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Quiero casarme con una ciudadana Marroquí y traerla a España.

1 Comentarios
 
Quiero casarme con una ciudadana marroquí y traerla a españa.
06/02/2018 11:19
Hola,soy ciudadano español(origen marroquí) y quiero casarme con una ciudadana marroquí residente en Marruecos. El enlace se haría ahí. Qué documentación he de presentar en el consulado español de esa ciudad para que pueda venir a vivir conmigo en España? Cuánto tiempo tardan los trámites? Se convertiría automáticamente en ciudadana española? Muchas gracias.
07/02/2018 23:15
Ribeiro
Hola:

1.- Si se casa en Marruecos de acuerdo con la legislación local, tendrá que solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se celebró el matrimonio.

2.- Cuando el matrimonio haya sido reconocido e inscrito y tenga en su poder el certificado literal de matrimonio y el libro de familia, podrá solicitar para su cónyuge un visado de entrada en el espacio de Schengen.

3.- Cuando ya se encuentre en España, su cónyuge deberá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Esto es competencia de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. La mencionada tarjeta de residencia tiene una vigencia de 5 años, permite residir y trabajar en España.

4.- La nacionalidad española no la adquirirá automáticamente. Tendrá que esperar a que transcurra al menos un año desde la fecha de celebración del matrimonio y deberá haber residido en España de forma legal y continuada también por al menos UN AÑO. Cuando se hayan cumplido ambas condiciones, es decir, lleve al menos un año casada con usted y haya residido en España de forma legal y continuada durante al menos un año, podrá solicitar la nacionalidad española por residencia. Antes deberá haber rendido y aprobado los dos exámenes que ahora son exigibles: el de idioma español para extranjeros nivel A2 o superior y el de conocimientos constitucionales y culturales de España, que se los debe rendir en el Instituto Cervantes o entidades colaboradoras distribuidas por toda España. La nacionalidad española por residencia deberá solicitarla en la página web del Ministerio de Justicia : desde octubre de 2015 el procedimiento es electrónico y tiene fijada una tasa de tramitación de 100 euros.

Un cordial saludo.
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Quiero casarme con una ciudadana marroquí y traerla a españa.
06/02/2018 11:19
Hola,soy ciudadano español(origen marroquí) y quiero casarme con una ciudadana marroquí residente en Marruecos. El enlace se haría ahí. Qué documentación he de presentar en el consulado español de esa ciudad para que pueda venir a vivir conmigo en España? Cuánto tiempo tardan los trámites? Se convertiría automáticamente en ciudadana española? Muchas gracias.
07/02/2018 23:15
Ribeiro
Hola:

1.- Si se casa en Marruecos de acuerdo con la legislación local, tendrá que solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se celebró el matrimonio.

2.- Cuando el matrimonio haya sido reconocido e inscrito y tenga en su poder el certificado literal de matrimonio y el libro de familia, podrá solicitar para su cónyuge un visado de entrada en el espacio de Schengen.

3.- Cuando ya se encuentre en España, su cónyuge deberá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Esto es competencia de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. La mencionada tarjeta de residencia tiene una vigencia de 5 años, permite residir y trabajar en España.

4.- La nacionalidad española no la adquirirá automáticamente. Tendrá que esperar a que transcurra al menos un año desde la fecha de celebración del matrimonio y deberá haber residido en España de forma legal y continuada también por al menos UN AÑO. Cuando se hayan cumplido ambas condiciones, es decir, lleve al menos un año casada con usted y haya residido en España de forma legal y continuada durante al menos un año, podrá solicitar la nacionalidad española por residencia. Antes deberá haber rendido y aprobado los dos exámenes que ahora son exigibles: el de idioma español para extranjeros nivel A2 o superior y el de conocimientos constitucionales y culturales de España, que se los debe rendir en el Instituto Cervantes o entidades colaboradoras distribuidas por toda España. La nacionalidad española por residencia deberá solicitarla en la página web del Ministerio de Justicia : desde octubre de 2015 el procedimiento es electrónico y tiene fijada una tasa de tramitación de 100 euros.

Un cordial saludo.