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Reclamación paternidad

17 Comentarios
 
Reclamación paternidad
19/06/2006 09:59
Mi chico tuvo una hija con otra mujer hace un año. Ella decidió poner únicamente los apellidos maternos a esa niña, por lo que eximia a mi pareja de cualquier derecho sobre la criatura. Ahora, mi pareja está decidido a reclamar la paternidad, pero no sabemos exactamente por donde debemos comenzar o que tramites debemos seguir. Alguien me puede ayudar?
19/06/2006 10:05
Tendreis que contratar a un abogado y presentar una demanda aportando algun indicio de prueba de que existio una relacion entre ellos y podeis solicitar pruebas biologicas.
19/06/2006 10:26
Prudente consejo que Ud seleccionen un letrado ya que ir representado por procurador bajo la direccion letrada es imprescindible para la interposicion de la demanda de paternidad
Deberan Ud aportar en tal demanda alguno indicio ( cuanto mas claros y mas mejor) de haber mantenido una relacion con la madre de niña.
En todo caso el que no tenga padre en el registro ayudara y mucho a que el juzgado admita mas facilmente cualquier indicio a la hora de ordenar la pruba De ADN en la que de determine si el demandado es el padre biologico de la niña
Creo recordar que se admite hasta un 97% de probabilidad para sentenciar la paternidad. En la facultad de medicina de la univeridad complutense en el departamento de medicina legal y forense, que suelen ser designados como peritos para su realizacion en muchos litigios, es raro que la compatibilidad salga unferior al 99% ( salvo la no cmopatibilidad claro esta)
En todo caso lo mas aconsejable es lograr un acuerdo con la madre. Si fuera el caso, El traite ante el Registro civil sera gratuito y no precisaran de representacion de procurador y letrado. Hagan conscientes a la madre que no podra evitar se le reconozca la pternidad; si lo logran no dudo podran acordar unas medidas paternofiliales que aBarquen desde una regimen de visitas a una pension de alimentos a la menor.
En cualquier caso un letrado que conozca su caso, aconseje y guie su actuacion y si es el caso redacte el acuerdo o interponga la demanda es la mas prudente decision.
Lucidez y suerte
19/06/2006 10:37
Que tipo de pruebas necesitamos para demostrar que tuvo una relación con la madre de la niña?
Si hacemos una prueba de ADN en un laboratorio independiente, puede servir igual?
Gracias.
19/06/2006 10:45
Testigos, cartas, fotografias, regalos personificados,cualquier cosa que demuestre que en el momento de la concepcion existio algun tipo de relacion entre ellos, algo que sea base que demuestre que puede ser el padre y pedir las pruebas de ADN.
19/06/2006 10:53
Si teneis la posiblidad de hacerle una prueba de ADN a lo mejor podeis llegar a un acuerdo con la madre y hacer el reconocimiento directamente en el registro sin necesidad de presentar la demanda.
19/06/2006 11:03
No hacen falta "pruebas" si no indicios de que pudo haber tal relacion y por consiguiente es esperable que las pruebas ratifiquen la pretension del demandado. Reitero que el hecho que la menor figure inscrita sin padre ayudara y mucho a que el juzgado ordene su realizacion.
Si la madre tiene dudas hay un protocolo en en departamento antes aludido de la universidad para hacer la preuba con validez judicial.
Reitero que exploren personalmente la posibilidad de un acuerdo. Veran como su letrado si llegan a nombrarle intentara un ultimo acuerdo ya que la prueba de paternidad es relativamente facil de obtener en el juzgado
Lucidez y suerte
19/06/2006 11:06
a cuanto tiempo aproximado nos exponemos? Una vez tienen las pruebas, que más tienen en cuenta para concederla? y ya por último, la manutención debe reclamarla la madre en una demanda independiente o entra dentro del mismo trámite?
19/06/2006 11:09
El tiempo es una profecia ya que difiere mucho y la saturacion de juzgado sera mas que nada quien dicte la celeridad del caso. Sera el letrado concreto quien conozca mejor el juzgado y pueda hacer un vaticinio mas o menos certero.
Reitero que lo unico que debera Ud es alegar la posibilidad e indicio ( una fotos de vacaciones juntos e incluso mucho menor)
19/06/2006 11:25
La niña tiene 10 meses. Será expuesta a algun tipo de examen? (exceptuando el análisis de ADN).
Y con respecto a lo antes comentado sobre la manutención, podéis informarme de algo?
19/06/2006 11:30
Ello dificultara el regimen de visitas ya que raramente se otorgara la custodia paterna. Aunque el luchar tanto por ella como en su defecto por la custodia compartida nos daria un regimen de visita generoso normalmente,
La obligacion de colaborar en el sostenimiento de la menor es ineludible. Suele decirse que la pension de alimentos ronda en torno al 30 % de los ingresos del progenitor no custodio pero hay mucha diversidad y la mas aplia libertad al juez para marcarla
19/06/2006 11:44
Es consciente de que no le otorgarán la custodia total. Su deseo es poder acceder a un régimen de visitas y poder ver a su hija dentro de lo estipulado.
Por supuesto, no hay negativa a colaborar con la pensión alimenticia.
De todas formas, hay algun método rápido por el que pueda "obligar" a la madre a dejar ver a su hija sin tener que esperar a la resolución judicial? (Con esto no cuento con el acuerdo con la madre, que es imposible)
19/06/2006 11:53
Con acuerdo con la madre el tramite del reconocimiento en el registro civil es lo mas rapido, sin acuerdo solo os queda la demanda, si la madre se niega podrias alegar mala fe y "amenazarla" con una posible condena a pagar las costas.
19/06/2006 12:07
Si la demanda y le otorgan la paternidad, la madre está obligada a pagar todos los gastos derivados del juicio?
19/06/2006 12:18
En asuntos de familia no suelen condenar a costas, pero si el juez determina mala fe de una de las partes puede condenarla a pagar todos los gastos.
19/06/2006 12:43
Entonces, en caso de hacer las pruebas de ADN, quien asume los gastos? Bueno, en general, que gastos supone emprender esta acción?
19/06/2006 12:48
El resultado probable es:

- pagas tu abogado pero no el de ella
- pagas pensión
- reconocen paternidad
- no te dejan ver la hija y tienes líos de juzgado todos los meses para verla.

herencia
19/06/2006 12:58
Generalmente no van a condenar a costas a ninguna de las partes, y cada una pague lo suyo, un calculo aproximado no te puedo decir. Pero cuenta como minimo abogado y procurador.