de él, en proporción a lo que gane así le tendrá que pagar al menor. Pero que no se le olvide al abogado que contrates que incluya la partida de gastos extraordinarios, que entrarían excursiones, clases particulares, etc.
18/03/2008 20:08
Muchas gracias. Solo es para hacerme una idea, pues de momento es una separación amistosa y no me gustaría poner imposiciones, me gustaría encontrar una solución con la que podamos apañarnos los dos, pues tampoco me parece justo que sea algo excesivo. Por lo menos hasta que decidamos si vendemos el piso, o no.
Pensaba que al quedarme yo con el piso la hipoteca la tendría que pagar yo y que el pasaría solo una pensión para el nene.
La pensión que es un porcentaje?
19/03/2008 01:22
No existe ninguna formula preestablecida, olvidándose del sexo de las partes puede considerarse:
- Vivienda, lo lógico sería que quien utilice la hasta entonces vivienda común la pague, la otra parte es lógico deberá disponer de una vivienda similar para los periodos con el hijo y para sí. Si se pretende no imponer o crear situaciones gravosas para las partes lo lógico sería vender (de no poder cada uno independiente correr con la hipoteca) y cada uno comprar o alquilar una.
- Pensión de alimentos. No existe un porcentaje para ello. La pensión se calcula de valorar los gastos que el menor ocasiona y repartir proporcionalmente esa cuantía a los ingresos de las partes. Según casos de nivel de ingresos y tipo de vida previo a la separación suele resultar un porcentaje variable entre 15 y 30% de los ingresos de cada uno. En caso que se estableciera la pensión por porcentaje de ingresos de una de las partes a considerar: ingresos de 1000€, si se descuenta 30% de alimentos y otro 37,5% para cubrir 1/2 de hipoteca de 750€ es evidente quien así pague no podrá disponer de vivienda digan, vivir dignamente y mantener un nivel digno de vida y atenciones al hijo en los periodos que le correspondan con 325€ que le quedan. Sin embargo la otra parte, si gana similar, dispondría de 1000€ de sueldo, mas 300 de pensión, menos 375€ de su aportación a la hipoteca, resultando una disponibilidad de 1075 € frente a los 325€ que la otra parte dispondría para las mismas funciones.
- Gastos extraordinarios. Se reconocen como tales los gastos saniatarios que no cubre la seguridad social, libros, matriculas, viajes de estudios, extraescolares, ropa, alimentos, todo lo que es normal en la vida de un menor se considera ordinario y cubierto con pensión alimenticia.

Para los hijos, el tipo de custodia ideal se reconoce el que implica atenciones equilibradas en funciones y tiempos de ambos progenitores, también para ambos progenitores al ambos poder disponer de tiempos e ingreos similares para atender a los hijos, trabajar, vida social, etc.
19/03/2008 01:27
Corrección: resultando una disponibilidad de 925 € frente a los 325€ que la otra parte dispondría para las mismas funciones pero debiendo sufragarse una vivienda además.
19/03/2008 05:33
Corrección a la corrección:
De esos 925€ habría que descontar 300€ que es el otro 50% que - en teoría- aportaría ella para el mantenimiento del hijo común. Quedan 625 €.

Porque digo yo, Sr. Viesca, que si para echar sus cuentas disminuye la aportación del padre para alimentos del hijo, ¿por qué no hace lo mismo disminuyendo lo que aporta la madre?

Ay, ay, ay.... esas matemáticas ...
19/03/2008 10:03
correccion a la correccion de la correccion:

Quedan 625 y 325 pero el conyuge de los 625 ya tiene sufragado el gasto de vivienda..... con lo que matematicamente reales.....no son 625, ni 325.

Ademas usted ha visto alguna sentencia en la que impongan un pension de alimentos al conyuge custodio???
¿Se justifican esos gastos del menor??? ..........

19/03/2008 11:17
Por supuesto que sí, walkiria; he visto sentencias donde se dice que el custodio contribuye equitativamente a sufragar los gastos que originen los hijos; por supuesto, contabilizando también el tiempo (y el tiempo cuesta dinero) que el custodio dedica diariamente al cuidado y atención de dichos menores, cosa que el no custodio sólo lo hace parcialmente.

Y un ejemplo claro es la que yo tengo, que dice textualmente:

"Por otro lado, el menor necesita unos cuidados y atenciones diarios que no tienen por qué ser prestados por la madre. Si ésta se incorpora al mundo laboral, necesitará contratarlos, bien abonando los gastos de una escuela infantil o guardería donde acuda el menor, bien contratando los servicios de un cuidador".

19/03/2008 12:40
Cuantos padres no custodios desean pasar mas tiempo con sus hijos, cosa que algunas madres no les dejan.
En cuanto al tiempo que le dedican al menor es porque l@s custodi@s quieren y si no que le den la custodia compartida a su ex, y asi el tiempo estara equilibrado, y los gastos economico que genere el menor tambien.

En cuanto a que se tenga que pagar un canguro o cuidador , por parte del no custodio para que el conyuge custodia trabaje me parece una barbaridad, vuelvo a lo mismo que den la custodia compartida, y asi cada uno se pagara sus gastos de cuidador cuando tenga que trabajar
19/03/2008 12:50
Igualmente lo que dice Walkiria se deberia utilizar tambien con la vivienda y bienes comunes, ya que es injusto que te despojen del trabajo de muchos años y te dejen en la calle, maxime cuando el divorcio a veces es con una edad que te imposibilita a hipotecarte en un nuevo piso.

