mirate el art. 10 RD.1415/2004 recargo de apremio del 35% si abona las cuotas debidas despues de la finalizacion del termino reflejado, .....supongo que sera eso lo que te pide saludos
no puede ser , la S. S. te cobrará el 20 %, pero ademas te incremente el porcentaje de intereses por el tiempo transcurrido desde la fecha que se debió realizar el ingreso y la fecha en que se va a efectuar.
Recurro en via administrativa contra unas actas de liquidación de cuotas de la SS. Agotada la vía administrativa hago aval bancario y presento demanda en los Juzgados de lo Contencioso. Sale sentencia, y de mutuo propio comunico a la TGSS como debo hacerlo para pagar. La cuestión es que la TGSS me pide un recargo del 15%, además del recargo del 20% que ya constaba contado en las propias actas.