Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamar mis objetos

9 Comentarios
 
Reclamar mis objetos
17/11/2005 09:31
Hace un año q estoy separado, y ahora me gustaria reclamar algunos objetos personales de mi casa, ella dice q no me va a dar nada de dentro de esa casa, yo tan solo me lleve mi ropa. Me gustaria saber si puede reclamar ahora esas cosas y como.
Gracias
17/11/2005 13:48
Claro que puedes, pero es poco efectivo hacerlo. Cuando menos costara mas que lo que valen.
En mi caso personal solo queria un collar ( no de joyeria) que fue de mi madre. Tu lo has visto? Pues yo menos
17/11/2005 13:55
Ferro, ¿y si acude al domicilio con un notario?. Jolines, ultimamente parece que me llevo comision de ellos. (Yo tambien tengo todavia cosas en casa despues de 7 años).
17/11/2005 16:39
Didache, aunque vaya con un notario, si ella no quiere dejarlos entrar, no van a entrar.

Cuando uno se va de casa, si no se ha hecho un inventario y está aprobado en el juzgado, (no creo que casi nunca se haga), el/la que se queda en la casa tiene todo el poder sobre los objetos que alli quedan. Puede simplemente negarlo todo, y decir que la otra persona se los llevo cuando se fue.

Resumiendo: si te vas de casa con la ropa puesta, esta a merced del que se queda.
17/11/2005 16:46
ya unodelnorte, pero si en el convenio regulador que esta todavia en vigor, se recoge que tengo derecho a recoger mis enseres personales ¿no se puede hacer aunque asi haya quedado reflejado?
17/11/2005 17:11
Si q tengo objetos de valor, mucho valor q son de herencia de mis padres. Aunquee no aparece en ningun testamento. En su dia no los reclame por q no queria mas disgustos
perfil JL
17/11/2005 18:40
si didache, tienes al colegio notarial encantados (creo que te han propuesto como notario/a honorario/a).
Valoraciones personales aparte: jurídicamente lo relevante es la prueba: prueba de la preexistencia y prueba de la titularidad (fotos -por ejemplo, es posible que tu madre llevara ese collar tan importante el día de tu boda, o el del bautizo de los niños...- testigos, presunciones, declaraciones...).
Si lo puedes probar, ya se encargará tu abogado de poner el mecanismo legal en marcha.
Suerte,
17/11/2005 18:43
xactamente, quien alega prueba. Mas luego añadiria lo de la gitana Pleitos tengas y les ganes jejejej
17/11/2005 20:52
Jo..... no se como tomarmelo jl. Sere un poco torpe. Si la persona que tiene que abandonar la vivienda conyugal necesita recoger sus pertenecias personales (que no tiene porque ser solamente los slips o el cepillo de dientes) se presenta y la Sra de turno dice que no pues algun mecanismo habra para que se cumpla lo pactado.
Ya ves, en otro post una Sra que la maltrato el marido, él en la carcel y ella preocupada por que hacer con sus cosas personales. ¿Recordais?.
Mis disculpas jl porque al parecer he dicho una barbaridad.
18/11/2005 10:57
El derecho esta para el conflicto que siempre es indeseable y que no dudes que el que mas gana pierde.
El problema se circunscribe habitualmente a un problema de prueba
Asi mismo tb dabia haber una obligacion de custodia de los bienes comunes pero no es exigible posteriormente