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Radar y Multa

6 Comentarios
 
Radar y multa
21/10/2004 10:53
Buenos días:

Me han puesto una multa por exceso de velocidad (ir a 100 km/h en zona de 50 km/h). La supuesta sanción fue realizada por la Policía Local por medio de un radar.
Sé que puedo recurrir la multa, pero ¿que posibilidades tengo de librarme del pago, presentando el correspondiente escrito de alegaciones?, ¿que se puede alegar en casos como estos, donde hay un radar de por medio?.

Muchas gracias.
28/10/2004 14:28
si sólo podias ir a 50 pero ibas a 100 mereces que te retiren el permiso de conducir por imprudente y temerario y si me apuras algo más fuerte como por ejemplo carcel.
29/10/2004 09:11
Josefina, por la gravedad de la sanción que te pueden imponer (imagino que además del dinero habrá retirada de carnet por 3 meses) te conviene realizar alegaciones y todos los recursos que puedas interponer. Pide las pruebas relativas a la documentación del radar, la fotografía conforme es tu vehículo el denunciado, la competencia del agente denunciante, etc. Personalmente, en este tipo de multas, te aconsejo que consultes con un abogado para que te realice el recurso.
08/11/2004 13:56
Pásalo a pasiva, y tal vez el mensaje sería este: Cómo puedo reclamar a una imprudente que me atropello en una via en la que se podia circular a 50, e iba a 100?. No le dio tiempo a reaccionar y me produjo varias lesiones."

Piensa que tal vez, en vez de lesiones puede ser la muerte, reclama lo que es injusto no lo que es de justicia.
12/11/2004 13:25
Creo que el foro no debe convertirse en lugar para hacer juicios de como debe comportarse la gente y de las consecuencias que deberían imponerse al infractor, n este caso, sino en un lugar donde ayudarnos y darnos consejos.
A ver Josefina, debes hacer un escrito de descargos tal y como te aparece en la resolución que te han notificado, supongo que por correo , y comprueba que no han transcurrido 6 meses en el caso de que hayan calicado la infracción como grave porque si es así ha prescrito.Si te pararon en el acto deben transcurrir 6 meses y 30 dias para entender caducidad del procedimiento.
Si te ha llegado fuera de plazo puedes hacer dos cosas: indicar como conductor a una persona insolvente que te de permiso para ello, y ello siempre que no haya privación del carnet.
Tambien puedes pedir copia certificada del cinemómetro y si la velocidad estaba señalizada.
Si te quieren suspenser el permiso de conducir tienen que consignar las razones de peligrosidad y gravedad del exceso , si no es así carece de motivación y siempre un Juzgado te dará la razón.Tristemente la administración no lo reconoce nunca.Suerte
16/11/2004 13:29
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
16/11/2004 13:44
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