Se deberia vender y partir la vivienda habitual y que luego cada uno colaborara para el alquiler o vivienda del menor.
Que futuro nos queda a los no custodios cuando se estan acercando a los 60 años? vivir de alquiler con las pensiones de jubilacion?, cuano apenas llegan para comer.
19/03/2008 15:03
Sr. Viesca. No me queda claro lo que se consideran gastos extraordinarios. Según tengo entendido, los gastos extraordinarios son todo lo que no corresponde a los gastos normales de un hijo. Los gastos normales son: libros, uniformes,mochilas, alimentos, colonias, excursiones, calzado, vestimenta, material de actividades pretecnológicas (dibujo, pintura, moldeo).
Puede usted ayudarme?
20/03/2008 00:13
Sr. o Sra. Bri, independientemente de errores en restas o sumas (sin calculadora o programas cada vez se me da peor), es evidente que Vd. aprecia que no indico que "aportaría ella" otros 300€ de manutención. Si se fija en ningún momento hable de madre o padre a la hora de echar números, tampoco de custodio o no custodio, sólo de las partes con lo que no parece lógico concluir lo que comenta (o creí entender como que cargaba a las cuentas del varón y dulcificaba las de la mujer) Procuro ver estos asuntos desde la óptica de la infancia, así evito tender hacia ningún grupo de mujeres o varones, que es “liante” o al de custodios y no custodios, que aunque sea mas justo ya que hay mujeres y varones que “tiran” en monoparental por los hijos (porque lo prefieren o no hay otra opción por lo que sea) no recoge lo que parece lógico en pareja, que los hijos, la casa y su sostenimiento sea cosa de dos de la forma mas igualitaria posible, por tanto, si eso es bueno en pareja idem tras una separación (a no ser que haya que “castigar” a hijos y ambos progenitores por una ruptura de pareja)


Si ambas partes en pareja aportan cada uno 300€ de alimentos, 375€ de hipoteca, ingresa cada uno 1000€ en concepto de salario. Dispone de325€ de liquidez cada parte.
No parece lógico que en una economía familiar el menor tenga asignado para alimentos el 30% de los ingresos familiares... mientras para cada adulto disponga del 16,5% del presupuesto familiar... parece evidente que la distribución es mas equitativa y racional.

Al separarse, parece lógico entender que la economía se resiente, especialmente al deber mantenerse dos viviendas similares para que el menor en la convivencia en los periodos correspondientes (sean mas o menos extensos) no perciba diferencias en vivienda, tampoco en alimentos, atenciones de todo tipo, habrá que recortar gastos o sucederá:
300€ de alimentos para el menor, 750€ de hipoteca o coste de vivienda, deja evidente un circulante negativo de efectivo, 50€, y falta valorar aún lo necesario para la supervivencia del adulto (sea del sexo que sea), así como gastos de ir al trabajo y otros.

Si una de las partes, por su decisión, por imposición de quien sea asume ser arrogante y paga la mitad del coste de vivienda al otro, es evidente que su efectivo sube al negativo de (–50) (-375)= -425€ y eso que no consigue solucionar los gastos vitales del otro adulto, ni los propios y encima debiera disponer de una vivienda similar para que el hijo dispusiera de otro progenitor en condiciones dignas y similares, con lo que debiera aportar al déficit otras –750€ (y aun así sigue sin solucionarse el gasto vital propio ni de la otra parte), llegando a –1.175€

Es evidente que la distribución de gastos en una familia es otra, y que tras una separación todos disminuyen efectivo disponible y que si un menor debe notar los menores cambios tras la separación, por su bienestar, es de suponer que no debe percibir una parte aniquilada económicamente y la otra tanto o mas, tampoco anímicamente, emocionalmente, etc. es de suponer debe mantener dos progenitores en condiciones de atenderlo, ejemplificarlo y demás similar a antes de la ruptura.
20/03/2008 00:18
sacajawea, la descripción que hace de gastos ordinarios y extraordinarios coincide con la que intenté plasmar.
20/03/2008 14:05
bri
No confunda, la madre custodia no tiene que hacer aportación, así k son meras conjeturas.
20/03/2008 14:10
la pension calcule entre 25 y 30% del salario del no custodio.
20/03/2008 14:37
hombre, si ya has vuelto esmeralda0......

Desde cuando una madre no tien que aportar nada para la crianza de su hijo.....

para ti sigue vivo lo del hombre caza y la mujer en casa....

con mujeres como tu, asi nos va.....

Si queremos Igualdad de verdad, que sea para todo, no solo para lo que queremos.


20/03/2008 14:48
Ambos progenitoresdeben soportar los gastos de los hijos en proporcion a sus ingresos
La custodia no tiene en absoluto que ver con ello
Tanto en cuanto se dicte una custodia unica, el progenitor desposeido de ella debera aportarlo en unidad monetaria a la cuenta del progenitor custodio.
Que se admita coo promedio matamatico "habitual" que para nada legal ni mucho menos jurisprudencial. la cifra aludida por esmeralda0 no induzca para nada que exista un derecho que no es tal
Un saludo
20/03/2008 17:48
Perdona ferro, esa cifra figura entre tus respuestas, no he dicho nada que no hayas explicado tu antes. Por supuesto que la madre custodia aporta más en todos los sentidos, incluído en dejar de comer para dar de comer a sus hijoseso las madres como yo lo sobreentendemos, por eso obviamos explicar algo que está muy pero que muy claro.

Otra cosa es que haya madres que quieran aprovecharse de las circunstancias, pero hay que ser muy suspicaz para lintepretar esta postura en mi respuesta, walkiria, la que solo hace mención indica un porcentaje que, como repito, hasta el mismo ferro ha indicado en alguna ocasión y es el que más se acerca a la realidad, sin adjetivar esta última.

Para tu interés tengo bastante buena memoria de vez en cuando.
20/03/2008 17:49
Walkiria, yo no sé como les va a los demás. A mí nada del otro mundo, nadie me ha regalado nada te lo aseguro.