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¿Qué tipo de interés se devenga?

7 Comentarios
 
¿qué tipo de interés se devenga?
30/05/2011 12:28
Hola, en un contrato de arrendemiento se estipula que las cantidades debidas y no pagadas generarán un interés del 10% automáticamente.

El obligado al pago no paga nada, hay un proceso civil y por sentencia se condena al pago del capital más el interés pactado.

Después de la sentencia se sigue sin pagar, ¿qué interés genera esta deuda, el pactado del 10% ó el interés procesal del art. 576 LEC?

Pienso que será el pactado, a ver si me lo confirmáis.

Gracias.
perfil ABQ
30/05/2011 21:42
Evidentemente, si la sentencia a aceptado que sea el pactado, es éste el interés a aplicar.
perfil ABQ
31/05/2011 12:18
Lo que parece una falta de ortografía es un simple error tipográfico, pero es tan grosero,... Quiero decir "HA aceptado".
31/05/2011 13:21
Gracias ABQ.

En tu caso el "a aceptado" se sobreentiende un error tipográfico.
31/05/2011 13:33
Aprovechamos y colocamos aquí el manido EDICIÓN YA!
07/06/2011 11:43
¿Y si en la sentencia se distingue entre dos tipos de deuda, una con un interés pactado del 10%, y otra sin interés pactado?

Imagino que serían dos deudas distintas basadas en la misma sentencia, con distintos tipos de interés por mora.

En este caso, a la hora de ejecución, ¿qué deuda se supone que se cobra antes?
07/06/2011 14:04
No entiendo muy bien la pregunta, pero el despacho de ejecución normalmente no va distinguir los pronunciamientos de la sentencia siendo éstos dinerarios. Quiero decir que se cobrará todo al mismo tiempo...

Si te refieres a una satisfacción parcial y saber cómo imputar los pagos, supongo que por aplicación del 1.174 CC debería imputarse a la deuda más onerosa, es decir la que tiene un mayor interés.
08/06/2011 14:43
Gracias, me has resuelto la duda.