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Reclamacion de cantidad

16 Comentarios
 
Reclamacion de cantidad
17/01/2011 23:52
Muy buenas a todos.
Estoy trabajando de peon en una pequeña empresa de construcciones desde hace 2 años y medio mas o menos. Desde el primer dia tengo contrato indefinido porque conocia al gerente. El caso es que llevo 2 años trabajando 10 horas y cobrando 8.

He estado hablando con el jefe varias veces sobre el tema pero no hay manera de hacer que pague las horas.

Estoy por demandarle por reclamaciond de cantidades. Ultimamente he estado leyendo mucho sobre el tema laboral y me he enterado de algunas cosas.
Lo que tengo ahora son los partes de horas que relleno cada mes, unos correos electronicos que se los habia mandado a la secretaqria de la empresa con las horas que hice, una grabacion audio en la que la misma secretaria me dice que si no firmo un papel en el que pone que estoy deacuerdo con lo que cobro, no me ingresa la nomina, otra grabacion en la que el jefe entre otras coasas dice que nuestro horario en la empresa es de 10 horas diarias.



Mi pregunta es, tengo bastantes pruebas como para ganar el juicio o haré el ridiculo y me quedaré sin faena y sin dinero?

Gracias
17/01/2011 23:54
Lo de los 2 años sin cobrar horas extras es para exponer mi caso. Se que solo se pueden reclamar deudas de un año atras.
18/01/2011 12:10
Tienes la razón y ganarás, recuerda que la legislación laboral siempre va a favor del trabajador y es el empresario el que ha de demostrar que no dices la verdad.
Con los partes y los emails yo creo que tendrás suficiente, en mi opinión, utilizar las grabaciones es arriesgado por que pueden alegar que no son verídicas y que has suplantado las voces y sería un follón.
Acude a un sindicato afiliaté y ellos podrán llevar tu caso, y en el caso de que ganes, (sólo en este caso) te cobraran un 20% de lo que ganes, un abogado te cobrará más
18/01/2011 14:39
Gracias compañero por la respuesta.
Estoy afiliado a comisiones obreras desde hace mas de un año y he estado hablando con un abogado un par de veces, lo que pasa es que cada vez me dan cita para dentro de un mes.Le pregunte sobre las gabaciones y me dijo que se podrian presentar como pruebas junto con las otras que tengo. No se yo como van estas cosas.
Sobre el comision me dijo que era un 10%. si me decido al final poner la reclamacion, le dire que me diga claramente como esta el asunto.
Otra duda que tengo es sobre el despido nulo. Si teniendo la reclamacion puesta, me echa a la calle le podria demandar por despido nulo, y al final del juicio, si lo gano, le tocaria pagar salarios de tramitacion y elegir entre readmision o despido improcedente, no??
Que vaya bien!

18/01/2011 16:24
D lo más lógico es que la empresa te despida con despido disciplinario o causas objetivas,alegando sus causas (inciertas) y,o bien declaran ellos mismos la improcedencia del despido para ahorrarse así los salarios de tramitación (son los salarios que dejas de recibir desde el despido hasta sentencia firme) o bien declara la improcedencia el juez que si que cobrarías estos salarios. En estos casos la empresa ha de elegir en readmitirte o pagarte la indemnización de 45 días por año trabajado hasta 42 mensualidades.
Pero lo más comun que en el acto de conciliación llegues a un acuerdo con la empresa, ya que saben perfectamente que tienes las de ganar.

Los Despidos NULOS son aquellos despidos donde la empresa vulnera derechos fundamentales, donde la persona es discriminada por razón de raza, sexo, etc., pero, sobretodo, por su condición de mujer embarazada o representante sindical. y no sería tu caso.
18/01/2011 22:04
Gracias una vez mas!
No se yo si es muy etico o no pero le tengo tanto hasco a mi jefe que haría todo lo posible para jo...rle.

Lo que me ha aconsejado alguien(no se si puedo poner el enlace de la pagina web) es lo siguente:
el mismo dia, poner una reclamacion ante inspeccion de trabajo diciendo lo de las horas, junto a otras iregularidades si las hay y una reclamacion de cantidad por lo de las horas extras de un año atras para que el siguente dia le diga al jefe que si no me paga horas extras me niego ha hacerlas.

Si me despide, demandarle por despido nulo,(cosa que me acabas de aclarar lolasin) y esperar el juicio que seguramente lo ganaría.

Lo que me obligan firmar cada mes es lo siguente:

Los trabajadores firmantes declaran LIBRE Y ESPONTANEAMENTE que la empresa xxxx, en la cual trabajan y estan dados de alta en la Seguridad Social, le ha abonado a su satisfaccion los salarios correspondientes al mes de xxxx del año 2010 declarado asi mismo, que ha esta fecha no tienen reclamcion alguna con la citada empresa. al haber satisfecho la misma totalidad de los salarios pendientes a la fecha del presente documentoy por tanto no tener ninguna reclamacion que realizar.

