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Realización de trabajos nocturnos y devolución de horas

3 Comentarios
 
29/12/2017 12:18
Coolkain
Bien pues lo que le he preguntado solo me ha servido para conocer la jornada laboral para el 2017 que es de 1776 h/año.
Visto que no he encontrado nada en cuanto a las guardias, primero aclarar que eso que usted denomina necesidades del servicio no lo es tal.
segundo, si la empresa les realiza ese cambio sin acuerdo entre los trabajadores seria de forma unilateral y por tanto estaríamos ante una modificación de las condiciones laborales del art. 41 ET a lo que ustedes solo pueden reaccionar con el art 41.3 ET.
Por cierto, como no son necesidades del servicio y entonces ese trabajo serian h.e. que no les quieren pagar y les quieren cambiar por descansos ustedes se pueden negar a trabajar esas guardias, a ver quien rompe primero.
SMO
29/12/2017 07:04
jamgpreve
Soy técnico de infraestructuras críticas, damos acceso a Internet a proveedores, alojamiento de servidores a empresas y tenemos nuestra propia red de fibra óptica, por lo que tenemos que atender incidencias y realización de trabajos programados en horario nocturno de manera necesaria. La provincia es la de Santa Cruz de Tenerife. El convenio es el Convenio colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal.
28/12/2017 23:37
Coolkain
En qué trabaja? Cual es el convenio de aplicación? Cual es la provincia?
Realización de trabajos nocturnos y devolución de horas
28/12/2017 21:02
En mi trabajo realizo mi jornada laboral de 8 horas en horario de mañana y por necesidades del servicio realizamos trabajos programados en horario nocturno y asistimos incidencias cuando estamos de guardia localizada, hasta ahora si realizabamos trabajos nocturnos los cobrabamos como hora extra y al día siguiente no íbamos a trabajar por utilizar ese tiempo para descansar. A partir de ahora quieren que firmemos un Addendum dónde nos ponen una distribución irregular de la jornada para que recuperemos la jornada laboral en horario diurno que no hicimos por haber asistido una incidencia o trabajo nocturno.¿ Eso es legal?
Realización de trabajos nocturnos y devolución de horas | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
29/12/2017 12:18
Coolkain
Bien pues lo que le he preguntado solo me ha servido para conocer la jornada laboral para el 2017 que es de 1776 h/año.
Visto que no he encontrado nada en cuanto a las guardias, primero aclarar que eso que usted denomina necesidades del servicio no lo es tal.
segundo, si la empresa les realiza ese cambio sin acuerdo entre los trabajadores seria de forma unilateral y por tanto estaríamos ante una modificación de las condiciones laborales del art. 41 ET a lo que ustedes solo pueden reaccionar con el art 41.3 ET.
Por cierto, como no son necesidades del servicio y entonces ese trabajo serian h.e. que no les quieren pagar y les quieren cambiar por descansos ustedes se pueden negar a trabajar esas guardias, a ver quien rompe primero.
SMO
29/12/2017 07:04
jamgpreve
Soy técnico de infraestructuras críticas, damos acceso a Internet a proveedores, alojamiento de servidores a empresas y tenemos nuestra propia red de fibra óptica, por lo que tenemos que atender incidencias y realización de trabajos programados en horario nocturno de manera necesaria. La provincia es la de Santa Cruz de Tenerife. El convenio es el Convenio colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal.
28/12/2017 23:37
Coolkain
En qué trabaja? Cual es el convenio de aplicación? Cual es la provincia?
Realización de trabajos nocturnos y devolución de horas
28/12/2017 21:02
En mi trabajo realizo mi jornada laboral de 8 horas en horario de mañana y por necesidades del servicio realizamos trabajos programados en horario nocturno y asistimos incidencias cuando estamos de guardia localizada, hasta ahora si realizabamos trabajos nocturnos los cobrabamos como hora extra y al día siguiente no íbamos a trabajar por utilizar ese tiempo para descansar. A partir de ahora quieren que firmemos un Addendum dónde nos ponen una distribución irregular de la jornada para que recuperemos la jornada laboral en horario diurno que no hicimos por haber asistido una incidencia o trabajo nocturno.¿ Eso es legal?