Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

reclamación constructor

10 Comentarios
 
Reclamación constructor
17/08/2004 23:30
Cuando compre el piso, en el plano se reflejaba que el ascensor llegaba hasta la zona de los garajes. También en la escritura se dice lo mismo, la existencia de ascensores que lleguen hasta el garaje.
En la realidad, el ascensor llega hasta el bajo.
Mi pregunta es ¿se puede reclamar ahora al constructor, arquitecto o que se podría hacer ahora?
Gracias
18/08/2004 12:03
Un caso un poco extraño el que planteas, por lo menos tal como lo dejas expuesto.
Veamos, pudiera ser que en el contrato de la promotora por la compra del piso y sus planos iniciales, figurase que el ascensor llegaria hasta la planta sótano del garage y que luego, a la hora de la verdad, el proyecto ha variado y se ha ejecutado con el ascensor solo hasta la planta baja. Estariamos ante un caso de incumplimiento de contrato y antes de escriturar, dilucidar la compensación, o lo que sea del caso.
Ahora bien, lo que me extraña mucho es que en la escritura diga que el ascensor llega a la planta sótano y no sea así, ya que el notario en la escritura redacta la descripción del inmueble por extracción de lo que se ha inscrito en la escritura de obra nueva y declaración de propiedad horizontal del edificio en cuestión y esta anterior escritura, el mismo notario la ha redactado a la luz del proyecto técnico del arquitecto que ha servido de base para el permiso de construcción del Ayuntamiento del lugar.Si así fuera, estariamos ante una variación, no documentada y posiblemente no aprobada, del inicial proyecto técnico, con la consecuente responsabilidad ( civil o penal) del propio arquitecto y del promotor.
En mi humilde opinión y salvo mejor parecer.
18/08/2004 21:52
Gracias por su información.
Estuve mirando documentación y resulta que en la declaración de obra nueva y division horizontal hace referencia a que "el local destinado a aparcamientos tiene acceso...y peatonal a traves del portal mediante caja de escaleras y ascensores que le comunica con la planta alta".
También tengo el proyecto de ejecución de las viviendas y sótano aparcamiento del Colegio Oficial
de Arquitectos.
Ud cree que esta documentación puede servir para pedir responsabilidad al arquitecto y promotor?
Gracias por todo.
19/08/2004 00:29
Bien, por lo que has ampliado, parece evidente que lo que ha habido, es una variación de ejecución sobre el inicial proyecto, lo cual a mi entender es punible en dos vertientes:
a)- Incumplimiento de lo pactado en el contrato de compra-venta inicial, por parte de la promotora.
b)- Omisión de la realidad en documento público, en la escritura notarial de declaración obra nueva y propiedad horizontal, así como de la individual del elemento parking.
Queda finalmente por ver, si puede existir responsabilidad por parte del arquitecto del proyecto, en razón de si se ejecutó la variación de la obra sin revisión de proyecto. En caso de que si si hubiese tramitado la variante de eliminación del servicio de ascensor al sótano garage, éste quedaria excluido de responsabilidad.
Opiniones por interpretación del sentido común de las cosas y sujetas a mejor criterio.
19/08/2004 20:11
Gracias de nuevo.
Conforme a lo que me ha dicho, tengo una pregunta, ¿cómo puedo saber si se ejecutó la variación de la obra sin revisión del proyecto tal y como me lo ha explicado o si se tramitó la variante de eliminación del garaje?
Gracias
19/08/2004 20:46
Puedes averiguarlo en el departamento de Obras o Urbanismo del Ayuntamiento.
Aunque, también ellos, los promotores, ante tu requerimiento, deberian concretarte como procedieron.Si modificaron el proyecto, ya se espabilaran en demostrarlo , si no , pués ya me diras como se justificaran ....
28/09/2004 19:43
Entoces, en el departamento de obras o Urbanismo, la pregunta concreta que debo hacer es si revisó el proyecyo o no se revisó, verdad?
En el caso que el Ayuntamiento me confirme que no se ha revisado es cuando tendría responsabilidad el arquitecto. ¿es asi?
Iré al Ayuntamiento pero quiero saber que tengo que preguntar, muchas gracias de nuevo.
28/09/2004 20:27
Si debes preguntar si el proyecto tirado adelante fué en revisión del inicial. Creo que debe ser así. pués no me puedo imaginar que el Ayuntamiento otorgase la Licencia de Primera ocupación,en base a la revisión que efectua al finalizar la obra, con una construcción diferente del proyecto que ellos aprobaron.
29/09/2004 12:49
Realmente la denominacion es "Reformado del Proyecto" o "Proyecto reformado".
29/09/2004 19:53

Entonces voy al Ayuntamiento, en Obras y Urbanismo y pregunto si en esa construcción se llevó a cabo el "reformado del proyecto", verdad?
y si me dicen que hubo proyecto reformado, es cuando el arquitecto está exento de responsabilidad...¿lo he entendido bien?
Gracias
30/09/2004 09:25
Siempre y cuando en el proyecto reformado se haya eliminado la parada del ascensor en la planta de garaje y el Ayuntamiento lo haya autorizado con un anexo a la primera licencia de obra.