Por dos medidas judiciales, para mí, injustas y habiendo presentado escrito a dos Juzgados sin recibir contestación por el momento: ¿Sabe alguien cuándo puede ser perceptivo el acudir al Defensor del Pueblo? Porque tengo entendido de que para ello es necesario dicho silencio administrativo o falta de contestación a las reclamaciones. Por otra parte, si es cuestión (el motivo de la reclamación) de extrema urgencia, no sé si debería esperar a que alguno de los Juzgados me contestara, ya que pueden pasar semanas o meses. Gracias.