Buenos días,llevo 9 años en mi trabajo en la categoría de panadero y puesto de panadero-repartidor(no sé si es correcto porque en el 98% del tiempo trabajo en el obrador) y entiendo que o eres panadero o eres repartidor,pero si me lo podéis aclarar sería mejor. Por el convenio de panaderías de Lugo a los 5 años se empieza a cobrar el complemento de antigüedad de un 10% sobre el salario base que nunca he recibido y que después de ver que tampoco me han respetado el SMI actual en lo que va de año estoy decidido a reclamar. - El complemento de antigüedad lo puedo reclamar de los últimos doce meses o puedo reclamar más atrás? - En caso de no poder reclamar la antigüedad más de un año,puedo reclamar la cotización y el smi que no es correcto de los últimos cuatro años? - En la nómina de marzo a parte de no respetar el nuevo SMI,otra sorpresa desagradable que me he llevado ha sido que para ocultar la baja cuantía de la nómina me han suprimido la retención del irpf.Esto es legal? Porque en los últimos años siempre me han retenido un 5,70%. Estoy un poco saturado y estaría muy agradecido si me pudieseis aclarar un poco esto. Un saludo.
Si le vale o no la pena solo usted lo puede saber. Las reclamaciones de salario como mucho un año, las cotizaciones a la SS 4 años, en cuanto a no respetar el SMI pues a demandar las cantidades que le deban, en cuanto al IRPF, en primer lugar el obligado de retener es la empresa pero usted puede ir a Hacienda con sus nóminas y denunciar a la empresa. SMO