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recoger indemnización consignada y luego demandar

6 Comentarios
 
Recoger indemnización consignada y luego demandar
13/10/2009 09:23
Se puede recoger la indemnización que te han consignado en el Juzgado por despido reconocido improcedente, y luego presentar demanda por no estar de acuerdo con el despido.
O una vez que recoges la indemnización se cierra esta posibilidad?
13/10/2009 11:54
Si recoges la indemnizacion y ganas, y el empresario opta por la readmision, tendrias que devolver la indemnizacion integra.
ADemas que si el despido ya ha sido reconocido como improcedente, que mas esperas sacar? la readmision? entonces deberias devolver la indemnizacion...
13/10/2009 12:43
Han consignado una cantidad inferior a la real porque han tomado mal la fecha de antiguedad. Pretendo cobrar la indemnización correcta y los salario de tramitación por consignación insuficiente si proceden.

¿puedo coger la indemnización consignada a cuenta o necesariamente no la tengo que coger para poder demandar?
13/10/2009 12:46
yo no la recogeria, firmaria como "no conforme" e iria a denunciar.
13/10/2009 16:02
Alguna opinion mas por favor
13/10/2009 21:18
Por favor. Algo de luz sobre este tema. He puesto este tema en varios foros y hay respuestas muy diferentes. ¿existe jurisprudencia al respecto? No quisiera perder los salarios de tramitacion por precipitarme y coger la indemnizacion consignada. Gracias
14/10/2009 09:40
La puedes coger y demandar, pero tienes un plazo de 20 días hábiles desde el despido. ¿Porqué no te vas a un abogado/a laborlista?