Una pregunta si el demandado no asiste al juicio de desahucio se le declara en rebeldia y a partir de ahí ¿que pasa? se le tiene que notiifcar la sentencia pero si no la recoge en el domicilio, se tiene que publicar en el Boletín Oficial de la Provincia con el gasto que eso conlleva y el retraso del procedimiento y luego el lanzamiento también se tiene que volver a publicar o van sentencia y lanzamiento a la vez? ¿cuanto tiempo puede durar ese intervalo entre la celebración del juicio y el lanzamiento final si el demandado no recoge la sentencia? Muchas gracias