Es ilegal lo que hacen o no??
Una vez me negue a firmar y me han dicho que no me ingresan la nomina. Acabe firmando.
Gracias!
18/01/2011 23:24
si es muy buena idea pq además la inspección no dice quién es el denunciante, en la inspección denuncias las irregularidades que hay,lo que os hacen firmar y más cosas que habrá...y ante el juzgado de lo social la reclamación de cantidades en base a los hechos anteriores.
Además, como hasta el jucio hay un tiempo prolongado, te servirá la resolución del inspector como prueba a tu favor.
El sindicato más cañero son los de la CNT (igual demasiado, pero van a por todas), yo se deun caso parecido al tuyo que lo llevaron ellos en Sabadell y ganaron, aunque tampoco es muy relevante ya que tú tienes la razón, intenta dar paso a paso y cuanto más tarde se entere la empresa de tus intenciones mejor para tí.
Los de CCOO en cuanto vean bien de que se trata tu caso te harán más caso y si no busca otro sindicato, pq a veces son la ostia!
18/01/2011 23:26
y no vuelvas a firmar! te tienen que pagar tarde o temprano, y guardate eso como prueba...
19/01/2011 00:08
No creo que se puedan enterar porque lo que estoy haciendo no se lo he contado a ningun compañero porque se que no me puedo fiar al 100% de ellos.

Sobre los de comisiones, no se que decir. Fue el primer sindicato del que escuche cosas y por eso estoy con ellos.

Conozco un caso concreto de un despido que era improcedente pero la empresa no lo habia reconocido. Un abogado de ccoo le llevo el caso a mi colega y ganaron. Le toco a la empresa pagar 45 dias de indemnizacion por año y 4 o 5 meses de salarios de tramitacion.
Que vaya bien!
19/01/2011 23:05
Cuanto tardría mas o menos tot el jaleo? Me ha dicho un colega que puede tardar asta 2 años...asta que se acabe el juicio, si gano asta que me pagen y todo eso...
20/01/2011 03:03
si vas a juicio si, pero ya estarías cobrando el paro.
Lo másprobable es que en el acto de conciliación se llegue a un acuerdo pq a la empresa no le interesa entrar a juicio, cuanto más se alargue el tema más salarios de tramitación te tendrán que pagar
20/01/2011 15:48
Hecha cuentas:
2 horas por 200 dias anuales por el importe de la hora es lo que podrias sacar.

Sinceramente, tal y como estan las cosas enla construccion, mira si te compensa. Y que conste que no es por desanimarte, porque de pistoleros como esos está españa llena... suerte y reclama si crees que va a ser lo mejro para ti.
20/01/2011 19:06
No es por desanimarte pero en el tema de las horas extras linea que siguen los distintos tribunales en aplicacion que hace de ello el TS, es que las mismas hay que demostrarlas una a una, y solo en el caso de se de por probado que hay una jornada laboral continuada por encima de la establecida legalmente se podra entender que existen horas extras a lo largo de un determinado periodo sin necesidad de demostrarlas una a una, por otro lado me parece raro que el juez admita como prueba una grabacion en un tema de estos, mi experiencia me dice que no, lo mismo te deberias plantear pedirle un cuadrante a la empresa donde este establecida tu jornada diaria, y en todo caso que te apliquen el articulo 35.5 del ET, a efectos de contabilizar dichas horas.

35.5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

Este registro esta obligado a darlo la empresa haya horas extras o no.

Sobre la nulidad del despido debes tener en cuenta que la indemnidad juridica no tiene un alcance ilimitado, no por el hecho de que el trabajador haya presentado una demanda, denuncia ante la inspeccion, o cualquier tipo de reclamacion al empresario, entra en juego la reversion de la carga de la prueba, es cierto que si a una causalidad temporal entre el hecho y la medida discutida, esto puede reforzar un poco mas tu posicion en el pleito, peor si la empresa se asesora dejara pasar un tiempo prudente hasta despedirte para disipar dicha causalidad temporal, en fin que no es oro todo lo que reluce.

20/01/2011 20:21
Muchas gracias por aclararme aun mas las cosas.
Estoy consciente de que las cosas no pintan muy bien y por eso quiero documentarme antes de hacer algo.
Ese registro creo que es el parte de horas que me da la empresa cada mes.
Los tengo todos del año pasado con las horas de cada dia que hice.
Saludos.
22/01/2011 12:43
No voy ha abrir otro tema, asi que pongo aqui otras dudas que tengo.

Estoy obligado a cojer el coche propio para ir a una obra que esta a 100, 150 km de la localidad en la que esta la empresa? El jefe se ha acostumbrado a que cada uno coja su coche como si fuera coche de empresa. Aveces me manda a 2 o 3 obras durante el dia, ha por materiales, ha por alguna herramienta y no veo yo muy claro todo esto.

Otra duda que tengo, es sobre las vacaciones. Se que de los 30 dias la mitad los da la empresa quando le venga bien y la otra mitad cuando al trabajador le venga bien.
Me tendrían que avisar para saber cuando me dan los 15 dias para los que elijen ellos las fechas?? Lo digo porque me ha pasado 2 veces ya que me avisen el viernes de que ''la semana que viene tienes vacaciones'' o si un dia llueve o pasa cualquier cosa, ''se te descontará de las vacaciones''.
Me gustaría saber que dice el convenio o la ley sobre este tema.
Muchas gracias!


23/01/2011 23:17
no me puede ayudar nadie?
01/02/2011 12:30
Lo de las vacaciones ya lo tengo claro.

Le he estado dando vueltas y tengo otra duda con respeto a la reclamacion, sobre el periodo en el que se ha acumulado la dueuda.
Es un año natural, o como? Si por ejemplo pongon la demanda en 10 de febrero de 2011 puedo reclamar asta el 10 de febrero de 2010?
Gracias!