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Reclamacion previa pension jubilacion

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Reclamacion previa pension jubilacion
17/07/2013 16:33
Hola,

Quería haceros una consulta a ver que opináis:
Mi padre se acaba de jubilar a los 74 años de edad.
Tenía una deuda importante de cuando era Autónomo. Fue un viernes a la Tesoreria de la Seguridad Social a informarse sobre un aplazamiento de deudas, le informan de los tramites que tiene que hacer (darse de alta en el sistema de notificaciones telemáticas, ingresar el 20% de la deuda, dejar pasar dos días para que se contabilice el ingreso y concesión del aplazamiento del resto de la deuda y ya podía pedir la Pensión de jubilación). Pues bien el lunes comunica a la empresa que se jubila dándolo de baja ese mismo día y tras hacer la transferencia del 20% el viernes acude de nuevo a la TGSS y le conceden el fraccionamiento para (ya sin deudas) pedir la pensión de jubilación el mismo día.

Pensando que no le van a computar las cotizaciones del periodo aplazado al haber sido concedido el fraccionamiento con posterioridad al día del cese en el trabajo, presento una solicitud de desistimiento al día siguiente de que se haya dictado resolución (aunque no se ha notificado todavía, de hecho la RESOLUCIÓN PROVISIONAL aprobando la pensión llega una semana después en carta normal, sin acuse de recibo). Al ver la resolución compruebo:
Que sí le han tenido en cuenta los periodos aplazados aunque fijan como hecho causante el día del cese en el trabajo (no el de la solicitud)
Que lo jubilan por el RE de Autónomos (sin integrarle lagunas de cotización), a pesar de que tiene muchos más días de permanencia en el Régimen General. Este hecho supone unos 77€/mes de diferencia respecto a si la jubilación se concede por el RGSS (según programa de Autocálculo integrando lagunas de cotización con bases mínimas)

Acudo al INSS y me dicen por una parte que el desistimiento no me lo tienen en cuenta al haberse dictado ya resolución (aunque no está notificada) y que efectivamente tiene más días de permanencia en rama General y que presente una RECLAMACIÓN PREVIA.

Mi duda es ¿presento la reclamación previa o puede salir perjudicado?